A fin de mes vence la devolución de IVA por tarjetas

Hasta fin de año rige la devolución del impuesto por operaciones canceladas con crédito o débito. Se espera decisión de Economí­a antes del 31 de diciembre
Por iProfesional
IMPUESTOS - 11 de Diciembre, 2007

Hasta fin de año, rige la devolución del Impuesto al Valor Agregado que se obtiene por la utilización de las tarjetas de crédito y de débito.

Para que el beneficio continúe en el año 2008 es necesario que el Ministerio de Economí­a dicte, antes del 31 de diciembre, las normas correspondientes de la prórroga.

Cómo es hoy el beneficioEn el momento de realizar una compra o el pago de un servicio con tarjeta de débito o de crédito, los consumidores obtienen el reintegro de un porcentaje del Impuesto al Valor Agregado incluido en el precio final abonado.

Están alcanzados por el beneficio de devolución, todos los pagos efectuados en el paí­s en la medida que sean por importes iguales o inferiores a $ 1.000.

Se encuentran exceptuados del régimen de retribución, las siguientes operaciones:

  • Pagos de servicios públicos (gas, electricidad, aguas y teléfono fijo o celular).
  • Pagos por servicios de enseñanza privados, de guarderí­as y jardines
  • Cuando el vendedor del bien o el prestador del servicio sea monotributista.
  • Realizadas con entidades financieras.
  • Servicios prestados por entidades exentas en el impuesto a las ganancias.
  • Compras de billetes de loterí­a y juegos de azar.
  • Compras de combustibles y gas natural.

Compras con tarjetas de débitoSi se utiliza tarjeta de débito, el descuento es del 5% del IVA de la operación. Por ejemplo, al adquirir un bien en $ 50 se paga de impuesto el 21%, o sea $ 10,5.

En este caso, el reintegro es de $ 2,5 (significando el 4,13% del pago total realizado de $ 60,50).

La devolución de los importes se efectuará en la cuenta bancaria vinculada a la tarjeta de débito utilizada por el consumidor y se acreditará dentro del 5 dí­as hábiles siguientes a la finalización del mes calendario en el que se realizaron los pagos.Operaciones con tarjetas de créditoA los consumidores que utilicen tarjetas de crédito, para adquirir bienes o al contratar servicios, se les reintegra el 3% del Impuesto al Valor Agregado incluido en la operación.

El porcentaje directo sobre el precio final pagado es del 2,48%. La retribución al usuario de la tarjeta de crédito será acreditada, en el resumen inmediatamente siguiente a aquél en el se impute la operación que da origen al reintegro.

Departamento Técnico Legalde Arizmendi

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