• 12/8/2026
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Inocencia Fiscal II: Diputados dio dictamen y los funcionarios quedarán fuera de los beneficios

Avanza en el Congreso el proyecto que flexibiliza el acceso al sinceramiento fiscal y facilita regularizar activos para personas físicas
12/08/2026 - 14:27hs
Inocencia Fiscal II: Diputados dio dictamen y los funcionarios quedarán fuera de los beneficios

El oficialismo consiguió este miércoles dictamen de mayoría en la Cámara de Diputados para el proyecto de Inocencia Fiscal II, que modifica el régimen de declaración jurada simplificada de Ganancias y amplía los beneficios para contribuyentes que ingresen al sistema formal sus ahorros y bienes.

El despacho obtuvo 44 firmas en el plenario conjunto de las comisiones de Presupuesto y Hacienda y Legislación Penal, por lo que quedó habilitado para ser tratado en el recinto en la sesión prevista para el 26 de agosto.

Uno de los principales cambios incorporados durante el debate fue la exclusión de los funcionarios públicos de los beneficios y presunciones del régimen. La modificación había sido planteada por los bloques aliados del oficialismo.

El dictamen contó con el respaldo de La Libertad Avanza, el PRO, la UCR, Innovación Federal, Producción y Trabajo, el MID, Independencia y Provincias Unidas, que acompañó en disidencia parcial.

Funcionarios: quiénes quedan excluidos

El proyecto establece que las personas que ejerzan o hayan ejercido determinados cargos de responsabilidad pública no podrán acceder a los beneficios tributarios previstos por el régimen durante los cinco años anteriores a su adhesión y hacia adelante.

La exclusión alcanza a funcionarios y personas que hayan ocupado cargos de alta responsabilidad en los tres poderes del Estado y organismos de control.

Entre ellos se encuentran:

  • Funcionarios del Poder Ejecutivo nacional, provincial, municipal y de la Ciudad de Buenos Aires con jerarquía igual o superior a secretario de Estado
  • Legisladores nacionales y provinciales, legisladores porteños, concejales y parlamentarios del Mercosur
  • Magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Público
  • Defensores del Pueblo y sus adjuntos
  • Integrantes del Consejo de la Magistratura y de los Jurados de Enjuiciamiento

Los funcionarios podrán utilizar el sistema simplificado únicamente como canal operativo para presentar la declaración jurada de Ganancias y cancelar el saldo correspondiente. No podrán acceder a la presunción de exactitud, la liberación de fiscalizaciones ni a los demás beneficios o inmunidades tributarias del régimen.

La presidenta de la Comisión de Legislación Penal, Laura Rodríguez Machado, explicó que la exclusión alcanza tanto a quienes ocupen esos cargos como a quienes los hayan ejercido durante los cinco años previos a la adhesión.

Se eliminan los límites de ingresos y patrimonio

Otro de los cambios centrales consiste en eliminar los límites que actualmente funcionan como requisitos para ingresar al régimen simplificado.

El proyecto elimina los topes de:

  • $1.000 millones de ingresos anuales
  • $10.000 millones de patrimonio total

De esta manera, el régimen queda abierto a personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país, sin esos límites de ingresos o patrimonio.

Los grandes contribuyentes también podrán utilizar la modalidad simplificada para la presentación y el pago del impuesto, aunque no tendrán acceso a las presunciones ni a los efectos liberatorios del régimen.

Cambios en la presunción de exactitud

El proyecto también modifica las condiciones bajo las cuales ARCA puede dejar sin efecto la presunción de exactitud de las declaraciones juradas.

Actualmente, una discrepancia que implique un incremento del 15% o más respecto de lo declarado puede provocar la pérdida de esa presunción.

La iniciativa incorpora un umbral mínimo para considerar que existe una discrepancia significativa. Según el texto del dictamen, aun cuando se supere el porcentaje previsto, la presunción se mantendrá si la diferencia nominal no alcanza el equivalente al 5% del monto establecido como condición objetiva de punibilidad en la Ley Penal Tributaria.

Según el detalle presentado durante el debate, ese límite se ubicaría en $5 millones.

