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La prohibición para las app de delivery reinstaló el debate: ¿hay relación de dependencia?

Un fallo colocó de un mismo lado del mostrador a una organización sindical, a las empresas y al Gobierno porteño. Todos coinciden en que deben debatir
06/08/2019 - 11:04hs
La prohibición para las app de delivery reinstaló el debate: ¿hay relación de dependencia?

En algo se pusieron de acuerdo un sindicato, empresas y el Gobierno porteño: prohibir la actividad de Rappi, PedidosYa y Glovo no será la solución al problema de las aplicaciones que intermedian entre comercios y consumidores y que proveen repartidores.

El viernes pasado, el juez Roberto Gallardo, a cargo del Juzgado de Feria Contencioso Administrativo y Tributario N° 2 de la Ciudad de Buenos Aires, ordenó la suspensión de esa actividad por incumplimiento de resoluciones judiciales.

La medida se metió de lleno en la campaña electoral: mientras funcionarios macristas salieron resueltamente a cuestionar al juez -en las redes se recordó su simpatía por el kirchnerismo-, también aparecieron apoyos por parte de quienes ven en los nuevos trabajos "on demand" una precarización de las condiciones laborales.

La medida, solicitada por la Asociación Sindical de Motociclistas Mensajeros y Servicios (Asimm), permite que la Policía les decomise las mercaderías que transporten todos los empleados de las tres firmas, hasta tanto "respeten íntegramente los requisitos legales y judiciales".

Las empresas tienen tiempo hasta este martes para presentar la nómina de sus repartidores, acreditando su correcta registración de acuerdo a las normas laborales y previsionales. Hasta que esto no ocurra, las firmas no podrán operar con normalidad y sufrirán decomisos y multas de 10.000 pesos por cada infracción verificada. El lunes a última hora se conoció que el mismo magistrado hizo lugar al amparo y se expidió sobre la cuestión de fondo.

Pero aquí radica una de las cuestiones: para las compañías, los repartidores no están unidos a ellas a través de la tradicional relación de dependencia sino que son colaboradores que se conectan a la app para prestar su servicio de intermediación a la hora y en la zona que desean.

En tanto, para la Asociación de Personal de Plataformas (AppSindical), "el único resultado de la prohibición es más clandestinidad y más precariedad. Si este es el futuro del trabajo, vamos a pelear porque sea con los derechos que nos corresponden.

En ese sentido señalaron que "no es la solución a nuestros reclamos. Queremos derechos laborales y nos dejan sin trabajo".

"¿A quiénes protegen queriendo prohibir nuestro trabajo? A nosotros no. ¿A qué interés responden? Al nuestro no. Somos los primeros en reclamar medidas de seguridad. Esta no es la forma de lograrlas", cuestionó la asociación sindical en su cuenta de Twitter.

A la polémica se sumó el jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, quien criticó con dureza al magistrado y defendió el servicio que prestan las empresas de delivery.

"Una cosa es que trabajemos para ver cómo se regulan estas nuevas opciones que aparecen con la tecnología, pero otra es prohibirlo y dejar en la calle un tendal de gente, justo con la necesidad de trabajo que hay", cuestionó.

Tanto las empresas como la administración porteña apelarán esta decisión judicial, con la aclaración de que se trabaja en la regulación de las aplicaciones, siempre con la premisa de "respetar los puestos de trabajo".

Las tres empresas emitieron un comunicado conjunto en el que señalan que "más de 20.000 personas tienen la oportunidad de generar ingresos de forma autónoma, digna y legal, pudiendo elegir dónde, cuándo y cuánto tiempo conectarse".

Estas empresas señalan que también "dan trabajo diariamente a más de 700 profesionales de distintas áreas que forman parte de sus equipos comerciales y de atención, brindando el mejor servicio de intermediación digital, apuntalando el crecimiento de las PyMEs, incrementando los ingresos de repartidores y satisfaciendo las necesidades de millones de usuarios".

Y enfatizan que son más de 12.000 comercios en la Ciudad de Buenos Aires cuyos ingresos dependen en parte de la relación con aplicaciones de delivery.

El desafío legal del trabajo "on demand"

Lo cierto es que el debate dejó otra vez al descubierto el desfasaje entre la legislación y los rápidos cambios que introduce la tecnología y que hace a que muchos expertos hablen de "zonas grises" o que directamente acusen de la normativa actual de ser inaplicable por estar pensada para otra época.

La discusión se da porque, con las app, surgió una nueva forma de organizar y coordinar el trabajo como una nueva forma de empresa con algunas figuras que carecen de regulación.

En este contexto, se incorpora el denominado "trabajo a demanda". El debate también se da en otros países como España, donde ya hay sentencias que reconocieron que las plataformas digitales tienen empleados y no colaboradores.

