ARCA GANANCIAS

ARCA publicó los nuevos valores que fijan cuánto te retendrán de Ganancias hasta fin de año

ARCA publicó los montos de las deducciones personales y la escala de Ganancias aplicables a las remuneraciones percibidas entre julio y diciembre de 2026:
Por Hernán Gilardo
IMPUESTOS - 21 de Julio, 2026

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó los montos de las deducciones personales del impuesto a las Ganancias aplicables a las remuneraciones percibidas en el período julio a diciembre de 2026.

También los montos de las deducciones personales aplicables a las remuneraciones percibidas en el período anual 2026.

Asimismo, ARCA publicó la escala del tributo del artículo 94, aplicable a las remuneraciones percibidas en el período julio a diciembre de 2026.

Por último, la escala del tributo del artículo 94, aplicable a las remuneraciones percibidas en el período anual 2026 (liquidación final y anual).

Ganancias: cuál es el nuevo piso a partir del cuál se paga el impuesto

A continuación el nuevo piso del Impuesto a las Ganancias (neto y bruto mensual, respectivamente):

  • Soltero sin hijos: $2.908.796,58 neto mensual - $3.504.574,20 bruto mensual
  • Soltero con un hijo: $3.146.992,72 neto mensual - $3.791.557,50 bruto mensual
  • Soltero con dos hijos: $3.385.190,03 neto mensual - $4.078.542,21 bruto mensual
  • Casado sin hijos: $3.382.613,07 neto mensual - $4.075.441,69 bruto mensual
  • Casado con un hijo: $3.620.915,56 neto mensual - $4.363.248,64 bruto mensual
  • Casado con dos hijos: $3.857.518,78 neto mensual - $4.647.612,99 bruto mensual

Nueva prórroga de Ganancias: ¿qué pasa con Bienes Personales?

Ya es oficial la prórroga hasta el 27 de agosto sólo de la presentación de las declaraciones juradas anuales del Impuesto a las Ganancias. El pago sigue venciendo el 27 de julio próximo.

Asi lo establece la Resolución General 5876 publicada este lunes en el Boletín Oficial.

La flamante norma también confirma que las declaraciones juradas anuales de Bienes Personales y del impuesto Cedular se mantienen con su fecha límite del 27 de julio. Tanto la presentación como el pago. Para Bienes Personales y Cedular no hay prórroga alguna.

Después de la prórroga, cómo quedan los vencimientos

Desde Tributum.News, detallan cómo queda el calendario de impuestos luego de la prórroga:

Con prórroga

Jueves 27/08/2026 (anteriormente 27/07/2026)

Sujetos: personas humanas (Autónomos y Monotributistas por rentas alcanzadas)

Gravamen: Ganancias (General y Simplificada Inocencia fiscal)

Obligación: presentación (no el pago)

Lunes 14 al 16/09/2026 (ant 13 al 18/08/2026)

Obligación: 1er Anticipo DDJJ 2026

Fuente: Tributum.News

Sin prórroga

Lunes 27/07/2026:

Per. Humanas. Ganancias (General y Simplificada Inocencia Fiscal): pago

Per. Humanas. Cedular (Rentas Financieras y otros): presentación y pago

Per. Humanas. Bienes Personales: presentación y pago (excepto adheridos REIBP)

Martes 28 a jueves 30/07/2026: Personas Jurídicas. Participaciones societarias (ex RG 4120). Informativa: presentación

Viernes 31/07/2026:

Empleados en relación de dependencia. Informativa de bienes: presentación

Sociedades, Emp Unipersonales, Fideicomisos y otros (con balances). Cierre Dic 2025. EECC. Informativa: presentación

Lunes 31/08/2026: Funcionarios públicos. Patrimonial integral: presentación.

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