La AFIP lanzó un manual para cumplir con Ganancias y Bienes Personales
A casi un mes del inicio de los vencimientos de Ganancias y Bienes Personales, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ya puso a disposición de los contribuyentes la nueva herramienta web que reformula la tarea de confección y presentación de las presentaciones impositivas anuales.
El nuevo software denominado "Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales – versión 11.0" ya puede descargarse del sitio web del organismo que conduce Ricardo Echegaray. Para obtener el programa haga click aquí.
De manera complementaria, el fisco nacional también publicó un extenso manual que detalla los pasos que deberán seguir los responsables al momento de cumplir con la AFIP. Para acceder a la guía haga click aquí.
En efecto, a partir del 19 de marzo próximo las personas físicas deberán utilizar la versión 11.0 del programa aplicativo unificado a fin de determinar Ganancias y Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2009.
El software también será de uso obligatorio para las declaraciones juradas originarias o rectificativas de los períodos fiscales 2007 y 2008 que se confeccionen a partir del próximo viernes. (Lea más: La AFIP cambia las reglas para cumplir con Ganancias y con Bienes Personales)
Tal como anticipó iProfesional.com, los cambios que introduce el nuevo software son:
- Detallar los bienes que están alcanzados por convenios de doble imposición. También se obliga a consignar las operaciones realizadas que se encuentren amparadas bajo dichos convenios.
- Las personas físicas tendrán que precisar el monto de los impuestos análogos pagados en el exterior.
- En el caso de poseer participación societaria alguna, el particular se verá obligado a consignar el detalle de los bienes de uso para aprovechar el cómputo de la amortización acelerada en Ganancias.
- Las declaraciones se tendrán que presentar mediante transferencia electrónica de datos a través del sitio web de la AFIP o utilizando la página web del banco de confianza del contribuyente.

Fuente: AFIP
El cronograma de vencimientos a respetar por las personas físicas se divide en dos. Quienes no posean participaciones societarias en compañías tendrán que presentar y pagar Ganancias y Bienes Personales durante abril próximo:

Fuente: AFIP
En tanto, las personas físicas que sean titulares de participaciones societarias, deberán cumplir con las obligaciones fiscales anuales durante mayo próximo:

Fuente: AFIP
Desde la AFIP destacan que están obligados a presentar las declaraciones juradas, las personas físicas que se detallan a continuación:
- Ganancias:
- Quienes se encuentren inscriptos en el impuesto.
- Los contribuyentes autónomos que obtengan ingresos por cualquier actividad (excepto los monotributistas que perciban la totalidad de sus ingresos dentro del Régimen Simplificado).
- Los empleados que perciban ingresos brutos anuales iguales o superiores a 144.000 pesos.
- Quienes se encuentren inscriptos en el impuesto.
- Bienes Personales:
- Quienes se encuentren inscriptos en el impuesto.
- Quienes al 31 de diciembre de 2009 posean bienes que superen los 305.000 pesos.
- Los empleados cuyas remuneraciones percibidas en relación de dependencia resulten iguales o superiores a 96.000 pesos.
- Quienes se encuentren inscriptos en el impuesto.
Por otra parte, rige un régimen simplificado, exclusivamente aplicable en Ganancias, con límite en 144.000 pesos. Esta aplicación simplificada será utilizable exclusivamente cuando los contribuyentes sólo hayan obtenido rentas:
- Del desempeño de cargos públicos.
- Del trabajo personal ejecutado en relación de dependencia.
- De las jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto tengan su origen en el trabajo personal.
- O, en caso de obtener otras rentas gravadas, cuando se haya optado por todas ellas por el régimen del Monotributo.

Fuente: AFIP
El Impuesto a las Ganancias, respecto a personas físicas y sucesiones indivisas, alcanza los rendimientos generados a lo largo del año calendario. Al respecto, cabe señalar dos puntos importantes a la hora de determinar la carga fiscal de las personas físicas:
- Monto del consumo: se traduce en los gastos que el contribuyente realiza para mantener su nivel de vida. Si el valor informado es más bajo que el nivel de vida real, la AFIP puede presumir ingresos no declarados.
- Gastos deducibles: son aquellas erogaciones necesarias que se efectúan para obtener, mantener y conservar la renta gravada. Los mismos deben estar perfectamente documentados y relacionados con la generación de las ganancias.
En tanto, Bienes Personales grava el conjunto de bienes que posee una persona al 31 de diciembre de cada año. El régimen vigente establece la aplicación de una alícuota de 0% cuando el total de bienes no supere los 305.000 pesos.
El esquema progresivo de tasas del tributo se completa de la siguiente manera:
- Se aplica el 0,5% para personas con patrimonios mayores a $305.000 y menores a 750.000 pesos.
- A partir de ese monto se implementa el 0,75% hasta llegar a un patrimonio de $2 millones.
- A su vez rige una tasa del 1% para los patrimonios que se ubiquen entre los 2 y 5 millones de pesos.
- Quienes excedan los $5 millones tributan el 1,25 por ciento.
Por otra parte, la AFIP ya publicó los valores que deberán ser tomados para la valuación de automóviles, moneda extranjera y otros bienes al 31 de diciembre de 2009. (Lea más: Bienes Personales: la AFIP define los valores para la declaración anual).
Claves del nuevo manual
Desde la AFIP explicaron a este medio que la guía de ayuda tiene por objeto "brindar al contribuyente o responsable lineamientos generales y especificaciones técnicas, acerca de la utilización del Aplicativo Ganancias Personas Físicas – Bienes Personales.
Puntualmente, el documento .pdf comprende una detallada descripción de:
- Operaciones técnicas y funcionales propias del aplicativo.
- Pautas generales para la correcta liquidación unificada de los impuestos.
- Procesos operativos necesarios para la confección de la declaración jurada anual.
De esta manera, la AFIP ya puso a disposición de los contribuyentes todas las herramientas para cumplir con las presentaciones anuales 2009 de Ganancias y Bienes Personales.
Hernán Gilardo
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