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Hay siete acciones colectivas para volver a la legislación anterior. Con la sanción de esta norma, el Gobierno espera bajar la cantidad de juicio laborales
16/06/2017 - 12:49hs

Los juicios laborales tuvieron un crecimiento sostenido en los últimos años. El 70% de ellos se dio por accidentes de trabajo, una cifra que el Gobierno espera bajar a partir de la sanción de la nueva ley de ART, en marzo.

Sin embargo, hay una luz de alerta. Fuentes oficiales admiten que en mayo ingresaron más demandas a los tribunales laborales. De hecho, hay 7 acciones colectivas para que esta ley sea declarada inconstitucional, además de algunas acciones individuales con el mismo objetivo.

Por otro lado, el restante 30% de juicios laborales se dan por otras situaciones, como el empleo indebidamente o no registrado. Uno de cada tres trabajadores en la Argentina está "en negro".

En marzo se sancionó la nueva ley de ART, que estipula, entre otros cambios, la obligatoriedad de pasar por comisiones médicas antes de iniciar un reclamo judicial en caso de accidente de trabajo.

Hasta ahora, el sistema parece funcionar y, según la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, las acciones colectivas e individuales no lograron una medida cautelar "ni tampoco ningún decreto de inconstitucionalidad dictado por los jueces en primera instancia",

Fuentes del sector de las ART confirman que notan una baja en las notificaciones a partir de la sanción de la nueva ley: fueron 6800 en febrero, 7300 en marzo (hubo un apuro para ingresar expedientes anteriores a la sanción de la ley), 6600 en abril y en mayo bajaron a 5500.

Pero según Omar Yasin, director general de Relaciones Individuales del Ministerio de Trabajo, a cargo del Servicio de Conciliación Laboral (Seclo), hay un aumento de las demandas ante los tribunales laborales. "Ahora están entrando 120 demandas por juzgado por mes", dijo el funcionario.

En la Capital Federal hay 80 tribunales laborales. Estas demandas habían bajado a 100 después de la sanción de la ley, pero a partir de mayo "se están recibiendo acciones de riesgos sin pasar por el Seclo (que ya no tiene competencia en acciones contra las ART) ni por comisión médica", dice Yasin.

Esta acción va directamente en contra de los establecido en la nueva ley, que prohíbe iniciar juicio sin pasar por las comisiones médicas. "Pero los abogados hacen planteos a la Justicia directamente con el fin de que se reciban los expedientes sin pasar por las comisiones médicas. En principio, los planteos de fondo no fueron resueltos, pero hay algunos jueces que admiten estas demandas", continúa Yasin.

"Esto hizo que después del parate que hubo de entrada de expedientes en abril, en mayo empezaran a moverse de vuelta. Si los jueces llegan a admitir este reclamo, volvemos a los índices de antes, del año pasado, que fueron altísimos", agrega el funcionario.

Los números que maneja la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART) muestran cuál fue el aumento de la litigiosidad durante estos años: en 2007 había 24 demandas por cada 10.000 trabajadores asegurados, mientras que en 2016 esa cifra subió a 139 demandas. En 2015 se iniciaron 106.000 demandas, mientras que en 2016 fueron 127.000, a pesar de que se bajaron los accidentes a través de la prevención. La UART, todavía no tiene datos de aumento de notificaciones y se muestra cautelosa.

"Nosotros consideramos que la nueva ley de ART es inconstitucional", dice, directamente, Jorge Rizzo, presidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal.

"Por eso iniciamos amparos pidiendo esa declaración. Hay una serie de juicios que se iniciaron. En este momento se rechazó la cautelar por un tecnicismo, pero no el juicio, que se sigue tramitando. Nosotros confiamos en que la Justicia va a decretar la inconstitucionalidad porque la ley nueva de riesgos del trabajo viola el libre acceso a la Justicia, garantizado por el pacto de San José de Costa Rica, que forma parte de la Constitución en el artículo 75°, inciso 22".

Y agrega: "A su vez hay dos fallos de 2006-2007 de la Corte, que determinaron que en materia de accidentes de trabajo no se puede imponer una instancia administrativa previa al reclamo por accidente de trabajo del trabajador. Siguiendo esta doctrina, la Corte debiera fallar lo mismo", asegura a La Nación. "Además, hay un diferenciación muy grande entre el trabajo en negro, que no tiene que hacer todo esto, y el trabajador en blanco, que sí lo tiene que hacer. Entonces, la inconstitucionalidad está a toda luz".

En la otra entidad que representa a los abogados porteños, el Colegio Público de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, no están de acuerdo: "Nuestra posición oficial es que la nueva ley es constitucional". Y la Superintendencia se refiere estas acciones como "forum shopping", es decir, salir a los juzgados como si se fuera de compras. No está todo dicho. En la entidad confían en que la ley siga vigente. Mientras, la seguridad jurídica, una de las condiciones para atraer la inversión, tiene aún un camino por andar.