LEY 27.799

Ganancias simplificado: los cambios que propone el Gobierno y cómo impactarían en las declaraciones juradas 2025

En esta nota, explicamos los 9 puntos principales del proyecto que busca ampliar el acceso y reducir los riesgos de exclusión en el régimen
Por Noelia Girardi
IMPUESTOS - 25 de Junio, 2026

El régimen de declaración jurada simplificada del Impuesto a las Ganancias fue incorporado recientemente mediante la Ley 27.799, como una modalidad alternativa de cumplimiento para personas humanas y sucesiones indivisas, con el objetivo de reducir la carga administrativa y facilitar el cumplimiento de obligaciones fiscales.

La primera aplicación del régimen se encuentra atravesada por un escenario particular. Los vencimientos originales para las declaraciones juradas del período fiscal 2025 estaban previstos para los días 11, 12 y 16 de junio, según la terminación de CUIT. Sin embargo, mediante la Resolución General 5851/2026, ARCA prorrogó las presentaciones hasta el 27 de julio de 2026.

En ese contexto, el 5 de junio de 2026 el Poder Ejecutivo remitió al Congreso un proyecto de ley que introduce modificaciones relevantes al régimen simplificado. De aprobarse, la iniciativa podría modificar las reglas aplicables para la presentación del período fiscal 2025.

Ganancias simplificado: los 9 puntos claves del proyecto

Entre los principales cambios propuestos se destacan:

1. Eliminación de límites de ingresos y patrimonio

Actualmente, la posibilidad de adherir al régimen está condicionada por determinados parámetros vinculados con los ingresos anuales y el patrimonio del contribuyente.

El proyecto elimina estos límites objetivos, ampliando potencialmente el universo de sujetos que podrían optar por esta modalidad, siempre que cumplan con los restantes requisitos previstos.

De esta manera, se reemplaza un criterio basado en umbrales cuantitativos por un esquema vinculado principalmente con la condición del contribuyente y las condiciones generales de adhesión.

2. Nuevo requisito: residencia fiscal durante todo el período

La iniciativa establece que quienes adhieran al régimen deberán mantener la condición de residentes fiscales argentinos durante la totalidad del período fiscal por el cual presenten la declaración jurada simplificada.

Como excepción, esta exigencia no resultaría aplicable para quienes ejerzan la opción correspondiente al período fiscal 2025.

3. Una mayor protección frente a fiscalizaciones de ARCA

Uno de los principales beneficios del régimen es la presunción de exactitud de la declaración jurada presentada bajo modalidad simplificada.

El proyecto incorpora mayores precisiones sobre esta protección y establece que ARCA no podrá cuestionar automáticamente la declaración presentada, sino que deberá acreditar la existencia de una discrepancia significativa.

Para ello, el organismo deberá basarse exclusivamente en:

  • la información declarada por el contribuyente;
  • la información disponible en sus sistemas;
  • la información proporcionada por terceros.

Además, se limita el uso de determinadas presunciones previstas en la Ley 11.683 como fundamento exclusivo para dejar sin efecto el régimen.

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4. Cambios en el concepto de discrepancia significativa

El proyecto modifica los parámetros para determinar cuándo ARCA podrá impugnar la declaración jurada simplificada.

La discrepancia significativa quedaría configurada cuando exista:

  • un incremento del impuesto determinado; o
  • una reducción de los quebrantos impositivos.

Se mantiene el parámetro del 15%, pero se incorpora un límite adicional: aun cuando se supere ese porcentaje, no habrá discrepancia significativa si la diferencia no supera un umbral mínimo equivalente al 5% del monto previsto en el Régimen Penal Tributario. Considerando que actualmente dicho umbral asciende a $100 millones, el límite adicional implicaría que diferencias inferiores a $5 millones no podrían ser consideradas, por sí solas, como una discrepancia significativa a estos efectos.

También se establece que la carga de la prueba estará exclusivamente a cargo de ARCA.

5. La protección también alcanza determinados períodos de IVA

El proyecto aclara que la presunción de exactitud también tendrá efectos respecto de determinados períodos fiscales del Impuesto al Valor Agregado vinculados con el período de Ganancias presentado bajo modalidad simplificada.

La protección no aplicará cuando se detecte:

  • utilización de facturas o documentos apócrifos;
  • ingresos directos computados improcedentemente, incluyendo retenciones, percepciones, pagos a cuenta y anticipos.

6. Nuevas causales que pueden dejar sin efecto el régimen

La iniciativa amplía los supuestos que permiten cuestionar la declaración jurada simplificada.

Además de las facturas apócrifas, incorpora expresamente los casos de cómputo improcedente de ingresos directos.

También elimina la posibilidad prevista actualmente de evitar la consecuencia mediante la rectificación de la declaración jurada y el ingreso de la diferencia de impuesto correspondiente.

7. Mayor trazabilidad financiera para los adheridos

El proyecto incorpora nuevas obligaciones vinculadas con la utilización de medios de pago.

Los contribuyentes adheridos deberán canalizar sus operaciones mediante medios autorizados por el Banco Central o la Comisión Nacional de Valores.

Asimismo, la constancia de adhesión al régimen podrá ser considerada como antecedente favorable por los sujetos obligados en materia de prevención de lavado de activos.

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8. ¿Qué pasa si el Congreso no aprueba el proyecto antes del vencimiento?

La prórroga hasta el 27 de julio genera un plazo adicional para el tratamiento legislativo.

Si las modificaciones no fueran aprobadas antes de esa fecha, podrían presentarse distintos escenarios: una nueva prórroga, la aplicación del régimen actualmente vigente o adecuaciones posteriores según el texto definitivo que eventualmente se apruebe.

Hasta que exista una modificación normativa vigente, continuará aplicándose la Ley 27.799 y su reglamentación actual.

9. Conclusión

El proyecto enviado al Congreso introduce cambios relevantes en el régimen simplificado de Ganancias. Por un lado, amplía el universo potencial de contribuyentes que podrían acceder al beneficio al eliminar límites objetivos; por otro, busca reforzar la protección asociada a la presunción de exactitud y establecer límites más claros a las facultades de fiscalización de ARCA.

El tratamiento legislativo será determinante para definir las reglas aplicables a las primeras declaraciones juradas anuales presentadas bajo esta modalidad.

Por Noelia Girardi – Contadora Pública, especialista en tributación. Colaboradora de Errepar

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