ARCA PLAN DE PAGO

Facilidades ARCA: se analiza lanzar un nuevo plan de pagos especial

El Gobierno analiza reflotar un plan de pagos especial para pymes similar al que estuvo vigente hasta marzo pasado. Cuáles son las características
Por H.G.
IMPUESTOS - 02 de Julio, 2026

El Ministerio de Economía y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) analizan reflotar un plan de pagos especial para las pymes. De acuerdo a la información a la que pudo acceder iProfesional.com, el régimen sería similar al que estuvo vigente hasta marzo pasado.

El plan especial de facilidades de pago estaría destinado a regularizar obligaciones fiscales y de seguridad social vencidas como mucho al 30 de junio pasado (para así no incluir las declaraciones juradas anuales).

Podrían adherirse las personas humanas, sucesiones indivisas, micro, pequeñas y medianas empresas (tramos 1 y 2), entidades sin fines de lucro, empresas del sector salud, y el resto de contribuyentes. También se evalúa limitarlo a las pymes, aunque la idea es replicar el plan de pagos de la Resolución General 5711 que estuvo vigente hasta marzo pasado.

Tipo de obligaciones incluidas

Se podrían regularizar deudas impositivas y de la seguridad social, de monotributo, retenciones y percepciones impositivas y obligaciones aduaneras por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones, así como sus intereses.

Es importante señalar que la regularización no implicaría la reducción de intereses, así como tampoco la liberación de las pertinentes sanciones.

¿Cuáles serían las condiciones de los nuevos planes de pago de ARCA?

No existirían limitaciones en la cantidad de planes a presentar.

La fecha de consolidación sería la fecha de adhesión.

En cuanto a los pagos a cuenta, la cantidad máxima de cuotas y tasa de financiación fija a otorgar sería de la siguiente manera:

Así serían las condiciones del nuevo plan de pagos especial de ARCA

Las cuotas seríann mensuales, iguales y consecutivas, con un monto mínimo de $2.000 por cuota, mientras que la caducidad del plan se determinará a los 60 días corridos de constatada la falta de pago de 2 cuotas seguidas o alternativas.

ARCA acelera la apertura de inspecciones

La implementación de la Ley Inocencia Fiscal generó un exorbitante aumento de las multas fiscales. A este escenario, se suma el apuro actual de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) de la apertura de órdenes de intervención antes de cumplido el mes de pasado el vencimiento.

Una orden de intervención es un acto administrativo formal de ARCA que da inicio oficial a una inspección. Este documento detalla qué inspectores están a cargo, el período fiscal, los impuestos a revisar y el alcance de la fiscalización.

Al respecto el tributarista Marcelo Bergé advirtió en la red social X que "están llegando Ordenes de Intervención de ARCA, iniciando fiscalizaciones por Declaraciones Juradas no presentadas, muy poco tiempo después del vencimiento".

Fuente: X

¿Por qué iniciar una inspección por una falta de presentación tan reciente?

El Fisco tiene otras herramientas para cobrar cuando no se presenta la declaración jurada como el "Pago Provisorio de Impuestos Vencidos" que le permite intimar el pago en base a declaraciones juradas anteriores.

¿Porque entonces la fiscalización?

"Porque al emitir la Orden de Intervención bloquean la presentación espontánea y eso te impide quedar exento de responsabilidad infraccional", agrega Bergé.

"Entonces emitiendo la orden de intervención, cabe la multa por omisión, (100% del impuesto omitido) o del artículo 46 (2 a 6 veces) si lo califican como defraudación. Aún cuando hayas presentado y pagado tarde con los intereses y la multa automática", amplía el experto.

"En el mejor de los casos, y según los plazos de cumplimiento, puede que tengas derecho al esquema de reducción de sanciones del artículo 49", concluye Bergé.

Inocencia fiscal: aumento exorbitante de las multas impositivas

La Ley de Inocencia Fiscal que se encuentra en plena vigencia implementó una actualización integral de las multas previstas en la ley de procedimiento fiscal, cuyos nuevos valores quedaron fijados en los siguientes rangos:

  • $220.000 como multa mínima por infracciones formales para personas humanas y sucesiones indivisas.
  • $440.000 como multa máxima por infracciones formales para personas jurídicas.
  • Entre $5.000.000 y $10.000.000 por falta de presentación de declaraciones juradas informativas.
  • Entre $1.500.000 y $10.000.000 para otras infracciones formales agravadas.
  • Entre $11.000.000 y $22.000.000 en supuestos intermedios de mayor gravedad.

