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iProfesional | Impuestos

ARCA permite pagar la diferencia de Ganancias Simplificado hasta el 30 de octubre

El pago en término para el tapón fiscal en Ganancias Simplificado estaba fijo en el 27 de julio, pero ahora ARCA lo extiende para diferencias

26/10/2026
Actualizado 10:57hs

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) tomó una decisión clave que estaban esperando todos los que presentaron el Impuesto a las Ganancias por superar los límites de Inocencia Fiscal I y pagaron menos, por lo que ahora no podían gozar del tapón fiscal: podrán acceder al beneficio quienes paguen la diferencia hasta el 30 de octubre.

En todas las resoluciones de prórroga de presentación de las declaraciones juradas de Ganancias Simplificado que llegan al próximo 30 de octubre, ARCA había mantenido en el 27 de julio pasado el "pago en término" para que rijan el efecto liberatorio de pago para el año base (2025) y presunción de exactitud de IVA y Ganancias para los años no prescriptos (2022, 2023 y 2024).

Ahora, sin embargo, ARCA flexibiliza ese plazo para quienes pagaron el 27 de julio sin presentar la declaración jurada en esa fecha, dado que el vencimiento se había prorrogado, pero según una estimación en base a papeles de trabajo: podrán pagar hasta el 30 de octubre la diferencia, si da en menos a favor de ARCA.

Quienes no pudieron presentar Ganancias por el régimen simplificado hasta ahora fueron quienes tenían más de $1.000 millones de ingresos anuales o más de $10.000 millones de patrimonio, límites que fueron derogados por la Ley 27.826 de Inocencia Fiscal II. 

Qué dice ARCA sobre el pago en término y el tapón fiscal

"La Resolución General 5916/2026 termina de bajar a la práctica los cambios de Inocencia Fiscal II para Ganancias 2025 y, más allá de lo que ya decía la ley, lo que más me llama la atención es la flexibilidad que ARCA dio para este primer ejercicio", indica el consultor tributario Gustavo Policella.

"Quien ya presentó Ganancias 2025 por el régimen general y pagó el saldo en término puede cambiar ahora al Régimen Simplificado y presentar una nueva declaración jurada bajo esa modalidad hasta el 30 de octubre", explica.

"Y hay algo todavía más interesante: si al confeccionar la declaración simplificada surge una diferencia a favor de ARCA, esa diferencia puede pagarse hasta el 30 de octubre con los intereses resarcitorios correspondientes y, aun así, a los efectos del régimen se considera cumplido el requisito de ‘pago en término’", resalta.

"Esto es importante porque permite conservar la posibilidad de acceder a los beneficios de Inocencia Fiscal II pese a que la nueva declaración arroje una diferencia", afirma Policella.

Qué reglamenta ARCA para nuevos adherentes

"ARCA elimina en la práctica los viejos límites de ingresos y patrimonio para acceder al Régimen Simplificado y, para 2025, flexibiliza además el requisito de residencia fiscal durante todo el período. Para ejercicios posteriores, la residencia vuelve a ser una condición central de acceso y permanencia", señala Policella.

"También permite que quienes ya habían adherido bajo el esquema anterior deban ahora convalidar esa adhesión a través de Sistema Registral hasta el vencimiento de Ganancias 2025", considera.

"Además, Grandes Contribuyentes Nacionales y determinados funcionarios públicos también pueden utilizar la modalidad simplificada para presentar y pagar Ganancias, pero ARCA los identifica con una caracterización específica: "Tratamiento sin beneficios". Es decir, pueden usar el procedimiento simplificado, pero no acceden a la presunción de exactitud, efecto liberatorio ni al denominado tapón fiscal", recuerda.

"Otro dato relevante es que ARCA instrumenta esto mediante caracterizaciones dentro del Sistema Registral: los contribuyentes con acceso pleno al régimen quedan identificados bajo una caracterización distinta de aquellos que sólo pueden utilizar la modalidad simplificada sin sus beneficios adicionales", precisa.

"En síntesis,la principal novedad de esta reglamentación de ARCA es que no sólo amplía el universo de contribuyentes, sino que abre una última ventana operativa para Ganancias 2025: incluso quienes ya presentaron por el régimen general o quienes tengan que ingresar una diferencia pueden todavía evaluar su incorporación al Régimen Simplificado antes del 30 de octubre", concluye Policella.