Lo echaron por ver sitios porno y ahora lo deberán indemnizar con $143.000

Se tuvo en cuenta que cualquier persona con conocimientos básicos de seguridad informática podía vulnerar la seguridad y acceder a la PC del despedido
Por iProfesional
LEGALES - 30 de Noviembre, 2011

La Justicia laboral ordenó indemnizar a un ex empleado de la embajada de Estado Unidos en Buenos Aires acusado de haber accedido desde una computadora laboral a material pornográfico que involucraba a menores de edad y además, deberán resarcirlo por daño moral.

Luego de ser desvinculado, el despedido inició una demanda argumentando que él no era la única persona con acceso a la PC en cuestión. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo le dio la razón, consideró injustificado el despido y determinó que el trabajador deberá ser indemnizado.El fallo, difundido por elDial.com, señala que las pruebas presentadas por la embajada no resultan suficientes por lo que deberá pagarle al empleado la suma de $143.767,51, incluyendo $25.000 en concepto de daño moral que implicó el despido y que comunicaran los motivos de este a sus pares y compañeros.Además, tuvieron en cuenta que el hecho de que el ilícito de que se lo acusaba -ver pornografía que involucraba a menores de edad- le generaba una afectación mayor a la que establece la reparación prevista en la Ley de Contrato de Trabajo.El fallo sostiene que la postura de la embajada aparece debilitada ante lo manifestado por la perito en sistemas, que no pudo determinar si alguna persona ingresó a sitios pornográficos desde la red de la embajada, puesto que no le fueron suministrados los elementos informáticos necesarios para establecerlo.Luego los jueces agregaron que "de todos modos cualquier individuo pudo haber sorteado la tecnología que impide acceder a ese tipo de páginas sin necesidad de identificarse". Para ver el fallo completo, provisto por elDial.com, haga clic aquí

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