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ALERTA

EL RIMI enciende motores en el sector agropecuario

Las recientes reformas impositivas de la Modernización Laboral, incentivan nuevas inversiones en el segmento de las pymes en el sector agropecuario.
Por A.L.
04/08/2026 - 11:33hs
EL RIMI enciende motores en el sector agropecuario

Se puede afirmar que las recientes reformas impositivas incluidas en la Ley N° 27.802 de Modernización Laboral, incentivan nuevas inversiones en el segmento de pequeñas y medianas empresas en general y en particular en el sector agropecuario.

En dicha ley, el Título XXIII establece el Régimen de Inversión para Medianas Inversiones (RIMI), que fuera reglamentado por el Decreto 242/2026. Posteriormente, la Resolución Conjunta 5849/2026 de ARCA (ex AFIP) y las resoluciones dictadas por las Secretarías de Agricultura y Energía completaron el plexo normativo aplicable en la materia.

Cabe destacar con respecto al RIMI que, si bien la norma legal exige aplicar determinados montos mínimos para gozar de los beneficios del régimen, tales mínimos no rigen para determinados bienes que son claves para el sector agroindustrial.

La inversión en estos bienes (sistemas y/o equipos de riego, bienes de alta eficiencia energética, mallas antigranizo para el sector agropecuario y en bienes semovientes), conlleva una doble ventaja: 1) no requiere un importe determinado y 2) dichos bienes se podrán amortizar en un solo ejercicio fiscal.

También debe destacarse que la ley dispone una nueva forma de valuar a la hacienda de invernada, solucionando una vieja inequidad en el impuesto a las ganancias para dicho tipo de establecimientos.

Asimismo es importante la reducción de la tasa del IVA al 50% para la provisión de energía eléctrica utilizada en sistemas y/o equipos de riego con destino al sector agroindustrial, que implicará un ahorro importante para aquellos que utilizan en forma intensiva dichos sistemas y/o equipos.

Beneficios para la ganadería

En primer lugar debe destacarse la norma aplicable para la hacienda de pedigrí o pura por cruza: Los reproductores machos y hembras registrados en asociaciones de criadores orientados al mejoramiento genético superior gozan del beneficio de la amortización acelerada en un año. Es decir que su deducción es total en el mismo ejercicio fiscal de compra.

Sin embargo, el cambio más disruptivo es el introducido por el Art. 193 de la ley 27.802, que corrige una asimetría histórica del impuesto a las ganancias.

Los establecimientos de invernada y feed-lot debían valuar sus existencias (novillos, vaquillonas) a precio de plaza (mercado) menos gastos de venta. Esto obligaba a tributar por una "ganancia por tenencia" o renta potencial por animales que aún no se habían vendido.

La nueva ley equipara el tratamiento de la invernada con el de los campos de cría. Habilita a valuar las existencias anuales al costo estimado por revaluación anual. Al respecto se dispone que, para calcular la valuación de las vaquillonas y de los novillos, estos contribuyentes podrán usar los índices de relación contenidos en las tablas anexas a la ley 23.079, para todas las vaquillonas, el correspondiente a vaquillona de uno a dos años y para todos los novillos, el de novillo de uno a dos años, de acuerdo con la categoría de que se trate.

Esta norma tendrá efectos para ejercicios fiscales que se inicien a partir del 01/01/2026. Su impacto económico consistirá en la disminución de la la valuación al cierre de las existencias. Esto implica diferir el resultado hasta el ejercicio correspondiente a la venta de los animales, liberando por lo tanto un flujo de caja crítico durante la etapa de engorde.

Otras medidas necesarias para el sector

Las propuestas de entidades como los Colegios de Graduados en Ciencias Económicas adheridos a F.A.G.C.E., cooperativas, cámaras y fundaciones del sector, apuntan los siguientes ítems:

a) Disponer beneficios similares a los del RIMI para la maquinaria usada. Por definición legal, el RIMI promueve la adquisición de bienes de capital nuevos. Frente a esto, el sector Pyme reclama que la maquinaria usada de origen nacional sea incorporada en el esquema de amortización acelerada para dinamizar los mercados regionales de reposición.

Si bien el Gobierno flexibilizó la importación de líneas de producción y maquinaria usada pesada mediante el Decreto 483/2026, esto corre por una vía aduanera independiente bajo la órbita de la Secretaría de Industria y Comercio, sin conexión con los alivios impositivos del RIMI.

b) Establecer la posibilidad de amortizar aceleradamente a los reproductores de hacienda general.

c) Contemplar una mayor deducción en el impuesto a las ganancias para la reposición de nutrientes y la conservación de la tierra, premiando a quienes prioricen la sustentabilidad de los suelos.

Por otra parte cabe señalar podrían incorporarse nuevos bienes a los que están actualmente incluidos, debido a actualizaciones de los listados vigentes por parte de las Secretaría de Agricultura y/o de Energía. También la RG 5849 prevé que aquellas inversiones productivas que no pudieran ser encuadradas en dichos listados, deberán contar con un informe de profesional idóneo, pudiendo ser evaluadas por la Secretarías mencionadas según el tipo de inversión que se trate, en caso de estimarlo pertinente.

Sin embargo, la potestad de agregar actividades económicas completamente nuevas o de modificar determinados aspectos de la normativa (como por ejemplo beneficiar también a los bienes usados, o crear categorías de activos del suelo) requeriría de una reforma por ley del Congreso que disponga dicho nuevo marco.

Finalmente es destacable el reciente anuncio del Ministro de Economía referido a la ampliación en $ 50.000 millones para el cupo de reintegros impositivos del IVA para las inversiones encuadradas en el RIMI.

Es decir que se intenta destrabar uno de los principales problemas que fuera señalado por los contadores y asesores del sector, como es el efectivo cumplimiento de la devolución del crédito fiscal de IVA para Pymes en el plazo de tres meses que prevé la ley 27.802.

Miguel Ángel Vidaurreta

Contador Público-UNR

Consultor de Empresas

Socio Vidaurreta & Asociados

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