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ARCA publicó la guía paso a paso para adherir y cumplir con el Fondo de Asistencia Laboral

El funcionamiento del FAL ya tiene un instructivo oficial de ARCA para adherir y cumplir con el aporte obligatoria desde el 1 de noviembre

07/10/2026
Actualizado 15:30hs

La Agencia de Recaudación y Control Aduanera (ARCA) publicó el instructivo paso a paso para adherir y cumplir con el Fondo de Asistencia Laboral (FAL) desde las declaraciones juradas de contribuciones y aportes F.931 presentadas el próximo 1 de noviembre de 2026.

La Resolución General ARCA 5907/2026 instrumenta el procedimiento operativo obligatorio para la determinación, validación e ingreso de las contribuciones destinadas al Fondo de Asistencia Laboral (FAL). Detalla el circuito que deben ejecutar los departamentos de liquidación de haberes en la web de ARCA, indica Daniel Pérez, del estudio Pérez, Fiocco & Asoc.

Para ingresar al portar web Simplificación Registral, Sistema Registral y Declaración en línea (Versión 48) desde el 1 de noviembre, las empresas necesitarán Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 3 o superior.

La información previa a las contribuciones requerida por ARCA es la clave de identificación (ID FAL) que asigna la administradora del Fondo, validada e informada previamente ante la Comisión Nacional de Valores (CNV).

Guía Paso a Paso en el Portal ARCA

Paso 1: Declaración de Encuadre de Sector (Público/Privado)

1. Ingrese con Clave Fiscal al servicio "Simplificación Registral".

2. Acceda a la sección "Datos del Empleador" - "Encuadre Normativo FAL".

3. Seleccione la opción "Sector Privado (Alcanzado Art. 58 Ley 27.802)" y confirme la declaración antes de la presentación del F. 931 de noviembre de 2026. Los empleadores del sector público excluidos quedan caracterizados automáticamente con el código 659.

Paso 2: Verificación de Caracterización de Alícuota (2,5% vs 1%)

1. Ingrese al servicio "Sistema Registral" - "Consulta / Datos registrales / Caracterizaciones".

2. Verifique la presencia de alguno de los siguientes códigos para la aplicación de la alícuota del 2,5% (MiPyMEs y Sin Fines de Lucro):

  • Código 272: micro Empresas.
  • Código 274: pequeña Empresas.
  • Código 351: mediana Empresa Tramo 1.
  • Código 352: mediana Empresa Tramo 2.
  • Códigos 647 a 650: entidades sin Fines de Lucro (Ley 27.802).

3. Si la empresa no registra caracterización mipyme, el sistema aplicará automáticamente la alícuota del 1% (grandes empresas).

4. Tramitación de discrepancias: si no figura la caracterización mipyme teniendo el certificado vigente, ingrese a "Presentaciones Digitales" y seleccione el trámite "FAL - Solicitud de revisión de caracterización" adjuntando el Certificado Mipyme o certificación contable.

Paso 3: Validación del ID FAL Registrado por la Entidad Habilitada

1. Ingrese a "Simplificación Registral" - "Fondo de Asistencia Laboral" - "Validación de ID FAL".

2. El sistema desplegará los registros transmitidos mensualmente por la Comisión Nacional de Valores (CNV) e informados por la Entidad Habilitada (EH) contratada.

3. Verifique los tres componentes del ID FAL:

  • CUIT del Empleador declarante.
  • Identificación de la Entidad Habilitada (EH) y del Vehículo de Inversión Colectiva (VIC).
  • Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta del fondo/fideicomiso.

4. Seleccione el registro correcto y presione el botón "Validar e Informar ID FAL".

5. Plazo crítico mensual: la Entidad Habilitada debe enviar las altas a la CNV a más tardar a las 17 horas del día 10 de cada mes para que ARCA pueda imputar las contribuciones en el mes inmediato siguiente.

Paso 4: Determinación y Liquidación en Formulario F. 931 (Versión 48)

1. Acceda al sistema "Declaración en Línea" (Versión 48 obligatoria).

2. Calcule la nómina salarial sobre las bases imponibles sujetas a aportes del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

3. El sistema determinará automáticamente la contribución al FAL (2,5% o 1%) y aplicará la detracción proporcional de las contribuciones patronales ordinarias a los subsistemas de SIPA, INSSJP/PAMI, Fondo Nacional de Empleo y Asignaciones Familiares.

4. Incompatibilidad RIFL: Para las relaciones laborales del Régimen de Formalización (Decreto 315/2026), NO se aplicará la detracción previsional, pero el aporte al FAL se liquidará de forma obligatoria.

5. Generar el Volante Electrónico de Pago (VEP) seleccionando el código oficial:

Código ICS VEP: 266 - 019 - 019 (Fondo de Asistencia Laboral)

Procedimiento ante Inconsistencias y Asignación de Oficio

Escenario Operativo: Acción Sistémica de ARCA y Procedimiento

Falta de ID FAL al presentar la DJ F. 931: el F. 931 retendrá el importe asignado al FAL. Los fondos permanecerán en una cuenta transitoria sin derivación ni imputación específica.

Transcurso de 1 mes sin informar ID FAL: ARCA notifica a la CNV para que ejecute la Asignación de Oficio de un vehículo PIC FAL elegible de aceptación obligatoria por la EH.

Asignación de Oficio completada: la EH informa el nuevo ID FAL a la CNV/ARCA en 5 días hábiles. ARCA notifica al Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) e imputa retroactivamente las sumas retenidas.

De esta manera, las empresas ya cuentan con el instructivo para adherir y cumplir con el Fondo de Asistencia Laboral para el pago de indemnizaciones por despido.