"Las empresas tienen miedo de contratar nuevos empleados"

Para el abogado de empresas, experto en polí­tica social de la UIA, las Pyme son las más perjudicadas por los fallos de la Corte
Por iProfesional
LEGALES - 29 de Abril, 2005

Daniel Funes de Rioja, abogado de empresas, asesor legal de la UIA y vicepresidente ejecutivo de la Organización Internacional de Empleadores y de la Organización Internacional del Trabajo, en diálogo exclusivo con INFOBAEprofesional aseguró que el proyecto oficial de reforma a la Ley sobre Riesgos del Trabajo tendrá un "serio impacto sobre los costos".

También sostuvo que "es muy difí­cil dar un consejo legal después de los fallos de la Corte" y que el tema del año en materia laboral será la reforma a la Ley de Riesgos del Trabajo.

-¿Por dónde pasa en este momento la preocupación de las empresas en materia laboral?—Hay varios temas, la reforma de la Ley sobre Riesgos del Trabajo y la evolución de la jurisprudencia de la Corte Suprema. Sobre este tema y el de la indemnización por despido, además del aumento de la conflictividad laboral y el problema salarial.Pero el tema central es  –sin lugar a dudas–  la reforma a la Ley sobre Riesgos del Trabajo, porque está en juego la certidumbre jurí­dica a partir del giro copernicano de la jurisprudencia de la Corte en el caso "Aquino", donde declaró la inconstitucionalidad del artí­culo 39 de la ley, habilitó la acción civil y la sustituyó por un régimen de responsabilidad tarifada por una presunta "reparación integral subjetiva". í‰sta es la cuestión de fondo, sobre todo a nivel de la pequeña y mediana empresa, que implica hasta dónde responde, por quién responde, por cuánto responde y con quién responde el empresario. No cabe duda de que se encuentra comprometida no sólo la seguridad jurí­dica sino también la previsibilidad y asegurabilidad, generando el proyecto oficial, hoy existente, un serio impacto en los costos además de injerencia sindical en la organización de la empresa a través de mecanismos cogestionarios incluidos en el anteproyecto de la norma.-¿En qué se deberí­a concentrar la reforma a la Ley sobre Riesgos del Trabajo?—En primer lugar, una clara adhesión a que éste es un instituto de la seguridad social y no un simple mecanismo de reparación, porque si no hay conciencia de la prevención y de la rehabilitación del trabajador para reinsertarlo en la sociedad, el problema va a seguir siempre.

La Argentina tiene dos problemas: la falta de prevención del riesgo laboral y los de reinserción del empleado al circuito laboral después de un accidente de trabajo. No tenemos conciencia de que al accidente de trabajo hay que evitarlo y cuando se produce hay que atenderlo, disminuir sus consecuencias. Una buena atención médica a tiempo reduce las secuelas; luego, repararlo económicamente con un criterio de justicia solidaria, porque por un accidente se le quita todos los bienes al empleador, entonces uno cobra y el resto no y, además, se deja de ser empresario, con lo cual afecta a la sociedad en su conjunto.Por último, reinsertarlo individual y socialmente para que pueda ser útil nuevamente para la sociedad.  De cualquier modo, un régimen de esta naturaleza debe ser asegurable, es decir que pueda medirse para el cálculo de la prima o alí­cuota y que la alí­cuota pueda ser afrontada especialmente por las pequeñas empresas, que son las mayores generadoras de empleo, y que en muchas de las actividades mano de obra intensivas son las expuestas a riesgos más concretos.-¿La incertidumbre jurí­dica seguirá siendo el escenario del año en materia laboral?—Sí­, y este escenario hay que tratar de despejarlo para que haya más empresas y más empleo. La expectativa creada por la vigencia de la doble indemnización; la decisión de la Corte que, luego de décadas de reconocer la legalidad del tope indemnizatorio por despido, decretó en el caso "Vizzoti" su improcedencia; lo que puede resultar por la nueva Ley sobre Riesgos del Trabajo las cuestiones relativas a la solidaridad de la empresa principal con los contratistas, son algunas de las incertidumbres que comprometen la seguridad jurí­dica, y con ello la creación de empresas. También el tema de la conflictividad salarial y su manejo. Por ejemplo, ahora tomó gran trascendencia el conflicto del hospital Garrahan, pero es nada más que el corolario de una serie de conflictos en el sector privado y de algunos en el sector público, que están evidenciando también incertidumbre sobre cómo se encausará la conflictividad laboral, en qué medida se respetarán o no los procedimientos legales de conciliación obligatoria y el cumplimiento de guardias mí­nimas en los llamados servicios esenciales. Es evidente que si hay incumplimiento manifiesto de la ley y una metodologí­a basada en la virulencia y la agresividad a la hora del conflicto, se teme por el llamado "efecto contagio" o por la expansión de la utilización de medios que no constituyen el ejercicio constitucional del derecho de huelga. Estos métodos tampoco tienen contención o encausamiento legal cuando se exteriorizan a través de piquetes que bloquean fábricas, tomas de rutas o boleterí­as de transportes públicos, etc., y constituyen una seria afrenta al derecho de propiedad y a la libertad para transitar.

