El Gobierno oficializó la reglamentación del nuevo régimen de Monotributo

El renovado esquema eleva el tope de facturación anual de $72.000 a $200.000 para profesionales y de $144.000 a $300.000 para el resto de las actividades
Por iProfesional
IMPUESTOS - 05 de Enero, 2010

El Gobierno oficializó la reglamentación del nuevo régimen del Monotributo. Las renovadas pautas se dieron a conocer este martes a través del decreto 1/2010 publicado en el Boletí­n Oficial. Para acceder al texto completo de la norma haga clic aquí­.

Aún resta que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) de a conocer la respectiva resolución general.

Fuente: Boletí­n Oficial

El nuevo esquema de tributación eleva el tope de facturación anual de $72.000 a $200.000 para profesionales y de $144.000 a $300.000 para el resto de las actividades. Como contrapartida, se establecen importantes subas en la cuota que mes a mes se deberá pagar. Respecto al aporte jubilatorio, se triplica el pago mensual, elevando el monto de $35 a $110, mientras que el aporte destinado al sistema de salud pasa de $46,75 a 70 pesos.Sumado el componente impositivo, la cuota más baja queda en $219 y la más alta alcanza los 2.880 pesos.

Por otra parte, el renovado esquemaestablece un control más estricto de gastos e ingresos.En lo referente a la facturación, los pequeños contribuyentes ubicados en las categorí­as más altas- deberán evaluar diariamente si no superan los nuevos lí­mites de ingresos anuales.Por lo tanto, las empresas y particulares que se encuentren en el borde de las escalas del renovado esquema tendrán que estar atentos a que cada factura que emitan no los expulse del Monotributo. En otras palabras, el control se lleva al extremo ya que deberá realizarse cada vez que la compañí­a o el particular emitan un comprobante. (Lea más: El nuevo Monotributo impone a contribuyentes un control diario de facturación)En materia de gastos, el nuevo régimen simplificado dejará afuera a los profesionales que gasten más de $6.666 mensuales.Más precisamente, los prestadores de servicios que facturen entre $144.000 y $200.000 no podrán tener egresos anuales por más de $80.000. Este lí­mite equivale al 40% de ingresos de la última categorí­a prevista en el nuevo esquema de tributación.La modificación también alcanza al caso de venta de bienes, en cuyo caso el tope en cuestión es del 80% de los ingresos brutos máximos. (Lea más: Monotributo: profesionales no podrán gastar más de $6.666 mensuales)Como contrapartida, el fisco nacional congeló por cinco meses más la puesta en marcha de las retenciones en el IVA y en Ganancias que alcanzará a los monotributistas. Por lo tanto, los pequeños contribuyentes comenzarán a soportar pagos a cuenta de hasta 35% recién a partir del 1º de mayo próximo.En particular, desde el quinto mes del año, el cuestionado mecanismo golpeará a los pequeños contribuyentes siempre que superen los renovados lí­mites de facturación anuales permitidos respecto a las operaciones celebradas con un único cliente.Así­, en relación a la magnitud del pago a cuenta, la AFIP estableció una alí­cuota del 35% en Ganancias y del 21% en IVA. (Lea más: Monotributo: prorrogan y refuerzan las retenciones en IVA y Ganancias)

Hernán Gilardo© iProfesional.com

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