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Aguinaldo 2026: qué salarios y días trabajados incluye, y cómo toma presentismo y bonos no remunerativos

El cálculo del aguinaldo de este mes de junio de 2026 debe tomar en cuenta qué pasa con los días trabajados en el semestre y qué conceptos incluye
05/06/2026 - 08:40hs
Aguinaldo 2026: qué salarios y días trabajados incluye, y cómo toma presentismo y bonos no remunerativos

Con la llegada de la mitad del año, se activa uno de los hitos más esperados por los trabajadores: el cobro de la primera cuota del aguinaldo o Sueldo Anual Complementario (SAC), y será necesario saber qué salarios están incluidos, sobre qué días trabajados se calcula y qué pasa con las sumas no remunerativas.

En un contexto económico dinámico, marcado por paritarias 2026 con aumentos escalonados y la proliferación de sumas no remunerativas en los principales convenios colectivos, calcular este haber extra requiere una mirada atenta a la normativa vigente para evitar errores.

Qué días de trabajo se toman para el aguinaldo

El aguinaldo es una remuneración diferida que se va devengando día a día durante el semestre, aunque su liquidación efectiva se concrete en los meses de junio y diciembre.

Es aplicable tanto al sector privado como al sector público (Administración Pública Central y descentralizada, empresas del Estado, empresas mixtas y firmas de propiedad estatal), según publica Ignacio Online.

Se liquida en base al "tiempo de servicio remunerado". Si un empleado no trabajó el semestre completo, cobrará una proporción de los días en que sí percibió salario.

Tiempo de servicio remunerado (suma días para el SAC): días efectivamente trabajados, feriados, descansos, licencias especiales pagas, vacaciones ordinarias y licencias por enfermedad inculpable.

Tiempo de servicio no remunerado (resta días para el SAC): períodos de reserva de puesto por enfermedad, licencias sin goce de sueldo, el período de excedencia por maternidad y los baches de inactividad en los contratos de temporada.

Cómo calcular el aguinaldo

Para determinar el monto del aguinaldo, el trabajador debe revisar sus recibos de sueldo del semestre (enero a junio para la primera cuota) e identificar el mes con la remuneración bruta más alta. A esa cifra se le aplica el 50%.

El cálculo se realiza sobre la remuneración devengada y no la percibida. Esto significa que, si realizaste horas extras o comisiones en mayo, ese dinero computa para el mes de mayo (cuando se generó el derecho al cobro), independientemente de que el empleador lo haya depositado físicamente en los primeros días de junio.

Por otra parte, si un empleado ingresó a trabajar en marzo de 2026, no debe esperar a diciembre para percibir el beneficio; el empleador tiene la obligación de liquidarle en junio el aguinaldo proporcional por los meses acumulados.

Cuándo se cobra el SAC

La ley fija topes claros para el desembolso del SAC, divididos según el período:

Primera cuota (semestre enero a junio): vence el 30 de junio.

Segunda cuota (semestre julio - diciembre): vence el 18 de diciembre (dispuesto estratégicamente antes de las fiestas navideñas).

La excepción a esto es la empleada doméstica. Para el Personal de Casas Particulares, la legislación determina que el aguinaldo debe abonarse en la última jornada laboral de cada semestre (última semana de junio y última semana de diciembre). En consecuencia, la fecha exacta puede variar según los días y horas que cumpla el empleado en su puesto.

Qué salarios se incluyen y el presentismo

Un error frecuente es calcular el aguinaldo basándose únicamente en el básico del convenio. La ley estipula que entran todos los conceptos salariales habituales y variables. Los conceptos incluidos son los siguientes:

  • Sueldo básico y adicionales de convenio (antigüedad, presentismo, zona fría).
  • Horas extras y comisiones por ventas.
  • Premios y gratificaciones habituales.
  • Vacaciones gozadas y el "plus vacacional".
  • Salarios por días de enfermedad o licencias legales pagas.
  • Remuneraciones en especie (como provisión de vivienda o comida cuantificable).

El adicional por presentismo es un concepto remunerativo y habitual. Al formar parte del salario bruto mensual, engrosa la base del mes en que se percibió. Si en el mes de mayor sueldo cobraste presentismo, este potenciará tu aguinaldo.

Cuáles son los pagos excluidos del aguinaldo

No integran la base para el cálculo del aguinaldo:

  • Asignaciones familiares otorgadas por la ANSES (por hijo, prenatal, etc.).
  • Los importes percibidos durante la licencia por maternidad, ya que técnicamente la trabajadora no percibe salario sino una asignación económica familiar sustitutiva por parte del Estado.
  • Beneficios sociales contemplados en el artículo 103 bis de la LCT (como vales de almuerzo o entrega de ropa de trabajo).
  • Prestaciones dinerarias por accidentes de trabajo derivadas de una ART, aunque el aguinaldo ya está contemplado analíticamente dentro de la fórmula que abona la ART.

Respecto del Impuesto a las Ganancias, la retención sobre el SAC depende del piso salarial establecido por ley para el período fiscal 2026. Pero los empleadores deben prorratear el impacto a lo largo del año para evitar descuentos masivos en los meses de cobro efectivo.

¿Se calcula el aguinaldo sobre sumas no remunerativas?

El impacto de las paritarias 2026 trajo consigo un viejo debate: los bonos o incrementos denominados "no remunerativos". Por regla general y definición legal, las sumas no remunerativas quedan excluidas de la base de cálculo del SAC porque no llevan aportes previsionales.

Sin embargo, en el panorama laboral actual existen dos grandes excepciones que los trabajadores deben conocer:

Acuerdos por Convenio: muchos sindicatos de peso (como la Federación de Empleados de Comercio) firman paritarias donde se aclara expresamente en las cláusulas que los aumentos no remunerativos sí se computarán para el cálculo del aguinaldo y las indemnizaciones.

En el caso de Comercio 2026, las sumas no remunerativas se integran a la base horaria y del SAC por homologación ministerial del propio acuerdo sectorial.

Jurisprudencia judicial: los tribunales del Trabajo sostienen de manera reiterada que cualquier suma otorgada de forma habitual y generalizada a un trabajador es salario, independientemente de la etiqueta "no remunerativa" que le pongan.

Ante un reclamo legal, la Justicia suele intimar a que se incluyan para el cálculo del aguinaldo.

Además, si el empleador incurre en una mora en el pago de las remuneraciones, el trabajador tiene derecho a intimar formalmente el pago bajo apercibimiento de ley, devengándose intereses a su favor.

De esta manera, el aguinaldo depende de qué salarios y días trabajados se incluye, así como del tratamiento del presentismo y las sumas no remunerativas.

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