El Gobierno oficializó la reglamentación del nuevo régimen de Monotributo
El Gobierno oficializó la reglamentación del nuevo régimen del Monotributo. Las renovadas pautas se dieron a conocer este martes a través del decreto 1/2010 publicado en el Boletín Oficial. Para acceder al texto completo de la norma haga clic aquí.
Aún resta que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) de a conocer la respectiva resolución general.
El nuevo esquema de tributación eleva el tope de facturación anual de $72.000 a $200.000 para profesionales y de $144.000 a $300.000 para el resto de las actividades. Como contrapartida, se establecen importantes subas en la cuota que mes a mes se deberá pagar. Respecto al aporte jubilatorio, se triplica el pago mensual, elevando el monto de $35 a $110, mientras que el aporte destinado al sistema de salud pasa de $46,75 a 70 pesos.Sumado el componente impositivo, la cuota más baja queda en $219 y la más alta alcanza los 2.880 pesos.
Por otra parte, el renovado esquemaestablece un control más estricto de gastos e ingresos.En lo referente a la facturación, los pequeños contribuyentes ubicados en las categorías más altas- deberán evaluar diariamente si no superan los nuevos límites de ingresos anuales.Por lo tanto, las empresas y particulares que se encuentren en el borde de las escalas del renovado esquema tendrán que estar atentos a que cada factura que emitan no los expulse del Monotributo. En otras palabras, el control se lleva al extremo ya que deberá realizarse cada vez que la compañía o el particular emitan un comprobante. (Lea más: El nuevo Monotributo impone a contribuyentes un control diario de facturación)En materia de gastos, el nuevo régimen simplificado dejará afuera a los profesionales que gasten más de $6.666 mensuales.Más precisamente, los prestadores de servicios que facturen entre $144.000 y $200.000 no podrán tener egresos anuales por más de $80.000. Este límite equivale al 40% de ingresos de la última categoría prevista en el nuevo esquema de tributación.La modificación también alcanza al caso de venta de bienes, en cuyo caso el tope en cuestión es del 80% de los ingresos brutos máximos. (Lea más: Monotributo: profesionales no podrán gastar más de $6.666 mensuales)Como contrapartida, el fisco nacional congeló por cinco meses más la puesta en marcha de las retenciones en el IVA y en Ganancias que alcanzará a los monotributistas. Por lo tanto, los pequeños contribuyentes comenzarán a soportar pagos a cuenta de hasta 35% recién a partir del 1º de mayo próximo.En particular, desde el quinto mes del año, el cuestionado mecanismo golpeará a los pequeños contribuyentes siempre que superen los renovados límites de facturación anuales permitidos respecto a las operaciones celebradas con un único cliente.Así, en relación a la magnitud del pago a cuenta, la AFIP estableció una alícuota del 35% en Ganancias y del 21% en IVA. (Lea más: Monotributo: prorrogan y refuerzan las retenciones en IVA y Ganancias)
Hernán Gilardo© iProfesional.com