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ALERTA

Ya ingresó al Senado el proyecto de ley para reducir las multas impositivas

Uno por uno, los detalles del proyecto de ley que busca aliviar las multas fiscales por falta de presentación y pago para MiPyMES
01/09/2026 - 07:35hs
Joven trabajando en una oficina de ARCA con una computadora gris y una remera azul

Puntos importantes

Checkbox Checked Consultora Mirian Roldán presentó proyecto de ley al Senado para reducir el impacto de las multas fiscales en MiPyMES.
Checkbox Checked La iniciativa busca aliviar sanciones de ARCA, que hoy llegan hasta $10M por falta de DDJJ informativas.
Checkbox Checked CAME también reclama suspensión de ejecuciones fiscales para proteger capital de trabajo pyme ante embargos.

La consultora tributaria Mirian Roldán, elaboró y presentó un proyecto de ley que apunta a reducir el impacto de las multas fiscales por falta de presentación y pago tanto determinativas como informativas para Pequeños Contribuyentes y MiPyMES.

El proyecto que ya ingresó al Senado de la Nación y tomó estado parlamentario incluye "la atenuación y en particular los parámetros establecidos en la instrucción de ARCA publicada recientemente". 

"Es un proyecto abierto para el análisis y mejora por el Congreso de la Nación", afirmó Roldán.

A continuación, el texto completo del proyecto de ley:

Cuál es la reducción de las multas que impulsa el flamante proyecto

"Si bien las multas se actualizaron si uno lo analiza en base al Índice de Precios al Consumidor; variación del dólar, del Mínimo No Imponible y del Salario Vital y Móvil los importes mantienen congruencia en muchos casos quedando por debajo del valor actualizado", agregó Roldán.

"Lo que es importante tener en cuenta es que cuando comenzaron a regir las multas existían dos figuras de contribuyentes, el Responsable Inscripto que presentaba 12 declaraciones juradas de IVA, 2 anuales y si era empleador 12 de cargas sociales (un total de 26 declaraciones juradas) cuya carga implicaba solo informar valores globales en el caso de IVA de debito y crédito mas saldo anterior, en el caso de cargas sociales, total de remuneraciones y porcentajes, tarea que hoy se multiplico no solo por el numero de declaraciones juradas que entre informativas y declarativas un Responsable Inscripto empleador pyme debe presentar 89, es decir ahora es mayor el riesgo y mas probable caer en un incumplimiento, considerando que una informativa para persona humana llega a los $5.000.000 y de una persona jurídica a $10.000.000 mientras que las declarativas están en $220.000 y $440.000 respectivamente por el artículo 38 las que pueden incrementarse incluso por las sanciones que pueden ser acumulativas resutantes del artículo 39 de la Ley 11.683", detalló.

Las multas exorbitantes que impone ARCA

La Ley de Inocencia Fiscal que se encuentra en plena vigencia implementó una actualización integral de las multas previstas en la ley de procedimiento fiscal, cuyos nuevos valores quedaron fijados en los siguientes rangos:

  • $220.000 como multa mínima por infracciones formales para personas humanas y sucesiones indivisas.
  • $440.000 como multa máxima por infracciones formales para personas jurídicas.
  • Entre $5.000.000 y $10.000.000 por falta de presentación de declaraciones juradas informativas.
  • Entre $1.500.000 y $10.000.000 para otras infracciones formales agravadas.
  • Entre $11.000.000 y $22.000.000 en supuestos intermedios de mayor gravedad.

En tanto, en materia de multas materiales y sanciones a agentes de retención y percepción, el nuevo esquema establece los siguientes importes:

  • $150.000 como multa mínima general.
  • $2.500.000 como multa máxima general.
  • $35.000.000 como tope agravado por gravedad o reincidencia.
  • Entre $500.000 y $35.000.000 para agentes de retención y percepción.
  • $10.000.000.000 como límite máximo absoluto de sanciones acumuladas.

En igual sentido, frente al incremento de las ejecuciones tributarias y las sanciones financieras aplicadas por ARCA, la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) también  presentó un reclamo formal ante el Congreso de la Nación. El objetivo principal es que el proyecto de modificación de la Ley de Inocencia Fiscal incorpore herramientas de alivio urgentes para proteger el capital de trabajo y asegurar la supervivencia del entramado pyme.

Desde el sector privado advierten que las actuales medidas cautelares, en especial los embargos bancarios y sobre bienes, asfixian la operatoria diaria de las pequeñas y medianas empresas. Al congelar fondos indispensables para el giro comercial, se dificulta de manera directa el cumplimiento de obligaciones corrientes básicas, tales como:

  • El pago de salarios a empleados.
  • La cancelación de facturas a proveedores estratégicos.
  • El pago de servicios públicos e insumos productivos.

Por este motivo, la CAME solicitó formalmente la suspensión transitoria de las ejecuciones fiscales y de las medidas cautelares mientras dure el proceso de adecuación de las empresas.

El planteo dirigido a la Cámara Alta propone un esquema de gradualidad y razonabilidad en el régimen infraccional. Los puntos centrales en materia de multas comprenden:

Exención de sanciones: evitar la aplicación de multas durante el denominado Período de Espera que establece el organismo recaudador.

Reducción del 50%: si el contribuyente regulariza su situación fiscal dentro de los 15 días posteriores al vencimiento de dicho plazo de espera, la multa se reduciría a la mitad.

Última instancia: que la sanción plena se aplique de forma exclusiva cuando el incumplimiento persista una vez agotadas todas las instancias de regularización disponibles.

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