ESTÁN EN EL CONGRESO

Con la cadena de pago en crisis, relanzan proyectos de ley para proteger a "sobreendeudados"

El oficialismo y la oposición presentaron iniciativas en las que pretenden regular la situación de las personas cuyos gastos superan a sus ingresos
LEGALES - 04 de Julio, 2019

Las familias argentinas deben cada vez más dinero. En muchos casos, el nivel de endeudamiento llega a superar en varias veces el monto de su salario, lo que torna esa obligación en una de cumplimiento casi imposible.

En este contexto, vuelven a tomar fuerza en el Congreso los proyectos que tratan de ponerle un límite a las deudas de las personas físicas.

Al mismo tiempo, según explica Nora D’Alessio, vicepresidenta de la consultora IROL en diálogo con iProfesional, hay una fuerte baja en la conformidad con el préstamo bancario y en el deseo de recontratarlo.

Además, la probabilidad de default en las empresas se triplicó durante los últimos dos trimestres. Esto se desprende del último informe de Estabilidad Financiera que publica el BCRA de manera semestral y que fue analizado por First Capital Group.

La "probabilidad de default" representa la proporción de los créditos que estando inicialmente en situación crediticia 1 y 2 (regulares), pasan a encontrarse en situación 3, 4, 5 y 6 (irregulares) al final del trimestre.

En el caso de las familias, esta tendencia ya venía aumentando desde 2016, producto de la flexibilización del acceso al crédito.

"Si bien en rasgos generales el nivel de endeudamiento de las familias es bajo comparando con el resto de la región, la deuda como porcentaje de los ingresos aumentó de 2,4% a 3,2% desde principios de 2016 a la fecha. Al unísono, se observó un progresivo aumento en la Probabilidad de Default Estimada de las familias, que se posiciona en el 1,6% (a niveles de 2008)", explicó Augusto Quiñones, analista de First Capital Group.

El caso de las familias es un poco más preocupante, ya que para Marzo de 2018 el 5% del total de los deudores se encontraban en irregularidad. La última medición mostró que para marzo de 2019 el indicador de esta situación había aumentado a 8%. Y reveló un incremento fuerte de los deudores en situación mayor a 3 (de 3,1% a 4,5% de marzo 2018 a marzo 2019).

En este contexto, tanto el oficialismo como la oposición presentaron proyectos para regular esta problemática.

Vuelven los proyectos

El Ministerio de Justicia envió al Congreso el anteproyecto la nueva ley de defensa del consumidor, que incorpora el principio de préstamo responsable, a fin de prevenir el sobreendeudamiento.

Allí se impone un conjunto de deberes al proveedor de crédito. Por ejemplo, indagar acerca de las necesidades del consumidor y asesorarlo. Además, define el sobreendeudamiento del consumidor como la situación caracterizada por la grave dificultad para afrontar el cumplimiento de las obligaciones, que compromete el acceso y el goce de bienes esenciales, y se exige a las autoridades que diseñen políticas para solucionarlo.

Según entienden los especialistas, el texto apunta a los denominados "dadores de crédito" porque en el actual contexto económico, muchos comerciantes buscan incrementar su facturación "a toda costa". Entonces, reparan en las situaciones de consumidores que no tienen la posibilidad de afrontar los compromisos que adquieren.

Esto genera un gran inconveniente en el circuito comercial: el deudor no encuentra una solución a su sobreendeudamiento y el acreedor no tiene un sistema que permita el recupero de su crédito en forma clara.

Y argumentan que dicho exceso no implica necesariamente el incumplimiento de obligaciones, pero llevan a las personas a la situación de quedar con ingresos insuficientes para cubrir necesidades básicas. Por otro lado, estos deudores suelen encontrarse bancarizados. Así, el nivel de deudas incide en su salario con retenciones diversas.

Además, los asesores de los distintos espacios políticos también buscan desempolvar los proyectos que duermen en el Congreso para relanzarlos en la campaña electoral.

La justificación para reflotar estas iniciativas es la constatación de que crece el número de personas con dificultades para pagar sus deudas a bancos o entidades financieras.

Esta situación –argumentan– se vio profundizada luego de la devaluación a raíz del aumento de la tasa de referencia dispuesta por el Banco Central: el Costo Financiero Total (CFT) por las compras con tarjetas de créditos en cuotas tuvo picos que llegaron al 120%.

La consecuencia para los consumidores es que entran "en quiebra" y quedan fuera del circuito económico formal.

El Estado, ¿obligado a lidiar con el endeudamiento excesivo?

El abogado especialista Francisco Junyent Bas advierte que la Ley 24.522 sobre concursos y quiebras "tiene virtualmente un único modelo de concurso preventivo o liquidativo para toda clase de deudores, sin reparar en la situación especial del consumidor y sin haber tenido en cuenta el marco de tutela especial contenido en el artículo 42 de la Carta Magna y la Ley 24.240, como también las directrices incorporadas en los artículos 1092 a 1122 del Código Civil y Comercial".

Es que, según indica el experto, el consumidor es un deudor que carece de activos o, si los tiene, son mínimos.

En este caso, advierte sobre "el mandato constitucional de proteger los derechos del consumidor impone al Estado el deber de actuar mediante la sanción de una legislación que prevea las consecuencias derivadas del endeudamiento excesivo que afecta a las economías domésticas".

Con esta clase de proyectos, indica Junyent Bas, se busca proteger a personas humanas que no desarrollan actividades comerciales ni empresarias, que carecen de actividad económica organizada, tales como los trabajadores en relación de dependencia -tanto en el sector privado como los empleados públicos-, los desempleados, las amas de casa, los jubilados y pensionados.

Hay proyectos que buscan declarar la emergencia del sistema de créditos destinados a financiar el consumo de productos y servicios esenciales hasta el 31 de diciembre de 2020, como el presentado por la senadora nacional Silvina García Larraburu.

Allí se prohíbe sujetar la refinanciación previa cancelación del pago mínimo y, simultáneamente, reafirmar la prohibición de la capitalización de los intereses, tanto los de financiación como los punitorios hasta el fin de la emergencia.

Entre otros puntos, discrimina los consumos que serán protegidos de aquellos que no requieren medidas como las proyectadas, discerniendo entre los bienes y los servicios financiados. Integrarán la nómina los productos o servicios que son parte de la canasta básica total, medicamentos, elementos de higiene y tocador y aquellos que correspondan a servicios de salud.

De acuerdo con la legisladora, "se trata de beneficiar a todos los titulares y/o adicionales de tarjetas, cuyos ingresos sean iguales o menores a cuatro veces el valor de la canasta básica total que publica el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos".

 "La emergencia busca dar respuesta al creciente proceso de sobreendeudamiento que está atravesando la población, mediante el financiamiento de sus consumos con tarjetas de crédito a causa del incremento de la inflación, el descenso de los salarios reales y la situación de emergencia financiera que afronta la Argentina", indicó al respecto la senadora Larraburu.

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