ARCA cambia el calendario de facturación electrónica: quiénes tendrán más tiempo
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó el cronograma de implementación del nuevo régimen de facturación electrónica y otorgó plazos adicionales a bancos, compañías de seguros y administradoras de tarjetas de crédito, compra y débito. La decisión fue oficializada mediante la Resolución General 5866/2026, publicada en el Boletín Oficial.
Mientras que el nuevo esquema comenzará a regir desde el 1° de julio de 2026 para la mayoría de los contribuyentes, estos sectores contarán con un calendario especial de incorporación debido a las dificultades operativas planteadas para adaptar sus sistemas al nuevo régimen.
Facturación electrónica: cuál es el nuevo cronograma de ARCA
La resolución establece una implementación gradual según el tipo de actividad y la operación alcanzada.
El cronograma definido por ARCA es el siguiente:
- 1° de julio de 2026: entra en vigencia el régimen para la mayoría de los contribuyentes
- 1° de septiembre de 2026: deberán incorporarse las compañías de seguros por operaciones realizadas con sujetos que no sean responsables inscriptos o exentos en el IVA, además de descuentos, devoluciones, bonificaciones, quitas y rescisiones vinculadas a esas operaciones
- 1° de octubre de 2026: comenzará a aplicarse para las entidades financieras en operaciones de leasing y comercio exterior
- 1° de diciembre de 2026: será el turno de las entidades financieras respecto de préstamos —excepto descubiertos bancarios— y operaciones con clientes no inscriptos o exentos en IVA. También deberán incorporarse las emisoras y administradoras de tarjetas de crédito, débito, compra y prepagas, junto con los participantes del sistema de pagos con transferencias, para determinadas liquidaciones
- 1° de marzo de 2027: deberán adherirse las aseguradoras en operaciones de coaseguro y las entidades financieras y administradoras de tarjetas para las liquidaciones periódicas a comercios adheridos y demás participantes del sistema de pagos
Además, ARCA dispuso que las entidades financieras quedarán exceptuadas hasta el 30 de noviembre de 2026 de informar determinadas percepciones vinculadas con operaciones alcanzadas por el nuevo régimen, siempre que esos conceptos figuren detallados en los documentos comerciales emitidos, como los extractos bancarios.
Qué cambios incorpora el nuevo régimen de facturación electrónica
Además del cronograma escalonado, la resolución introduce otras modificaciones que alcanzan a distintos sectores. Uno de los cambios más relevantes es que será obligatoria la identificación mediante DNI o CUIT en operaciones iguales o superiores a $10 millones.
También se establece que los comprobantes deberán entregarse dentro de los 10 días corridos desde su emisión. En el caso de los establecimientos educativos privados, se elimina la obligación de incluir la firma y aclaración del responsable en los comprobantes emitidos por el cobro de aranceles.
No obstante, seguirá siendo obligatorio identificar al establecimiento y discriminar los conceptos correspondientes a enseñanza programática, enseñanza extraprogramática y otros servicios, como comedor, transporte o internado.
Además, desaparece el umbral mensual de $5.000 por alumno, simplificando la emisión de comprobantes para el sector.
Una medida similar alcanza a las empresas de medicina prepaga. Desde ahora también queda eliminado el límite de $5.000 mensuales, por lo que la obligación de emitir comprobantes ya no dependerá del valor del plan contratado.
ARCA: los motivos detrás de la modificación del cronograma
Según explicó ARCA, la decisión de modificar el cronograma respondió a las consultas recibidas por parte de distintos sectores económicos, que manifestaron dificultades técnicas y operativas para cumplir con los nuevos requisitos desde el 1° de julio.
Por ese motivo, el organismo optó por implementar el régimen de manera escalonada para facilitar la adaptación de las actividades alcanzadas.