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Claves para acceder a la jubilación anticipada

Desde el 1° de febrero está vigente la ley que permite obtener beneficios previsionales a quienes no reúnen las condiciones de la ley 24.241. La ANSES recibió 30.000 consultas
04/02/2005 - 03:00hs

Desde el 1° de febrero está en vigencia la ley que fijó la jubilación anticipada, un beneficio al que pueden acceder los hombres de 60 años y las mujeres de 55 que estén desocupados y hayan cumplido con los 30 años de aportes.

Además, existe otro sistema por el cual quienes no reúnan los 30 años de aportes, pero tienen 65 años de edad (para los hombres) y 60 (mujeres), según la ley 24.241, pueden acogerse a una moratoria para cumplir con los aportes (entrará en vigencia el próximo lunes).

Según se informó desde la ANSES, se recibieron más de 30.000 consultas personales o por Internet sobre las condiciones previstas en la ley 25.994 y sus complementarias.

La Prestación Anticipada por Desempleo (PAD) beneficiarí­a a 103.590 personas -18.510 mujeres entre 55 y 59 años, y 85.080 hombres entre 60 y 64 años- y genera un impacto económico de 490,5 millones de pesos anuales.Los dos beneficiosLa jubilación anticipada prevé dos situaciones:

  • Prestación Anticipada por Desempleo (PAD): para los desocupados que no llegan a la edad mí­nima jubilatoria (60 años, los hombres, y 55, las mujeres) y realizaron aportes por 30 años.
  • Falta de Aportes: para quienes tienen la edad prevista en la ley 24.241 (65 los hombres y 60 las mujeres) pero no reúnen los 30 años de aportes.

Ambos son incompatibles con la percepción de cualquier tipo de plan social, retiro militar, pensión graciable, sea contributiva o no, o retiro militar.Prestación Anticipada por Desempleo

  • Pueden pedirla los hombres de 60 años y mujeres de 55, como mí­nimo.
  • Deben acreditar estar desocupados al 30 de noviembre de 2004.
  • Deben acreditar 30 años de aportes.
  • Se tiene que solicitar en la ANSES, hasta el 15 de enero de 2007.
  • Se cobra la mitad de lo que les corresponderí­a por jubilación ordinaria.
  • El importe nunca podrá ser inferior al haber mí­nimo ($308).
  • Cuando lleguen a la edad mí­nima jubilatoria (60 años las mujeres y 65 los hombres) cobrarán la jubilación completa.

Edad mí­nima sin los años de aportes

  • Pueden pedirla los hombres de 65 años y mujeres de 60, como mí­nimo.
  • No tengan los 30 años de aportes.
  • Deberán acogerse a la moratoria de autónomos y monotributistas, declarando los años de aportes que faltan.
  • La moratoria se reabrirá el próximo lunes 7 y hasta el 15 de enero de 2007.
  • Los que ya se inscribieron en la moratoria podrán solicitar el beneficio, aunque aún deban cuotas del plan de facilidades de pago.
  • Se tiene que solicitar en la ANSES o la AFJP