POLÉMICO

Empleados de Comercio: hay dos métodos de cálculo del aguinaldo y con uno cobran $10.000 menos

El aguinaldo de Comercio incluye sumas no remunerativas por el convenio, pero el neto a cobrar cambia según cómo se aplican los aportes y contribuciones
Por Dolores Olveira
IMPUESTOS - 08 de Junio, 2026

Para los empleados de comercio, la liquidación del Sueldo Anual Complementario de junio 2026 presenta una complejidad particular por el tratamiento de las sumas no remunerativas vigentes en los acuerdos salariales, las que permiten dos métodos de cálculo del aguinaldo que dan mayor o menor resultado a favor del trabajador.

El calcular el Sueldo Anual Complementario para la primera cuota de junio, se debe auditar el período comprendido entre los meses de enero y junio, identificando el mes con el mayor ingreso devengado.

En cuanto a la fecha de pago del aguinaldo, para esta primera mitad del año, el vencimiento es el 30 de junio de 2026, mientras que la segunda cuota vencerá el 18 de diciembre.

Qué conceptos entran el cálculo del aguinaldo y cuáles no

La base legal para determinar el SAC es amplia debido al criterio de "remuneración por todo concepto". Esto obliga a incluir tanto los rubros fijos como las variables que componen el ingreso del trabajador, publica Ignacio Online.

Conceptos incluidos de forma habitual

  • Salario básico.
  • Antigüedad y presentismo.
  • Adicionales de convenio.
  • Horas extras y comisiones devengadas.
  • Premios y gratificaciones que tengan carácter habitual.
  • Vacaciones y el correspondiente plus vacacional.
  • Sumas no remunerativas específicas de Comercio (siempre y cuando el acuerdo del sector ordene su inclusión).

Conceptos expresamente excluidos

Existen asignaciones y prestaciones que no se consideran remuneraciones devengadas en sentido estricto y quedan fuera del cálculo:

  • Asignaciones familiares.
  • Licencia por maternidad (al ser una asignación abonada por ANSES).
  • Beneficios sociales.
  • Reintegros de gastos debidamente documentados con comprobantes.
  • Prestaciones dinerarias por Incapacidad Laboral Temporaria (ILT) derivadas de una ART (debido a que la propia metodología de cálculo de estas prestaciones ya lleva integrada la incidencia del SAC).

Criterio de lo devengado vs de lo percibido

Para una correcta liquidación, se debe seguir estrictamente el criterio de lo devengado y no el de lo percibido.

Esto significa que los conceptos económicos deben imputarse al mes en el cual se generó el derecho a cobrarlos, sin importar la fecha real del pago.

Un ejemplo clásico se da con las vacaciones: si se abonan de forma anticipada en un mes, pero se devengan en el siguiente, deben asignarse al mes correspondiente a su devengamiento para evaluar cuál fue la mayor remuneración del semestre.

Qué pasa con Empleados de Comercio en junio 2026

En el sector de Empleados de Comercio, las sumas no remunerativas suelen operar bajo una naturaleza mixta: adoptan carácter remunerativo o no según el contexto específico que se esté liquidando (horas extras, vacaciones, aportes, etc.).

Teóricamente, el aguinaldo se nutre de conceptos remunerativos. Sin embargo, el acuerdo de Comercio altera esta regla clásica al dictaminar que las sumas no remunerativas vigentes sí integran la base del SAC.

Esto soluciona la disputa sobre su inclusión, pero abre un debate técnico respecto a la aplicación de los descuentos y aportes correspondientes sobre la liquidación.

Cuáles son los dos cálculos para Comercio en la práctica

Para graficar la situación, se toma el caso testigo de un empleado bajo la categoría de Administrativo A, con una antigüedad de 10 años y un régimen de jornada completa.

Para simplificar el análisis, se asume que no cuenta con horas extras ni otras variables. Tras evaluar el semestre, el mes de junio se consolida como el de mayor ingreso, arrojando los siguientes valores de base:

Remuneración Base: $1.341.376,94.

Suma No Remunerativa Base: $143.000,00.

Total Base Combinado: $1.484.376,94.

Al realizar el cálculo bruto, existen dos metodologías que arrojan el mismo resultado inicial, pero difieren sustancialmente en el neto final:

1. Cálculo unificado (todo junto)

Si se procesa el total de la base como un bloque unificado, la operación matemática es: $1.484.376,94 dividido 2 = $742.188,47.

2. Cálculo discriminado (por separado)

Si se divide la naturaleza de cada concepto para aplicar tratamientos fiscales distintos:

SAC Remunerativo: $1.341.376,94 dividido 2 = $670.688,47.

SAC No Remunerativo: $143.000,00 dividido 2 = $71.500,00.

Total SAC Bruto: $670.688,47 $71.500,00 = $742.188,47.

Cómo es el impacto en el bolsillo

A pesar de arribar al mismo valor bruto ($742.188,47), la controversia surge al momento de aplicar las deducciones de ley. Dependiendo del criterio interpretativo que adopte el liquidador, el sueldo neto que percibirá el empleado y el costo para la empresa variarán:

Tratamiento unificado como remunerativo: quienes defienden esta postura argumentan que, dado que el aguinaldo es un concepto remunerativo por definición legal, se deben aplicar la totalidad de las retenciones (Jubilación, PAMI, etc.) sobre los $742.188,47. Bajo este esquema, el neto final a cobrar por el empleado es de $597.461, incrementando además las contribuciones patronales a cargo del empleador.

Tratamiento discriminado: esta posición sostiene que la porción derivada de la suma no remunerativa ($71.500) debe preservar su exención de aportes específicos de seguridad social (como el 11% de Jubilación y el 3% de PAMI). Al aplicar los descuentos de manera separada, el neto final a cobrar por el empleado asciende a $607.471.

La brecha exacta entre ambos criterios es de $10.010, cifra que se fundamenta de forma matemática por la incidencia directa del 14% (Jubilación PAMI) sobre la mitad de la suma no remunerativa ($71.500 x 14% = $10.010.

¿Cuál es el criterio recomendado?

La segunda opción (liquidación discriminada) se presenta como una alternativa sólida debido a que resulta más beneficiosa para los ingresos del trabajador y, de forma simultánea, evita un sobrecosto innecesario en las contribuciones patronales de la empresa.

Adicionalmente, mantiene la coherencia con la naturaleza de los acuerdos paritarios, evitando distorsionar los conceptos que originalmente nacieron como no remunerativos.

De esta manera, los empleados de comercio pueden ganar $10.010 menos con el aguinaldo de junio 2026, según el método de cálculo que elija el empleador.

Te puede interesar

Secciones