El gobierno nacional promulgó la ley que restablece los feriados puente y fija los días festivos del año próximo, sancionada a fines de septiembre por el Congreso.
La norma promulgada fija como feriados inamovibles de 2018:
- 1° de enero (Año Nuevo);
- lunes y martes de Carnaval;
- 24 de marzo (Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia);
- Viernes Santo;
- 2 de abril (Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas);
- 1° de mayo (Día del Trabajo);
- 25 de mayo (Día de la Revolución de Mayo);
- 20 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano);
- 9 de julio (Día de la Independencia);
- 8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción de María)
- 25 de diciembre (Navidad).
La medida, que repone la herramienta que había sido eliminada mediante un decreto de necesidad y urgencia (DNU) a comienzos de este año y faculta al Poder Ejecutivo Nacional (PEN) a proponer hasta tres feriados puente anuales, fue dispuesta a través del decreto 831/2017, publicado este martes en el Boletín Oficial junto al texto de la ley 27.399.