ARCA extiende y amplía el plan de pagos para MiPyMEs hasta junio de 2027
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), a través de la Resolución General 5924/2026 modificó el régimen especial de facilidades de pago destinado a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro.
La medida extiende la fecha de corte de las obligaciones que pueden incluirse en el plan, que pasa a contemplar las obligaciones vencidas y las multas aplicadas hasta el 31 de octubre de 2026, inclusive, Señala Errepar.
Asimismo, el organismo prorrogó el plazo para adherir al régimen hasta el 30 de junio de 2027, inclusive.
La modificación busca ampliar las posibilidades de acceso a las condiciones de regularización previstas en el régimen original, que permite cancelar obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social.
¿Qué obligaciones se pueden incluir?
Con la modificación, el régimen comprende las siguientes obligaciones:
- Obligaciones impositivas vencidas hasta el 31 de octubre de 2026.
- Obligaciones de los recursos de la seguridad social vencidas hasta esa misma fecha.
- Retenciones y percepciones impositivas.
- Obligaciones aduaneras por tributos a la importación o exportación.
- Multas aplicadas hasta el 31 de octubre de 2026, inclusive.
De esta manera, se reemplaza el límite anterior del 30 de junio de 2026 y se amplía el universo temporal de las deudas que pueden regularizarse mediante este mecanismo.
¿Desde cuándo se podrán incorporar las nuevas obligaciones?
La resolución general entra en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial. Sin embargo, la posibilidad de incorporar las obligaciones vencidas hasta el 31 de octubre de 2026 estará disponible en el sistema "Mis Facilidades" a partir del 16 de noviembre de 2026.
Para realizar el acogimiento, los contribuyentes deberán ingresar al servicio web de ARCA y seleccionar la opción:
- "Régimen Especial de Facilidades de Pago - Obligaciones vencidas al 31/10/2026".
¿Hasta cuándo se puede adherir al plan?
El plazo para formalizar la adhesión al régimen se extiende hasta el 30 de junio de 2027, inclusive.
La solicitud deberá realizarse a través del servicio "Mis Facilidades", conforme a las características, funciones y aspectos técnicos establecidos en el micrositio correspondiente.
¿Qué régimen se modifica?
La medida modifica la Resolución General 5875 y su modificatoria, que estableció un régimen especial de facilidades de pago para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro.
La normativa original contemplaba la regularización de obligaciones vencidas al 30 de junio de 2026. Posteriormente, la Resolución General 5920 había extendido el plazo de adhesión hasta el 30 de diciembre de 2026.
Ahora, la nueva modificación introduce dos cambios centrales: amplía hasta el 31 de octubre de 2026 la fecha de corte de las obligaciones regularizables y lleva el vencimiento para adherir al 30 de junio de 2027.