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Plan de pagos de ARCA permite refinanciar las deudas impositivas en hasta 18 cuotas con baja tasa

La iniciativa permite a microempresas y autónomos regularizar pasivos fiscales previos a julio de 2026 en cuotas fijas y con menores anticipos
Por A.L.
16/07/2026 - 18:23hs
Plan de pagos de ARCA permite refinanciar las deudas impositivas en hasta 18 cuotas con baja tasa

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha un plan de facilidades de pago destinado para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs), pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro. 

El objetivo es ofrecer una ventana para regularizar obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2026 mediante esquemas de financiación que se adaptan al tamaño y las necesidades de cada contribuyente.

El régimen, que fue instrumentado a través de la Resolución General 5875/2026, alcanza deudas impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social.

También contempla intereses resarcitorios, punitorios y multas vinculadas a esas obligaciones. La medida busca facilitar el cumplimiento fiscal en un contexto económico complejo para el sector productivo.

Quiénes pueden acceder al plan de pagos de ARCA

La iniciativa está dirigida a los siguientes grupos de contribuyentes:

  • Micro y Pequeñas Empresas
  • Medianas Empresas Tramo 1 y Tramo 2
  • Pequeños contribuyentes identificados en el Sistema Registral de ARCA
  • Entidades sin fines de lucro

Para las MiPyMEs, será requisito indispensable contar con el Certificado MiPyME vigente y la correspondiente caracterización dentro del organismo. Sin ese certificado actualizado, no será posible acceder al beneficio.

Entre las entidades sin fines de lucro alcanzadas por la medida se encuentran asociaciones civiles, fundaciones, cooperativas, mutuales, consorcios de propietarios, cooperadoras escolares, iglesias y organizaciones religiosas registradas ante ARCA.

Quiénes quedan excluidos del régimen especial de ARCA

ARCA estableció una serie de restricciones para acceder al beneficio. Las exclusiones buscan limitar el acceso a quienes tienen antecedentes penales tributarios.

No podrán adherirse personas condenadas por delitos tributarios, aduaneros o vinculados con incumplimientos fiscales con sentencia firme. Tampoco empresas cuyos directivos hayan sido condenados por esos delitos.

Quedan afuera también los responsables solidarios respecto de las obligaciones incluidas en el plan. La norma también excluye a determinados garantes de deudas fiscales contemplados por la legislación vigente, aunque en estos casos la restricción dependerá de la naturaleza de la garantía.

Las cuotas y condicions del plan según el tipo de contribuyente

Las condiciones de financiación varían según el perfil del contribuyente. ARCA diseñó esquemas diferenciados para no sobrecargar a los más pequeños.

Para microempresas, pequeñas empresas y monotributistas:

  • Podrán financiar obligaciones generales en hasta 18 cuotas. Las retenciones y percepciones impositivas tendrán un plazo más acotado: hasta 9 cuotas.
  • Deberán realizar un anticipo equivalente al 5% de la deuda consolidada. Las cuotas mínimas serán de $50.000, y el pago a cuenta mínimo también será de $50.000.
  • La tasa de financiación será del 2,75% mensual. Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas.

Para medianas empresas:

  • Las empresas comprendidas en los tramos 1 y 2 podrán acceder a hasta 15 cuotas para obligaciones generales. Las retenciones y percepciones se financiarán en hasta 7 cuotas.
  • En este caso, el pago inicial será del 10% de la deuda consolidada. La tasa de financiación también será del 2,75% mensual, y las cuotas mantendrán el formato de pagos mensuales, iguales y consecutivos.

Qué deudas se pueden incluir en el plan de ARCA

El plan alcanza obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2026. Entre las deudas que se pueden incluir figuran:

  • Impuestos nacionales
  • Recursos de la seguridad social
  • Obligaciones aduaneras
  • Multas aplicadas por el organismo
  • Intereses resarcitorios y punitorios
  • Retenciones y percepciones impositivas
  • Tributos vinculados a operaciones de importación y exportación

La adhesión no implica condonación de deuda, intereses ni sanciones. Únicamente habilita la posibilidad de financiar los montos adeudados bajo las condiciones descriptas.

Qué conceptos quedaron afuera del régimen

La resolución también especifica una serie de obligaciones que no podrán regularizarse mediante este régimen. Las exclusiones apuntan principalmente a conceptos de terceros.

No se pueden incluir retenciones y percepciones previsionales, salvo los aportes personales de trabajadores en relación de dependencia. Tampoco anticipos y pagos a cuenta.

