Un nuevo régimen amplía beneficios fiscales a proyectos de inversión desde u$s12 millones
Las medianas inversiones tenían hasta ahora un desincentivo en el país, a raíz de la falta de beneficios impositivos para iniciativas inferiores a u$s200 millones. Pero el Senado aprobó la semana pasada un proyecto del radical Eduardo Vischi, por un acuerdo aliado con el oficialismo, para promover proyectos desde u$s12 millones
El Régimen de Inventivo para Inversiones Relevantes (RIIR) está dirigido a proyectos medianos y tiene beneficios intermedios a los ya vigentes para grandes iniciativas (RIGI) y pymes (RIMI).
En tal sentido, solo permite la amortización acelerada de Ganancias, sin baja de la alícuota, y el adelantamiento de la devolución de créditos fiscales de IVA 3 meses, que son los beneficios del RIMI, pero agrega la estabilidad por 30 años del RIGI.
Cuál es la finalidad del RIIR
El RIIR viene a cubrir el vació que tenían las grandes empresas que no podían realizar inversiones de la magnitud que requería el RIGI, analiza el Grupo GNP.
"El definitiva, el RIIR ampliaría las alternativas disponibles para aquellas empresas que, por la magnitud de sus proyectos, no pueden acceder a los beneficios del RIGI, pero que tampoco encontraban incentivos suficientes para llevar adelante inversiones de escala intermedia", indica Guillermo Pérez, CEO de Grupo GNP.
"El nuevo régimen busca que todos los sujetos puedan acceder a beneficios fiscales según el monto de inversión productiva que puedan realizar", explica.
"Dado que se requiere cierto monto mínimo de inversión, la incorporación de un esquema de estabilidad fiscal por 30 años constituye un elemento relevante para favorecer la planificación de inversiones de largo plazo y mejorar las condiciones de competitividad de Argentina frente a otros destinos de inversión", señala Pérez.
Cuáles son las condiciones del RIIR
Para poder acceder al RIIR se deberán realizar, en un plazo de 2 años, inversiones en el país relacionadas con la adquisición, elaboración, fabricación y/o importación de bienes muebles nuevos, excepto automóviles, amortizables en el Impuesto a las Ganancias, así como a la realización de obras, en los siguientes sectores, según el Grupo GNP:
- Actividades industriales.
- Actividades productivas genuinamente nuevas en el país.
- Actividades productivas relacionadas con sistemas y/o equipos de riego, bienes de alta eficiencia energética, mallas antigranizo para el sector agropecuario, en bienes semovientes incluyendo a las terneras retenidas para reposición.
- Vinculadas con buques, embarcaciones pesqueras nuevas y/o en equipos nuevos destinados directamente a la captura, conservación, procesamiento y almacenamiento de productos pesqueros.
- En bienes, maquinarias y equipos nuevos destinados directamente a la transformación e industrialización de la madera y al aprovechamiento productivo de residuos y subproductos forestales.
Para las inversiones de las actividades industriales y productivas nuevas se requiere un monto mínimo de inversión de u$s12 millones.
Los beneficios impositivos del RIIR
Las inversiones que se incluyan en el régimen pueden obtener los siguientes beneficios fiscales: amortización acelerada en Ganancias, devolución anticipada del crédito fiscal de IVA y estabilidad fiscal por 30 años, manifiesta el Grupo GNP, y precisa:
La amortización acelerada establece que los bienes muebles podrán amortizarse en 2 cuotas, salvo para los bienes que no están sujetos al mínimo de inversión, los cuales podrán amortizar en una sola cuota.
Para las obras, el beneficio implica que se reduzca la vida útil al 60% de la estimada.
En cambio, para las inversiones en minas, canteras y bosques la cuota de amortización será la que surge de multiplicar por un coeficiente del 1,6 al valor unitario de agotamiento.
El proyecto con media sanción agrega que los sujetos adheridos al RIIR también tendrán los beneficios de la amortización acelerada para las actividades ligadas al agro, la pesca y la industria maderera.
Cuál es el beneficio en el IVA
Respecto de la devolución anticipada en el IVA, se menciona que el crédito fiscal originado en inversiones productivas que no fue absorbido por operaciones en el mercado interno podrá pedirse para su devolución luego de transcurridos 3 meses contados a partir de aquél en que haya resultado procedente su cómputo, en lugar de los 6 meses del régimen general.
"Desde una perspectiva económica, el RIIR -junto con el RIGI y RIMI- puede seguir contribuyendo a incrementar la capacidad productiva del país, impulsar la modernización tecnológica desarrollando y fortaleciendo la competitividad, promover el desarrollo de sectores estratégicos y generar nuevas oportunidades de empleo", considera Juan Gasco González, Director de Grupo GNP.
"Asimismo, al incentivar inversiones en actividades industriales, agropecuarias, energéticas, forestales y pesqueras, el régimen puede agregar valor a los recursos del país y fortalecer las cadenas de producción locales", agrega.
"En definitiva, la iniciativa apunta a generar un entorno más favorable para la inversión privada, con potencial impacto positivo sobre el crecimiento económico, la productividad, las exportaciones, aspectos fundamentales para impulsar el desarrollo sostenible de la economía argentina y garantizar la prosperidad del país", concluye Gasco González.