A LA ESPERA DE GANANCIAS

Carrera contrarreloj: Inocencia Fiscal busca convertirse en ley antes del 22 de septiembre cuando vence Ganancias

La Cámara de Diputados dio media sanción a la Ley de Inocencia Fiscal, y apuran la aprobación en el Senado antes del nuevo vencimiento de Ganancias
Por Dolores Olveira
IMPUESTOS - 27 de Agosto, 2026

Puntos importantes

El Gobierno aprobó en Diputados la Ley de Inocencia Fiscal II, que amplía el Régimen de Ganancias Simplificado.

La medida elimina límites de ingresos/patrimonio y ajusta controles de ARCA sobre discrepancias y carga de la prueba.

El Senado debe sancionar hasta el 22/9 la ley que facilita regularizar "dólares del colchón" y protege al contribuyente.

El Gobierno logró la aprobación en la Cámara de Diputados de los cambios de la Ley de Inocencia Fiscal que amplían el Régimen de Ganancias Simplificado para que los adherentes puedan regularizar los dólares del colchón. Con la presentación de Ganancias prorrogada, el Senado tiene hasta el martes 22 de septiembre para la sanción definitiva.

La Ley de Inocencia Fiscal II que se aprobó en Diputados, obtuvo 139 votos a favor, 110 en contra y 2 abstenciones, y será girada al Senado para continuar su trámite legislativo, que en menos de un mes deberá pasar por la aprobación en comisiones y el tratamiento en el recinto.

Votaron con el oficialismo, el PRO, la UCR, MID, los misioneros y catamarqueños de Argentina Federal, y otros bloques provinciales que responden a los gobernadores de San Juan, Tucumán y Catamarca, que son aliados del Gobierno.

Qué se modfica con la nueva Ley de Inocencia Fiscal II

El proyecto de modificación de la Ley de Inocencia Fiscal elimina los límites por ingresos para adherir a Ganancias Simplificado y prohible que los funcionarios tengan los beneficios que impedirían que ARCA los fiscalice en IVA y Ganancias.

Además, limita las posibilidades de inspección de ARCA ante discrepancias significativas, modifica la carga de la prueba para la presunción de exactitud y precisa las facultades de la UIF para investigar por lavado de dinero.

Ante el inminente vencimiento de la presentación de declaraciones juradas de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, se espera a la sanción legislativa de estos cambios.

Quiénes podrán ingresar a Ganancias Simplificado

Se eliminaron las barreras de ingreso que existían en la Ley de Inocencia Fiscal para el régimen simplificado de Ganancias. Ya no rigen los límites de ingresos menores a $1.000 millones ni de patrimonio menor a $10.000 millones.

Esto permite que contribuyentes con alto volumen de operaciones, como la compra y venta de acciones en el Merval, o con un alto patrimonio puedan ingresar al régimen.

Además, incluso los grandes contribuyentes pueden adherir ahora al Régimen Simplificado, pero con condiciones específicas:

  • Solo pueden utilizar el régimen para la mecánica de determinación de impuestos (evitando mostrar el patrimonio final o el consumido).
  • No gozan de los beneficios de prescripción limitada ni del bloqueo fiscal que otorga protección sobre el IVA y Ganancias de periodos anteriores.

Cómo queda la discrepancia significativa y la caída de beneficios

ARCA utiliza un límite de 15% para determinar cuándo se pierde la presunción de exactitud de una declaración jurada.

Antes de los cambios, la base de cálculo del 15% se medía sobre el "impuesto a pagar". Con la reforma, este porcentaje se calculará sobre el impuesto determinado.

Así, si un contribuyente determina $100 millones de impuestos, pero solo debe pagar $1 millón (debido a pagos a cuenta), antes bastaba una diferencia de $150.000 para caer en revisión. Ahora, la diferencia debe superar los $15 millones (el 15% de los $100 millones determinados).

Además, se fija un piso mínimo de discrepancia: la diferencia no debe ser inferior al 5% del monto mínimo de la Ley Penal Tributaria para evasión simple, que hoy es de $100 millones. Por lo tanto, la discrepancia debe ser de al menos $5 millones para que caiga la presunción de exactitud.

