Arranca otra etapa de pagos de Bienes Personales y Ganancias
La semana es clave respecto de los vencimientos anuales de Ganancias y Bienes Personales. Se reúnen las obligaciones centrales en relación a los grávamenes que alcanzan a la riqueza de las personas físicas respecto a las declaraciones juradas anuales de 2006.Ganancias – Bienes Personales Declaración jurada anualA lo largo de lasemana, a partir del martes, las personas físicas y sucesiones indivisas radicadas en el país que tengan participación en sociedades con cierre de ejercicio en diciembre deberán presentar la declaración jurada e ingresar el saldo correspondiente al 2006. Las que no tengan participación en sociedades, ya perfeccionaron la obligación el mes pasado.La presentación se realiza, de acuerdo al número de la CUIT, a partir del martes próximo. El ingreso del saldo se deberá producir el día hábil posterior a la presentación de la declaración jurada.
Desde este año se implantó la posibilidad de declarar de manera unificada Ganancias y Bienes personales.De esta manera, la rendición de los tributos se profundiza con los mismos requisitos que Bienes Personales solicita en cuanto al detalle de las propiedades inmobiliarias, automóviles o embarcaciones, típicas del gravamen y que no se incluían en las declaraciones de Ganancias con tanto nivel de detalle.El uso del nuevo software denominado "Ganancias Personas Físicas – Bienes Personales, versión 8.0, release 1" permite acceder a facilidades para cancelar el saldo y perfeccionar la obligación. Se contempla la cancelación en 3 cuotas sin intereses.
Mínima presuntaPor su parte, las empresas, sociedades o explotaciones unipersonales ubicadas en el país, pertenecientes a personas domiciliadas en el mismo, cuyos cierres coincidan con el año calendario también se verán obligadas a partir de hoy a ingresar la declaración jurada anual correspondiente al 2006 respecto al Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta.
La presentación se realiza, de acuerdo al número de la CUIT, a partir de hoy. El ingreso del saldo se deberá producir el día hábil posterior a la presentación de la declaración jurada.
Seguridad SocialRegímenes de retenciónEl viernes vencen distintos regímenes de retención de la Seguridad Social y Obras Sociales. Entre ellos, es posible mencionar:
- El referido a las empresas que contratan servicios de limpieza.
- El régimen de retención para empresas que contratan servicios de seguridad.
- El régimen de retención para servicios eventuales.
En todos estos casos, los agentes del fisco tendrán que utilizar el aplicativo "SIJP, Retenciones y Percepciones, versión 4.0".Para ingresar las retenciones correspondientes a la primera quincena de mayo, corresponde la generación del formulario 910 y el disquette correspondiente.
Ingresos BrutosEntre el 14 y 18 de mayo la clave será el pago del impuesto tanto para contribuyentes de pago mensual como aquellos del régimen de convenio multilateral.
El vencimiento se programa según la terminación del CUIT, y de ser contribuyente bonaerense, el mismo puede cancelarse a través de la página web de Rentas de la provincia.Hernán Gilardohgilardo@infobae.com