La AFIP prepara una avanzada para controlar cargas sociales

A partir de marzo, con una mayor generalización de la liquidación online de las contribuciones patronales, el fisco avanza con el plan de acción 2008
Por iProfesional
IMPUESTOS - 04 de Marzo, 2008

La mayor generalización de la liquidación online de las contribuciones patronales constituye, desde marzo, un paso más que le permitirá a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) profundizar el plan de acción 2008 previsto para reducir la evasión en materia de cargas sociales y, complementariamente, aumentar el nivel de empleo en blanco.

Altas fuentes de la AFIP confirmaron a infobaeprofesional.com que en los próximos meses se prevé una fuerte avanzada a fin de controlar la liquidación e ingreso de las cargas sociales. En este contexto, el fisco no actuará solo. Contará con el apoyo del Ministerio de Trabajo de la Nación y la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), para poder trabajar en conjunto a fin de lograr el objetivo.Como complemento, la ya anunciada emisión online de las constancias laborales y la registración del libro de sueldos y jornales en la red permitirán profundizar aún más el nivel de formalidad y el cruce de datos que dispara alertas respecto a la omisión de pagos de las cargas sociales. A su vez, el acceso rápido a la información sobre las particularidades de la relación empleador-empleado, facilitará el control al punto que permitirá orientar las inspecciones. Tanto las empresas y los tributaristas, se muestran expectantes ante el inminente avance del fisco nacional.Nuevo pasoDesde el 1° de marzo pasado, los empleadores que registran hasta diez trabajadores, pueden utilizar la declaración jurada proforma de seguridad social.El objetivo final perseguido por la AFIP consiste en que la proforma online "se convierta en la única forma de presentación de estas declaraciones". En este sentido, se establecieron las siguientes etapas:

  • Los empleadores con un trabajador: a partir de las presentaciones que vencen en el mes de marzo.
  • Los empleadores que tienen entre dos y cinco trabajadores: a partir de las prestaciones que vencen en el mes de abril.
  • Los empleadores que registran entre seis y diez empleados: podrán optar entre utilizar este servicio o generar su declaración jurada mensual mediante la utilización del aplicativo SIJP.

El procedimiento que prevé esta modalidad es sencillo. El empleador ingresa a www.afip.gov.ar con clave fiscal al servicio "Su Declaración" y debe seguir estos pasos:

  • Acceder a la declaración jurada que confeccionó la AFIP en forma automática con la información registrada en la presentación del mes anterior más las novedades ingresadas en "Mi Simplificación". Si están todos los datos correctos, el empleador da su conformidad.
  • Luego la enví­a a través del sistema por transferencia electrónica de datos. Opcionalmente, el sistema lo conducirá al servicio "Presentación de DDJJ y Pagos", para generar el Volante Electrónico de Pago. De esta forma, prácticamente un click permitirá ahorrar costos administrativos, tiempo y permitirá así­ cumplir adecuadamente con el fisco.

El sistema también permite al empleador la modificación de datos como, por ejemplo, el importe de las remuneraciones, asignación de horas extras, entre otros.Este servicio evita errores ya que el sistema valida los datos en lí­nea, por ende, no requiere de la sistemática carga de información ya existente en las bases de datos de la AFIP, ni tampoco de programas o aplicativos. Reforzar el controlLos especialistas creen que un avance más profundo se dará cuando se implemente la emisión de constancias laborales online. Hasta ahora, las constancias de servicios y de remuneraciones se emití­an en forma manual, generando un importante volumen de tareas administrativas para las empresas.Los datos que contendrán estas constancias surgirán de la base de datos consolidada de los distintos organismos previsionales, que administra la AFIP y se conoce como "Registro de Altas y Bajas de la Seguridad Social" comúnmente denominado "Mi Simplificación".Así­, para generar la certificación de servicios y remuneraciones online se pedirá como condición previa y necesaria que:

  • La relación laboral se encuentre registrada en el mencionado registro.
  • La presentación de las declaraciones juradas determinativas y nominativas de los aportes y contribuciones, por los perí­odos no prescriptos -posteriores al mes de junio de 1994-, comprendidos en la certificación de servicios y remuneraciones a generar.
  • Rectificar las declaraciones juradas cuando los datos a certificar no guarden relación con los declarados.

Sueldos y jornales en la webComo último eslabón de la cadena, la AFIP prevé poner en marcha próximamente la registración online de sueldos.El libro ley de sueldos digital surgirá de las novedades laborales –principalmente altas y bajas- informadas a través del sistema "Mi simplificación", que complementan la información contenida en las declaraciones juradas de cargas sociales presentadas.En una primera etapa, al igual que la declaración jurada proforma online, abarcará a los empresas de hasta cinco empleados, que hoy representan nada menos que el 75% de los empleadores registrados ante la AFIP.Consultado al respecto por infobaeprofesional.com, German Hoevel, director de la firma Arizmendi, expresó que "la registración online de los sueldos obliga al empleador a no atrasarse con el libro ley".Asimismo, agregó, la AFIP podrá "profundizar los controles y llevarlos adelante de manera inmediata".Hoevel también manifestó que "hay que ser prudente, esperar que pase el tiempo de prueba y, ante la aplicación efectiva, ver los resultados"."El libro ley de sueldos y jornales es uno de los primeros registros, junto a las declaraciones juradas, que analiza la AFIP durante una inspección que recae sobre las cargas sociales", destacó Hoevel.Marcelo Costa, subdirector general de Fiscalización de la AFIP, precisó al respecto que "dentro de las misiones de la AFIP se ubica con vital importancia la fiscalización de los recursos de la seguridad social".El funcionario explicó que "las preguntas que realizan los inspectores se encuentran vinculadas a corroborar que lo autodeclarado por parte de los empleadores sea correcto", para lo cual los nuevos registros serán clave.SancionesComplementando el cuadro de control, desde marzo rigen nuevos lí­mites para las multas aplicables por incumplimientos fiscales ligados con los distintos regí­menes de la seguridad social. De esta manera, las empresas que no contesten un requerimiento emitido por el organismo de recaudación o no tramiten el alta temprana de los trabajadores dependientes, recibirán como máximo una sanción equivalente a 14.700 pesos.En tal sentido, al establecer un techo, se le brinda mayor razonabilidad al castigo impuesto frente a infracciones formales. Es decir, para aquellos casos en que no necesariamente se oculte una maniobra de evasión. El nuevo esquema también será aplicable a infracciones cometidas con anterioridad, en la medida que no se hayan aplicado sanciones o que las multas determinadas no se encuentren firmes.Hernán Gilardo©infobaeprofesional.com

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