En materia de multas materiales y sanciones a agentes de retención y percepción, el nuevo esquema establece los siguientes importes:

  • $150.000 como multa mínima general.
  • $2.500.000 como multa máxima general.
  • $35.000.000 como tope agravado por gravedad o reincidencia.
  • Entre $500.000 y $35.000.000 para agentes de retención y percepción.
  • $10.000.000.000 como límite máximo absoluto de sanciones acumuladas.

Inocencia fiscal ARCA: quién queda afuera de las nuevas inspecciones

A través de una flamante norma flamante, ARCA establece que antes de iniciar inspecciones de períodos anteriores a 2025 habrá que determinar si el contribuyente está adherido al Régimen de Ganancias Simplificada.

Puntualmente la norma interna establece las pautas operativas para las inspecciones impositivas durante un período de transición legal.

El documento detalla que, ante posibles cambios en la Ley 27.799 de Inocencia Fiscal, se debe priorizar la presunción de exactitud para aquellos contribuyentes que hayan presentado su declaración jurada simplificada del Impuesto a las Ganancias.

Según la norma interna de ARCA, si el ciudadano cumplió con la presentación del Formulario 2711 antes del inicio de una fiscalización, las acciones de control sobre períodos fiscales previos deben ser desestimadas.

Solo se permitirá avanzar con verificaciones de años anteriores si las autoridades detectan una discrepancia significativa en la información declarada. De esta manera, el organismo busca unificar criterios de control y brindar seguridad jurídica mientras se define el nuevo marco normativo.

Fuente: ARCA

La nueva norma interna por dentró: cómo serán las futuras inspecciones

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha emitido un comunicado oficial (COMAR-2026-1-E-ARCA-SDGFIS) con fecha del 24 de junio de 2026, en el cual establece pautas operativas críticas para el tratamiento de las órdenes de intervención y verificación fiscal. El documento define criterios específicos para un periodo de transición motivado por el tratamiento parlamentario de un proyecto modificatorio de la Ley Nº 27.799.

El punto central de esta directiva es la aplicación de la presunción de exactitud a favor del contribuyente. Bajo este principio, las acciones de fiscalización centralizada correspondientes a periodos fiscales 2024 y anteriores deben ser desestimadas si el contribuyente ha presentado la declaración jurada simplificada (F. 2711) para el periodo base 2025. Solo se admitirán excepciones en casos de discrepancias significativas debidamente detectadas.

Periodo base: Se define el año 2025 como el periodo fiscal base para la aplicación de las nuevas reglamentaciones.

Contexto de transición: La necesidad de fijar criterios operativos surge ante el posible impacto de un proyecto de modificación de la Ley Nº 27.799 en el proyecto de Instrucción General que la agencia tiene actualmente en curso.

El Principio de Presunción de Exactitud

De acuerdo con las normas mencionadas, ARCA reconoce un beneficio procedimental fundamental para los contribuyentes que cumplen con sus obligaciones bajo la modalidad simplificada:

Activación del beneficio: La presunción de exactitud opera a partir de la presentación de la declaración jurada correspondiente a la modalidad simplificada del Impuesto a las Ganancias.

Requisito adicional: En los casos que corresponda, la presunción también depende de la efectivización del pago en término.

Impacto legal: Este principio está previsto en el artículo 40 de la ley y actúa como una barrera de protección contra fiscalizaciones retroactivas ordinarias.

Criterios de Verificación y Procedimiento Operativo

La ARCA instruye a sus áreas de fiscalización a seguir un protocolo estricto antes de iniciar cargos fiscales:

Verificación Previa Obligatoria: Antes del inicio formal de cualquier carga correspondiente a los periodos fiscales 2024 y anteriores, las autoridades deben verificar si el contribuyente presentó el Formulario 2711 (Declaración Jurada Simplificada) correspondiente al periodo fiscal 2025.

Desestimación de Casos: Si se constata la presentación de la declaración jurada simplificada (y el pago respectivo, si aplica) antes del inicio formal de la acción:

  • El caso debe ser desestimado de inmediato.

Se aplica de forma directa la presunción de exactitud del artículo 40 de la ley.

Excepciones a la norma

La fiscalización de periodos anteriores al periodo base (2024 y previos) bajo estas condiciones solo podrá proceder de manera excepcional cuando:

  • Se detecte una discrepancia significativa según los términos de la norma.

Se justifica la verificación manual debido a que un contribuyente pudo haber presentado su declaración con posterioridad a la generación centralizada de la carga.

El criterio se sugiere también para aquellos casos seleccionados dentro del ámbito de las jurisdicciones locales.

Este conjunto de directrices busca alinear la operatividad de la ARCA con la seguridad jurídica del contribuyente durante el proceso de transición legislativa del año 2026.

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