• 19/11/2025

Más obras sociales informarán controles sobre cargas patronales

Tras suspenderse la obligación de reportar resultados de fiscalizaciones y ejecuciones el fisco contará con datos sobre cumplimiento previsional
23/11/2007 - 07:59hs
Más obras sociales informarán controles sobre cargas patronales

La AFIP resolvió dejar sin efecto la suspensión dispuesta por la Resolución General 1744. Esta norma dejaba sin efecto temporariamente la obligación de  informar los actos de fiscalización y acciones judiciales para el cobro de los aportes y contribuciones que deben destinarse al Régimen Nacional de Obras Sociales.

No obstante, la suspensión recaí­a en ciertas obras sociales que presentaron oportunamente medidas cautelares respecto de esta exigencia.

En este sentido, las obras sociales cuentan con facultades para ejercer la fiscalización y ejecución judicial de los aportes y contribuciones sobre la nómina salarial con destino al Régimen Nacional de Obras Sociales -incluidos sus intereses y actualizaciones-.

Estas acciones son controladas por la AFIP. Es por ello que también se dispuso que las obras sociales brinden toda la información sobre este asunto.

Ahora, con la publicación en el boletí­n oficial de la Resolución General 2341 se suman al régimen de información ineludiblemente las siguientes obras sociales:

  • De Trabajadores de las Comunicaciones del Personal Rural y Estibadores de la República Argentina.
  • Del Personal de la Actividad Vitiviní­cola del Personal de la Industria Fidedera.
  • Del Personal de la Industria del Caucho de la Federación Argentina de Trabajadores de Luz y Fuerza.
  • De Choferes de Camiones del Personal de la Industria del Tabaco.
  • Del Personal de Estaciones de Servicio, Garages, Playas de Estacionamiento y del Personal de la Industria del Fósforo.
  • Lavaderos Automáticos.
  • Del Personal de Prensa de la República Argentina.
  • Del Personal de la Industria Maderera.

Efectos
Con esta norma, se reanuda la plena aplicación de la Resolución General 1648 que estableció un régimen de información y un procedimiento de para la cancelación de aportes y contribuciones destinados a las obras sociales riginados en deudas determinadas mediante:

  • Actos de verificación.
  • De fiscalización.
  • Otros.

Efectuados u ordenados por las propias obras sociales y que se encuentren intimadas y/o en etapa de reclamo administrativo o judicial.

Con respecto al régimen de información, la resolución aclara que involucra a las entidades comprendidas en el Régimen Nacional de Obras Sociales.

El motivo de la suspensión fue en respuesta a diversas medidas cautelares judiciales y su aplicación fue suspendida mediante la resolución general 1744 aunque sólo con relación a las obras sociales detalladas en su Anexo.