Quedan afuera determinadas obligaciones de IVA sobre servicios digitales prestados desde el exterior. Tampoco se admiten aportes y contribuciones destinados a obras sociales.

Las cuotas pendientes de otros planes de pago vigentes no podrán refinanciarse. Lo mismo ocurre con obligaciones vinculadas con Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) y otros conceptos expresamente excluidos por la normativa.

Cómo adherirse al plan de pagos paso a paso

La adhesión debe realizarse de manera online mediante el servicio "Mis Facilidades", disponible en el sitio oficial de ARCA. El trámite es completamente digital.

Los contribuyentes deberán ingresar al sistema con CLAVE FISCAL y seleccionar la opción "Régimen Especial de Facilidades de Pago - Obligaciones vencidas al 30/06/2026".

Una vez efectuado el pago a cuenta correspondiente, el sistema consolidará la deuda y generará automáticamente el plan de financiación. ARCA aclaró que cada contribuyente podrá presentar más de un plan si necesita regularizar diferentes obligaciones de forma separada, lo que da flexibilidad para organizar la regularización según las prioridades de cada caso.

El plazo para adherirse al régimen especial permanecerá abierto hasta el 30 de octubre de 2026. Quienes deseen acceder a los beneficios deberán completar el trámite antes de esa fecha.

Cuándo se pierde el beneficio del plan

La normativa prevé causales de caducidad automática. ARCA será estricto en el seguimiento de los pagos.

El plan quedará sin efecto cuando existan dos cuotas impagas, consecutivas o alternadas, y transcurran 60 días desde el vencimiento de la segunda. También caducará si no se abona la última cuota y pasan 60 días desde su vencimiento.

En esos casos, ARCA podrá reclamar el saldo pendiente e iniciar las acciones de cobro previstas por la legislación vigente. La caducidad no admite excepciones una vez que se cumplen los plazos establecidos.

Proyecto de ley para salvar a las PyMES

Las pequeñas y medianas empresas argentinas (PyMEs) atraviesan su peor momento en años. Desde diciembre de 2023, cerraron 22.000 pymes en todo el país. El impacto se siente en cada rincón productivo.

Ante este panorama, el diputado nacional Nicolás Massot (Encuentro Federal) presentó a principio de mes el proyecto de ley "Régimen Integral de Promoción de las PyMEs". La iniciativa busca frenar la sangría de cierres con una batería de medidas que incluyen alivio fiscal, incentivos al empleo formal y canales más ágiles de financiamiento.

El legislador fue contundente al fundamentar su propuesta. "A pesar de la crítica situación que viven las pequeñas y medianas empresas en el país, todos los programas de incentivos especiales creados hasta el momento por el Gobierno nacional sólo apuntan a los sectores energéticos, mineros y tecnológicos", advirtió.

Massot apuntó directamente al RIGI (Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones). Ese programa concentra beneficios en industrias de gran escala, pero deja afuera al grueso del tejido productivo argentino.

Las pymes generan alrededor del 65% del empleo registrado en Argentina. También representan cerca del 42% del Producto Bruto Interno. Sin embargo, quedaron relegadas en la agenda de incentivos oficiales.

"Por eso, necesitamos un marco normativo para rescatar y promover a las pymes", insistió el diputado. "Son el corazón productivo del país e impulsan la inversión, el crecimiento y el empleo".

Qué beneficios tributarios propone el proyecto para las pymes

El capítulo fiscal del proyecto apunta a bajar la presión impositiva de manera directa. Las empresas que aumenten su plantilla accederán a una reducción del 50% en las contribuciones patronales durante tres años. La medida busca convertir el costo laboral en un incentivo, no en una barrera.

El texto también plantea eliminar el impuesto sobre los débitos y créditos bancarios para las pymes. Esa carga tributaria encarece cada movimiento financiero y frena la bancarización del sector.

Otro punto clave: una alícuota de Ganancias reducida al 20% para las pequeñas y medianas empresas. Hoy, las pymes pagan la misma tasa que las grandes corporaciones, sin importar su capacidad contributiva.

El régimen incluye además beneficios por la reinversión en bienes de capital. Las empresas que destinen utilidades a renovar maquinarias o equipos podrán acceder a deducciones especiales. La idea es premiar la modernización productiva.

Para cerrar el paquete tributario, el proyecto ofrece garantías de estabilidad fiscal. Esto implica que las empresas adheridas no sufrirán cambios en su carga impositiva durante el período de vigencia del régimen, protegiéndolas de sorpresas tributarias.

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