Rigen nuevos salarios mí­nimos para trabajadores agrarios

A partir de la liquidación de diciembre se actualizan los valores al igual que en agosto y octubre pasado. Conozca el esquema a aplicarse
Por iProfesional
IMPUESTOS - 18 de Diciembre, 2007

La resolución 54/ 2007 de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario dictada en octubre pasado, estableció nuevos salarios mí­nimos para las distintas categorí­as de trabajadores agrarios, a aplicarse a partir de los meses de agosto y octubre, que ya se vienen abonando, y también estableció una nueva tabla para ser aplicada de diciembre en adelante.

Los valores salariales, que la Comisión (CNT) fijó para diciembre, de acuerdo con las facultadas conferidas por la ley 22.248, son superiores al importe del salario mí­nimo vital que para el mes de diciembre fue fijado por el Consejo Nacional del Empleo la Productividad y el Salario Mí­nimo Vital, en la suma de $980 para los trabajadores mensualizados y $4,90 para los trabajadores remunerados por hora.Nueva esquemaEl incremento del salario mí­nimo vital incide obviamente e incrementa los valores iniciales y del resto de las categorí­as que existí­an en la anterior tabla salarial para los trabajadores del agro.La tabla, además de fijar los salarios mí­nimos, establece que en los casos de que el contrato de trabajo se efectúe con suministro de comida a cargo del empleador, el valor de la misma para la deducción respectiva, será de $187,92 por mes o $6,24, por dí­a .

En referencia al monto del tope indemnizatorio que rige desde el 1° de diciembre la norma establece una base promedio $1.095,36 que multiplicado por tres da un tope final de $3.286,08.Arizmendi Departamento Técnico Legal Laboral

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