La Corte habilitó el fuero federal para reclamos por tasas municipales
La Corte Suprema de Justicia dispuso que el fuero federal es competente para entender en acciones declarativas por las que se pretende impugnar la obligación de cumplir con tasas municipales. De esa manera, habilitó la justicia federal para los reclamos por tributos fijados por las comunas, dentro de los cuales podrían considerarse a las llamadas "tasas de abasto" o de "publicidad", cargos controvertidos que aplican algunos municipios de la provincia de Buenos Aires.La medida fue dispuesta por el máximo tribunal en el caso "Unilever de Argentina SA c/ Municipalidad de Río Cuarto", donde revocó la decisión de la Justicia cordobesa que consideró que compete a los jueces locales expedirse cuando se cuestiona la interpretación y la aplicación de leyes provinciales o municipales.Si bien el fallo de la Corte no se refiere a la cuestión de fondo, la importancia del pronunciamiento radica en la habilitación del fuero federal para resolver contiendas sobre tributos municiapales.Para el alto tribunal, que hizo suyos los dichos del procurador General de la Nación, el nuevo rango asignado a la coparticipación federal de impuestos con la reforma a la Constitución en 1994, lleva a concluir que la afectación del sistema "involucra, en principio, una cuestión constitucional".Agregó que la Carta Magna establece "la imperativa vigencia del esquema de distribución de impuestos previsto en la ley-convenio, sancionada por el Estado Nacional y aprobada por las provincias, la que ‘no podrá ser modificada unilateralmente ni reglamentada’, de modo que una hipotética violación a la ley local de adhesión y, por ende, a dicha norma federal, se proyecta sobre las nuevas cláusulas constitucionales, sin que ello incida el carácter local de la norma mediante la cual pudiera efectivizarse la alteración del sistema vigente en el orden nacional".