El abogado laboralista Juan Pablo Chiesa considera necesario convocar a los tres pilares fundamentales que sostienen el Derecho del Trabajo:

1) la intervención en la autonomía de la voluntad para evitar los abusos de la relación de dependencia (jurídica y económica), 

2) la inescindible cobertura de la integridad psicofísica de las personas, 

3) la libertad sindical y libre asociación y participación en sus tres manifestaciones (conflicto, negociación y huelga).

"Se debe trabajar desde el Derecho del Trabajo en la creación de una figura única que pueda proteger la indemnidad del trabajador, desde la órbita del riesgo del trabajo, la cobertura médica y su jubilación, así como lograr reducir el altísimo costo laboral que nuestro país tiene para contratar empleo genuino donde los empleadores puedan cubrir las contingencias de la seguridad social y en paralelo fortalecer el sistema único de la seguridad social en todas sus etapas", indicó el especialista.

De las 12 plataformas digitales principales que se instalaron en Argentina, solo la mitad de sus dependientes aportó al sistema de la Seguridad Social. Si bien, el 90% está satisfecho con las plataformas digitales, nueve de cada 10 dependientes afirmaron estar conformes basados en la necesidad de tener un empleo ante los problemas que enfrenta el mercado laboral.

Para quienes se desempeñan en este sector, el nivel de ingresos difiere según el servicio prestado y la plataforma. Incluso, dentro de una misma app hay fuertes diferencias, ya que el tiempo dedicado y la cantidad de trabajos aceptados varían. En muchos de esos casos, esos empleos son la principal fuente de ingresos y es determinante para sostener sus gastos habituales.

Para los que argumentan que existe relación de dependencia, la clave está en el alto nivel de control y organización sistémica de las apps frente a sus "colaboradores". Allí surgiría una clara y evidente relación de dependencia a la luz de la Ley de Contrato de Trabajo.

Según explicó Chiesa, el juez Gallardo "no analizó la situación de vulnerabilidad e informalidad de los repartidores de las empresas mencionadas porque no es su competencia". 

En ese caso, no se analiza el Derecho del Trabajo y el principio protectorio de sus leyes, sino que el juez puso en la mira la seguridad a consecuencia de la precariedad laboral, agregó el especialista.

Coberturas ante accidentes

En cuanto a la cobertura de accidentes, Rappi anunció una alianza con la compañía de seguros Mapfre mediante la cual los repartidores contarán con una cobertura de Accidentes Personales Asistencial de forma totalmente gratuita.

Este seguro abarca a cada integrante de la comunidad de rappitenderos entre las edades de 18 y 65 años, que hayan aceptado por lo menos un pedido en el día y estén realizando algún reparto mediante la aplicación SoyRappi. De esta forma, se brinda una cobertura de reintegro de gastos de asistencia médica farmacéutica y asistencia prestacional por accidente durante el reparto; invalidez total y parcial permanente como consecuencia de accidente durante el reparto.

Es así que en distintas esquinas porteñas comenzaron a verse a trabajadores identificados con camperas de la empresa, grupos de entre dos y cuatro personas, entregarles cascos, chalecos y folletería relacionada a dicho convenio.

Si la policía controla a los repartidores, tienen la orden de identificarlos y controlar que tengan casco puesto, chaleco refractario, la caja fija a la moto o bici y no de mochila y tener libreta sanitaria. En caso de que falte alguno de estos elementos, se decomisará la caja y la mercadería y se los debe dejar ir.

El magistrado les ordenó también a las empresas Visa Argentina, Mastercard Cono Sur, Tarjeta Naranja y American Express Argentina que dispongan la inmediata suspensión y bloqueo de las operaciones de esas tres compañías que ofrecen el servicio de mensajería y reparto a domicilio. Pero al momento del cierre de esta nota, ello no había ocurrido.

Proyecto en el Congreso

En los últimos días, la diputada del Partido Obrero en el Frente de Izquierda-Unidad, Romina Del Plá, presentó un proyecto de ley para proteger a los repartidores de las denominadas economías colaborativas.

El proyecto prohibe que las empresas publiciten un servicio veloz de entrega "a costa de poner en riesgo la vida de los trabajadores"; que se los suspenda o castigue por incumplir estándares que ponen en riesgo su vida o salud; y limita la carga que pueden llevar sobre sus espaldas.

El punto que generará más discusión es el que obliga a las empresas "a reconocer plenamente la relación de dependencia". Además, establece un régimen de licencias y condiciones de infraestructura para cubrir necesidades básicas durante la jornada laboral y dispone el incremento del cobro por entrega y un sueldo básico independiente del mismo.

Para la legisladora, la necesidad de regular la actividad de forma urgente está dada por las rápidas consecuencias físicas y psicológicas que la actividad produce sobre los jóvenes trabajadores de reparto, "ya que están obligados a trasladar peso en sus espaldas acarreando enormes dificultades para la columna y las empresas los obligan a atender el teléfono cuando están manejando las bicicletas o las motos, lo que ha sido el motivo de accidentes, algunos de ellos fatales, lo que puede traer también consecuencias para terceros".