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ARCA habilitó el Certificado de Origen Digital para liberar garantías por falta de documentación

El servicio aduanero controlará el cumplimiento del régimen de origen y comunicará la aprobación o el rechazo del trámite mediante SICNEA
Por H.G.
27/07/2026 - 10:28hs
ARCA habilitó el Certificado de Origen Digital para liberar garantías por falta de documentación

La Resolución General (ARCA) 5880/2026 establece que importadores y despachantes de aduana podrán presentar el Certificado de Origen Digital mediante el Sistema Informático de Trámites Aduaneros (SITA) para liberar garantías por falta de documentación de origen MERCOSUR. La medida rige desde su publicación en el Boletín Oficial el 27 de julio de 2026, señala Marcos felice desde el Blog del Contador.

Qué cambia para los importadores

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero habilitó la utilización del Certificado de Origen Digital para solicitar la liberación de garantías aduaneras constituidas por la falta del certificado de origen correspondiente a operaciones realizadas en el marco del MERCOSUR.

La medida fue instrumentada mediante la Resolución General 5880/2026, publicada el 27 de julio de 2026, y alcanza a las garantías identificadas como "Falta de Certificado de Origen MERCOSUR", bajo el Código FCEO, junto con las "Multas automáticas", Código MUAU, que se encuentren asociadas.

El trámite podrá ser iniciado por el importador o por el despachante de aduana mediante la opción "Presentación Certificado de Origen Digital", disponible en el Sistema Informático de Trámites Aduaneros (SITA).

Para efectuar la presentación, el operador deberá declarar el identificador de la destinación aduanera, el o los ítems correspondientes y el número del Certificado de Origen Digital o de los certificados aplicables a la operación.

Una vez recibida la solicitud, el servicio aduanero verificará que el certificado presentado satisfaga los requisitos previstos por el régimen de origen establecido en el acuerdo comercial correspondiente. Como resultado de ese control, ARCA aprobará o rechazará el trámite.

La decisión será notificada al importador o despachante mediante el Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera (SICNEA), conforme al procedimiento regulado por la Resolución General 3474 y sus modificatorias.

Hasta la implementación de esta modalidad informática, las Resoluciones Generales 4043, 4224, 4608, 4814 y 5496 exigían la presentación del certificado de origen en formato papel para solicitar la liberación de las garantías. Esa exigencia había sido prevista con carácter transitorio, hasta que estuviera operativo un procedimiento basado en el Certificado de Origen Digital.

La nueva operatoria se apoya en el sistema de Certificación de Origen Digital desarrollado en el ámbito de la Asociación Latinoamericana de Integración. La Resolución 386 del Comité de Representantes de la ALADI reconoce a los certificados digitales la misma validez jurídica que a los documentos emitidos en papel.

ARCA indicó que las instrucciones para gestionar la liberación de las garantías mediante certificados digitales estarán disponibles en el micrositio "SITA – Sistema Informático de Trámites Aduaneros" de su página institucional.

La Resolución General 5880/2026 entró en vigencia el 27 de julio de 2026, día de su publicación en el Boletín Oficial.

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