Se incorpora la posibilidad de rectificar la declaración

El proyecto también incorpora un mecanismo para que el contribuyente pueda rectificar su declaración jurada y pagar la diferencia determinada por ARCA sin perder los beneficios del régimen.

Si el organismo detecta una discrepancia significativa, el contribuyente tendrá hasta 15 días hábiles desde la notificación de la determinación de oficio para presentar una declaración jurada rectificativa y cancelar el monto correspondiente, junto con los intereses.

Si cumple con ese procedimiento, mantiene los beneficios y la presunción de exactitud del régimen.

Además, si posteriormente la Justicia determina que el ajuste realizado por ARCA no correspondía, el proyecto establece que deberá restablecerse la presunción de exactitud y reintegrarse el importe abonado, con intereses, dentro de un plazo máximo de 45 días hábiles desde la notificación de la resolución firme.

Reducción de multas para determinados contribuyentes

El dictamen incorpora además una reducción de las sanciones por infracciones formales.

Para micro y pequeñas empresas, personas humanas, sucesiones indivisas y entidades sin fines de lucro, se establece una reducción del 25% en las multas por infracciones formales.

La iniciativa también mantiene otros mecanismos previstos en el régimen vigente, entre ellos un régimen especial de reducción de sanciones y parámetros para determinar cuándo una diferencia en la declaración jurada puede ser considerada una discrepancia relevante.

Qué busca modificar el régimen

El proyecto apunta a simplificar la liquidación del Impuesto a las Ganancias para personas humanas y facilitar la incorporación al sistema formal de ahorros y patrimonio que actualmente se encuentran fuera de los circuitos registrados.

Durante el debate, José Ignacio Simonella, presidente de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, sostuvo que la iniciativa incorpora modificaciones destinadas a otorgar mayor certeza jurídica, establece un umbral para las discrepancias significativas y amplía el alcance de la liquidación simplificada.

También remarcó que el proyecto no constituye un blanqueo, sino una modificación del régimen tributario vigente.

Oscar Fernández, coordinador técnico de la Comisión de Asuntos Tributarios de la misma entidad, explicó que el régimen simplificado alcanza a personas humanas y, bajo determinadas condiciones, a sucesiones indivisas residentes en el país, pero no a sociedades.

Según señaló, la modalidad simplificada no modifica el impuesto determinado por la Ley de Ganancias, sino la forma de liquidarlo y las condiciones bajo las cuales se presume la exactitud de la declaración presentada.

Qué dijo la UIF sobre el proyecto

Durante el plenario también expuso Matías Álvarez, titular de la Unidad de Información Financiera (UIF), quien se refirió al impacto de la iniciativa sobre los mecanismos de prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

Álvarez sostuvo que el objetivo de la reforma es facilitar el ingreso al sistema formal de dinero que actualmente circula fuera de los canales registrados y señaló que la modificación no elimina las obligaciones de los sujetos alcanzados por la normativa de prevención.

De acuerdo con su exposición, quienes están obligados por la Ley 25.246 continuarán sujetos a las tareas de monitoreo, debida diligencia, análisis y reporte de operaciones sospechosas.

También indicó que la reforma busca responder a recomendaciones internacionales vinculadas con la formalización de actividades y fondos que permanecen fuera del sistema financiero.

El proyecto quedó habilitado para el recinto

Con las 44 firmas obtenidas en el plenario de las comisiones, el proyecto de Inocencia Fiscal II quedó en condiciones de ser debatido por la Cámara de Diputados.

La iniciativa deberá ser tratada en el recinto en la sesión prevista para el 26 de agosto. En caso de avanzar, continuará su trámite parlamentario en el Senado.

El dictamen incorpora como modificación central respecto del texto original la exclusión de los funcionarios públicos de los beneficios del régimen y amplía el universo de contribuyentes que pueden acceder a la modalidad simplificada, al eliminar los límites de ingresos y patrimonio. También establece nuevos mecanismos para rectificar declaraciones, mantener los beneficios ante determinados ajustes y reducir sanciones formales.