-¿Qué consejo legal le da a un empresario que está por abrir una empresa y le preocupa el tema laboral?—Es difí­cil después de la experiencia de la duplicación indemnizatoria que ha venido a alterar –y ya no tan temporariamente– las reglas referidas a la desvinculación de un trabajador por la Ley de Contrato de Trabajo y –además– el ya mencionado caso "Vizzoti", que declara la inconstitucionalidad del tope indemnizatorio por despido.Al empresario le decimos que no se sabe cómo va a evolucionar la jurisprudencia de la Corte en materia laboral. Por ejemplo, si quiere poner una fábrica y quiere contratar gente pero le va mal, ¿cómo despide? Hay que decirle que tiene que prever una indemnización, que es la del artí­culo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo, pero en realidad no es la del 245, porque por un lado está la duplicación, que hoy es el 1,8% por normas de emergencia y, por otro lado, está el fallo "Vizzoti".

O sea que no se le puede decir nada preciso y definitivo en algo que deberí­a ser tan claro y transparente como es la terminación de la relación de trabajo. -Esta situación afecta particularmente a las Pyme. ¿Por qué?—En el mundo, el 60% del empleo lo crea la Pyme. En la Argentina, en la práctica, si se suma el empleo micro y pequeño, la empresa informal, estamos en más del 90 por ciento. ¿Cómo se le va a pedir a una pequeña empresa que tome semejante riesgo? No sabe cuánto le va a costar un accidente de trabajo, porque tiene un seguro caro pero incompleto, pues no cubre la responsabilidad civil que el juez va a fijar en cada caso. El pequeño empresario que, incluso, hipotecó la casa para ponerla en garantí­a de su negocio, puede quedar sin ella por un juicio laboral y de esto hemos visto mucho en el pasado.Si usted va –por ejemplo–  por cualquier barrio, puede preguntarle al almacenero, al quiosquero, por qué no toma a una persona, le contesta que no lo hace porque empieza a trabajar y luego falta, se hace nombrar delegado, se coloca en situación de despido para cobrar la indemnización duplicada y, obviamente, todas estas cosas cuando se trata de una micro o pequeña empresa son muy graves y por ello va a preferir vender poco a tomar empleados.-La contracara inevitable es la aparición del trabajo en negro...—La economí­a informal es la contracara del exceso de regulaciones y trabas a la creación de empleo legí­timo. Lo dijimos en la Conferencia Industrial Argentina, y el Banco Mundial presentó hace poco un informe que dice que cuando más desarrollado el paí­s, menos complejo resulta constituir una empresa, hacerla funcionar, contratar laboralmente, pagar impuestos, ejecutar contratos, incluso el proceso de bancarrota. En cambio, los paí­ses subdesarrollados ponemos regulaciones incumplibles, que generan una brecha de informalidad y de corrupción enorme.

¿A partir de "Vizzoti" y "Aquino" aumentaron los costos laborales para las empresas? —Sí­, porque hoy el empresario asume un riesgo económico enorme al contratar un empleado. Por ejemplo, en "Aquino", la Corte dice que el empleador responde no sólo por lo que establece la ley de riegos sino que puede ser demandado civilmente para la reparación integral, valor que será fijado en cada caso por lo que vale el trabajador. Pero además le dice que responde por el accidente in ití­nere, por el colectivo que le fallaron los frenos o porque violó un semáforo yendo al trabajo.

Hace poco estuve en Rafaela, donde hay fábricas de punta con sofisticada tecnologí­a y gente capacitada.

Sin embargo, los accidentes de trabajo más graves son en bicicleta, yendo o viniendo de sus casas, porque no hay autopistas. En conclusión, el empresario tiene que pagar por cada uno de esos accidentes. Se dice que la solución es que la empresa ponga colectivos, pero ésa no es una obligación de la empresa sino del Estado.

Cómo va a hacer una Pyme para evitar un accidente in ití­nere; tendrá que cuidar hasta que no le falle el disyuntor en la casa del empleado. No hay razonabilidad. El sistema laboral, legal y jurisprudencial, persigue al empleador y esto daña mucho más al sector de la pequeña y mediana empresa. -¿El sistema laboral argentino es un freno para el inversor extranjero?Decididamente; el sistema laboral argentino no favorece la creación de empresas.

Sin embargo, a partir de la devaluación, la Argentina tiene una ventaja competitiva respecto de otros paí­ses, la puede preservar o no, con salarios y condiciones adecuadas o con un incremento de productividad, que compense una mejor calidad de empleo y poder adquisitivo de los trabajadores. Tenemos que darnos cuenta de que quien crea empleo es el sector privado, no el Estado.

Marí­a Bourdin

mbourdin@infobae.com

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