CIVIL Y PENAL

Tragedia en la ruta: qué responsabilidad le cabe al chofer y a la empresa

Las pericias indican que los menores no usaban el cinturón de seguridad. Además, destacan las medidas y controles que deben pasar los micros y conductores
LEGALES - 29 de Noviembre, 2019

La tragedia volvió a golpear en las rutas argentinas. Un micro de larga distancia en el que viajaban menores de entre 11 y 12 años que se dirigía a San Clemente del Tuyú volcó a la altura del partido bonaerense de Lezama. Dos nenas murieron y varios niños debieron ser trasladados a distintos centros de salud con heridas de diversa gravedad.

Las preguntas que surgen son muchas y las pericias preliminares indicaron que la visibilidad en el momento del accidente era buena y que el análisis de alcoholemia del chofer arrojó resultado negativo.

De acuerdo con los primeros resultados, la causa del accidente "no sería atribuible a la velocidad" y que "podría tratarse de una distracción del conductor", presumiblemente por cansancio. Ese habría sido uno de los argumentos del fiscal para solicitar la aprehensión del chofer, que brindará su declaración este viernes.

Los análisis encontraron una cubierta pinchada en la escena, se intentará determinar si se dañó antes o después del vuelco.

Las sospechas de exceso de velocidad fueron descartadas porque el análisis al tacómetro reveló que el micro no se excedió de los 100 kilómetros por hora.

Según el mencionado informe, en el kilómetro 142 de la ruta 2, a las 6:30 de la mañana, el vehículo se torció hacia la banquina izquierda y, cuando el chofer quiso corregirlo con maniobras de frenado, el micro habría pegado contra el alcantarillado "perdiendo adherencia al piso", para luego caer sobre su costado izquierdo.

Además, los bomberos que llegaron al lugar destacaron que el principal problema fue que los chicos iban sin cinturón de seguridad.

Hay que destacar que desde fines del mes pasado, usar el cinturón de seguridad es obligatorio para todos los pasajeros de los micros de larga distancia que recorren las rutas del país​, luego de una disposición del Ministerio de Transporte nacional.

El titular de esa cartera, Guillermo Dietrich, expresó que los escolares estaban realizando una actividad turística y recreativa, asimismo subrayó que el micro estaba en condiciones para circular y que el último control fue el 22 de octubre pasado. Por otro lado, destacó que los choferes estaban habilitados y  remarcó que el ministerio a su cargo dispuso la "obligatoriedad" del uso del cinturón de seguridad en los medios de transporte de pasajeros de larga distancia.

Esa medida alcanzaba a todos los servicios inter jurisdiccionales, es decir, los de línea y los de empresas de turismo, incluidas las que realizan los viajes de egresados​.

El uso está previsto para todo el viaje, salvo cuando el pasajero se levante de su butaca para ir al baño o para buscar un refrigerio. Una vez que retorna a su lugar, deberá colocárselo nuevamente.

En este punto, es importante destacar que los encargados de verificar el uso del cinturón serán los choferes y el personal de a bordo de las unidades.

La disposición mencionada le daba un plazo de seis meses para que los ómnibus tengan cinturones de seguridad instalados en todos los asientos y la obligación de que cada viajero lleve su cinturón abrochado.

En este sentido, se determinó que en las unidades 0 kilómetro se instalen en los asientos cinturones de seguridad de tres puntos retráctiles.

La situación del chofer

El caso fue calificado como homicidio culposo. La responsabilidad, por ahora, recae sobre los choferes Alberto Gustavo Maldonado, de 48 años, oriundo de Tigre, al volante al momento del hecho, con más de 20 años en diversas empresas de transporte y empleado registrado de la empresa Silvicar y Juan Carlos Gilenoni.

En este caso, las autoridades remarcaron que no tenía antecedentes negativos ni registraba un accidente o queja, y que el micro cumplía todos los requisitos técnicos y legales para realizar el viaje.

En lo que respecta a la cuestión del consumo de sustancias, dieron resultado negativo. A diferencia del resto de los conductores a los transportistas profesionales se les prohíbe el consumo tanto de alcohol como de drogas. Por lo que en caso de ser examinados no puede detectarse la mínima graduación en sangre.

Para mantener este aspecto controlado, la Comisión Nacional de Regulación de Transporte(CNRT) realiza tests psicofísicos a todos los choferes de larga distancia, que envuelven exámenes físico, clínico, oftalmológico, psicológico, audiometría, electrocardiograma, encefalograma y laboratorio. Esto incluye controles de consumo de alcohol y drogas.

Además, las fuerzas de seguridad realizan controles en cuanto a esto en las diferentes rutas y autopistas del país.

Otro punto relevante es el concerniente al descanso de los conductores. El turno no puede ser mayor a las 12 horas a bordo del colectivo.

Uno de los principales controles que se realizaban era el que llevaban a cabo las Unidades de Control Psicofísico (UCP) instaladas en las terminales de ómnibus de los principales centros urbanos del país pero dejaron de funcionar por el ajuste de gastos llevado adelante po el gobierno nacional.

En esta instancia se pretende determinar su los choferes se encuentran en situaciones de riesgo no advertidas ya que puede pasar que el chofer pierda el control sobre cómo se encuentran las funciones cognitiva.

En el área psicológica se evalúa como están los reflejos en la cuestión atencional y desde el área médica se realizan exámenes de detección de narcóticos y alcoholemia.

Requisitos en los micros

La Comisión Nacional de Regulación del Transporte destaca algunas de las medidas de seguridad y prevención que deben acatar las empresas de transporte.

En primer lugar, la empresa debe garantizar el cumplimiento de los horarios y rutas correspondiente al servicio ofrecido.

En cuanto a la velocidad, la misma no puede superar los 100 kilómetros por hora. Todos los vehículos deben tener un límite automático de velocidad.

En cuanto a este caso, surge la duda si la empresa puede ser considerada responsable si se comprueba que el accidente ocurrió por un error del chofer.

La firma sostuvo que el coche estaba en perfectas condiciones, tenía habilitación y que el chofer estaba registrado. Pero , en el ámbito civil, esa circunstancia no le sirve para eximirse de responsabilidad y eventualmente, deberá responder a través de su seguro o con su propio patrimonio.

La Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) informó que la empresa de transporte Silvicar SRL contaba con el seguro (Protección Mutual del Transporte Público de Pasajeros) en vigencia y la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) correspondientes, como también la habilitación para prestar el servicio de Turismo Nacional. Además, indicaron, el vehículo tuvo siete inspecciones en el año, la última el pasado 22 de octubre.

Según se detalló, los fiscalizadores de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) deben controlar las unidades antes de que inicien los viajes.

Cuando elijan una agencia de turismo para el viaje de egresados o de turismo tienen que controlar que esté autorizada por el Ministerio de Turismo. Para saber si está autorizada, como agencia de turismo estudiantil, consulten el listado www.servicios.turismo.gob.ar/agencias/estudiantil

La Ley 25599 es la que regula los requisitos a cumplir por agencias de turismo estudiantil. Además, la actividad está regulada por la Resolución Ministerial 23/14.

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