Los hijos de matrimonio igualitario podrán tener el apellido de ambos cónyuges en Capital

Así lo determinó la Subsecretaría de Justicia porteña, que destaca que la medida administrativa es un avance más a favor en contra de la discriminación
LEGALES - 26 de Marzo, 2012

Los hijos de matrimonio igualitarios podrán, a partir de ahora, ser inscriptos con el apellido de ambos cónyuges, sin discriminar la distinción entre padre y madre en la anotación, de acuerdo con una resolución de la subsecretaría de Justicia porteña.

"En el acta de nacimiento deberá consignarse el nombre del niño, la niña y su apellido de conformidad con lo que soliciten la madre y su cónyuge, el de cualquiera de ellas o ambos en el orden que solicitaran", sostiene una resolución firmada por el director del Registro Civil porteño, Alejandro Lanús.

De esta manera, la iniciativa busca proteger los derechos de los hijos de los matrimonios igualitarios, informó NA.

Desde la Subsecretaría de Justicia porteña, a cargo de Javier Buján, destacaron que "la medida administrativa es un avance más a favor de la igualdad y contra la discriminación, y está acorde con la Convención de los Derechos del Niño".

"Asimismo da precisión a algo no especificado en la nueva ley de matrimonio igualitario", indicaron desde el organismo porteño.

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