La utilización de facturas u otros documentos apócrifos configura discrepancia desde $1 y ahora se agrega: "ingresos directos computados improcedentemente" (retenciones, percepciones, pagos a cuenta y anticipos).

Esta modificación es crítica, ya que ahora el cómputo improcedente de pagos a cuenta —y no solo la falsedad documental— habilita al organismo a romper la presunción de exactitud.

Claves de la presunción de exactitud y la carga de la prueba

1. Se establece que no existirá discrepancia significativa si la diferencia determinada no supera un umbral mínimo del 5% del umbral del Régimen Penal Tributario para evasión simple (actualmente equivalente a $5 millones), incluso si se superase el 15% previsto.

2. Por otra parte, la carga de la prueba recae exclusivamente sobre ARCA. Para impugnar, el organismo solo podrá utilizar:

  • Información declarada por el contribuyente.
  • Información disponible en sus sistemas propios.
  • Información de terceros.

La ley votada en Diputados establece que "cualquier otra consideración no tendrá valor probatorio alguno", blindando al contribuyente contra indicios no sistematizados.

3. Resulta clave que el contribuyente cuenta con 15 días hábiles para rectificar desde la notificación de la liquidación administrativa o de la resolución de determinación de oficio, así como para cancelar saldos sin que se configure una discrepancia significativa y, por lo tanto, sin que caiga el escudo sobre los dólares del colchón.

4. Se prohíbe la aplicación de presunciones sobre incrementos patrimoniales no justificados.

Qué pasará con los juicios y multas con los cambios en Inocencia Fiscal

Se introduce un mecanismo de protección ante el error administrativo o judicial del fisco. Si la resolución que impugna la modalidad simplificada es anulada o revocada (administrativa o judicialmente), se restablece la presunción de exactitud, "retrotrayendo sus efectos a la situación previa".

Si el contribuyente pagó la pretensión fiscal durante el proceso, la Agencia deberá reintegrar el importe en un plazo de 45 días hábiles desde la notificación de la resolución firme o consentida. El reintegro devengará intereses según la tasa de repetición de tributos.

Por otra parte, la adhesión no detiene inspecciones u órdenes de intervención notificadas previamente. Pero se aplica una exención de multas a las sanciones no firmes al momento de la adhesión, siempre que se verifiquen concurrentemente:

  • Regularización del tributo e intereses resarcitorios antes de la adhesión.
  • Conformidad expresa con la pretensión fiscal.
  • Renuncia al derecho de repetición (devolución judicial) específicamente por los tributos e intereses relacionados con dichas multas.

Las obligaciones para la UIF en Inocencia Fiscal II

La media sanción supedita los beneficios a la transparencia financiera a las normas de lavado de dinero, pero incluye una instrucción perentoria a la Unidad de Información Financiera (UIF) para que emita reglamentaciones beneficiosas para el contribuyente, en el término de 15 días desde la vigencia de la norma.

Ese texto determina que las operaciones deben cursarse por medios autorizados por el BCRA o la CNV. La exigencia se cumple si el medio interviene en el origen o destino de los fondos.

En tanto, admite el efectivo en escrituras públicas de inmuebles, beneficio que tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2027.

La adhesión al régimen se considerará un "antecedente favorable" para el monitoreo de operaciones.

ARCA está obligada a implementar interfaces de programación de aplicaciones (API) para que los Sujetos Obligados validen en tiempo real el estado (adherido, excluido o baja) de sus clientes.

En el tratamiento en comisión, el presidente del Banco Central, Federico Bausili, informó que la UIF determinará controles de bajo, medio e intenso impacto, para que no se trabe el ingreso de los dólares a pequeños contribuyentes.

El Senado tendrá ahora hasta el 22 de septiembre, cuando vence la presentación de la declaración jurada de Impuesto a las Ganancias por el ejercicio 2025, para dar sanción defilnitiva al proyecto de Inocencia Fiscal II, que incluye estos beneficios para el Régimen Simplificado y la regularización de dólares del colchón,

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