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Qué implica la sanción de la "ley de talles" y cuáles son sus consecuencias para clientes y comercios

El Congreso aprobó la norma que, en principio, tomará las medidas corporales de gran parte del país para unificar criterios de fabricación y venta de ropa
22/11/2019 - 06:20hs
Qué implica la sanción de la "ley de talles" y cuáles son sus consecuencias para clientes y comercios

Mientras la media sanción de las denominadas "ley de alquileres" y de góndolas acaparaban toda la atención, la cámara de Diputados convirtió en ley el proyecto que busca establecer un "Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria" (SUNITI) correspondiente a medidas corporales estandarizadas.

La aprobación de esta norma, que será publicada en los próximos días en el Boletín Oficial, se dio sin debate ya que había riesgo de quedarse sin quórum y que el tratamiento del texto se dilate y pueda perder estado parlamentario.

Si bien los expertos destacan que aún queda un largo camino por recorrer, la incorporación de talles grandes se volvió un imperativo para numerosas firmas que apuntan a llegar al público en forma masiva.

En muchos países existen reglamentaciones que obligan a las empresas a contar con todas las medidas pero la ley argentina no se refiere a ello, por el momento, sino que buscará, por ejemplo, que la medida de un talle mida lo mismo en cualquier lugar, sin importar quien lo comercialice o lo fabrique.

Este punto fue en el que hicieron hincapié varios expositores durante los debates en comisión porque consideran que quien es talle 42 sea 42 para todas las marcas. Uno de los problemas que advirtieron es que hoy en día se compra mucho por internet y nunca se sabe cómo comprar porque cada marca, cada portal, tiene una tabla de talles diferente.

Además, hay que tener en cuenta que un estudio de la ONG Anybod señala que el 69,5% de las personas de entre 11 y 88 años no encuentra ropa ni calzado de su talle en la Argentina.

"Un total de 8.565 respuestas sobre 49 marcas locales reveló que el 69,5% de las personas encuestadas tienen dificultades para conseguir ropa de su talle, una cifra que, en términos generales, se mantiene constante en nuestras investigaciones desde 2012", remarca el análisis.

Sobre las consecuencias psicológicas de no encontrar talle, "es importante destacar que el 51% reacciona cuestionando su cuerpo y que el sentimiento más recurrente es tristeza por no encajar en la ropa deseada", señala la investigación.

Asimismo, el 65,1% de los encuestados considera que su talle actual está "una o más medidas por encima de la que perciben como ideal", mientras que el 25,3 % cree que su talle actual "es el ideal".

Los talles más difíciles de conseguir para las mujeres son el 44, 46, 48 y 50, mientras que para los hombres son el 46, 52 y 56.

Además, remarcan que ir a un comercio, probarse ropa y ver que no se da con la talla de la marca genera insatisfacción, principalmente en el público joven.

Qué dice la norma

En concreto, la cámara aprobó -por amplia mayoría- la ley que obligará a que se venda en los comercios ropa con medidas corporales estandarizadas. De esta manera, se creará un registro único y estandarizado, accesible para el consumidor y actualizado cada 10 años, de cumplimiento obligatorio para los comercios.

El sistema se tomará en cuenta tanto para la fabricación, confección, comercialización o importación de indumentaria.

Además, indica que "todo comerciante, fabricante o importador de indumentaria debe identificar cada prenda de acuerdo con el Suniti" y la etiqueta debe ser "de fácil comprensión para el consumidor" y debe estar "adherida a la prenda".

En cuanto a la atención de los clientes, los locales deberán "garantizar condiciones de atención y trato digno y equitativo a los consumidores", y en ese sentido "deberán abstenerse de desplegar conductas que coloquen a los consumidores en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias".

Además, establece medidas contra la discriminación en los comercios y apunta a atacar enfermedades como la bulimia y la anorexia.

Por último, se establecen sanciones por el incumplimiento de la ley, que son las contempladas en la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor y la Ley 23.592 de Penalización de Actos Discriminatorios.

En Argentina, solamente se habían dictado normas que regulan el mercado textil en las provincias de Buenos Aires, Entre Ríos, Corrientes, Chaco, Santa Fe, Córdoba, San Juan, Mendoza, La Pampa, Río Negro y Santa Cruz, y la Ciudad de Buenos Aires. Pero se daba la paradoja que, en determinados casos, colisionaban entre ellas o, directamente, no se controlaba lo que ofrecían los comercios, por lo que pasaban a ser "letra muerta".

Durante la reunión en comisión, el diputado nacional José Luis Ramón (Bloque Protectora) había cuestionado al proyecto por considerar que "no beneficia a todos" y que se debía "y obligar a la industria a proveer todos los talles".

Por ahora, varias de estas posibles soluciones quedaron por fuera de la ley, pero se espera que la reglamentación complemente la ley y no deje "grises" para favorecer el cumplimiento de la normativa.

La obligatoriedad de contar con todos los talles es cuestionada tanto por fabricantes como por los comercios de indumentaria. En principio, señalan una cuestión de costos y de stock, porque a cada talle hay que agregar más tela  y no se puede cobrar más por ello.

Además, se oponen a los controles de stock, como establecían algunos proyectos. Destacan que la ley debe ser cumplible y que no se transforme en una herramienta de castigo.

Por  el momento, el INTI está realizando un relevamiento federal en distintas ciudades del país para constituir la Primera Base de Datos de Medidas Antropométricas Nacional y permitirán contar con las tablas de medidas corporales actuales y propias de los argentinos.

Si bien este tema va en paralelo con la flamante ley la ayudará para desarrollar un sistema de talles homogéneo (adaptado a los usuarios), la creación de sistemas de personalización de la ropa, y la mejora del ajuste de la indumentaria.