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Cuál es la diferencia entre cuarentena total y estado de sitio o emergencia

El presidente Alberto Fernández decretó la cuarentena total que comenzó a regir a partir de la medianoche del viernes 20 de marzo pasado
24/03/2020 - 06:23hs
Cuál es la diferencia entre cuarentena total y estado de sitio o emergencia

El presidente Alberto Fernández decretó la cuarentena total que comenzó a regir a partir de la medianoche del viernes 20 de marzo pasado.

Se trata de una medida que el actual Gobierno dictaminó para prevenir la propagación de la pandemia del coronavirus Sin embargo, la figura del aislamiento establecida por el DNU generó dudas entre qué lo diferenciaba respecto del anterior estado de emergencia y un estado de sitio.

Según el decreto 297/2020, se determinó el "aislamiento social, preventivo y obligatorio" hasta el 31 de marzo de 2020 inclusive. Esto establece que todas las personas que habitan el país o se encuentren en el mismo de forma temporaria tendrán que permanecer en sus hogares, con ciertas excepciones.

En los considerandos del DNU, el mandatario se amparó en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en cuyo artículo 12 fija que el derecho de circulación puede ser objeto de restricciones para proteger, entre otras cosas, la salud pública.

También menciona el artículo 22 inciso 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos que está en la misma sintonía.

El presidente Alberto Fernández decretó la cuarentena obligatoria el viernes 20 de marzo de 2020
El presidente Alberto Fernández decretó la cuarentena obligatoria el viernes 20 de marzo de 2020

Por otro lado, el Gobierno ya había declarado la emergencia sanitaria a través de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia Pública, aunque el 12 de marzo, por intermedio del decreto 260/20 la amplió por un año debido a la declaración del COVID-19 como una pandemia.

Esta declaración la da ciertas prioridades a la cartera de Salud en materia presupuestaria y de asignación de recursos por parte de las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Entonces, la figura de emergencia sanitaria le otorga facultades a la autoridad sanitaria como disponer las medidas necesarias para mitigar el impacto del virus, realizar campañas de difusión e instar a las personas con síntomas a realizar cuarentena.

¿Qué diferencias hay entre cuarentena total y estado de sitio o emergencia?

El estado de sitio aparece en el artículo 23 de la Constitución Nacional y puede declararse en todo el territorio o una provincia en particular en caso de que exista conmoción interior o ataque exterior. Por medio del estado de sitio quedan suspendidos los derechos y garantías constitucionales debido a que, tal crisis, pone en peligro la vigencia de la Constitución o perturba el orden constitucional.

Sin embargo, la declaración de estado de sitio, en uno o varios puntos del país, debe llevar la luz verde del Congreso, excepto que este se encuentre en receso y, en ese caso, el Presidente tiene la atribución de ejercer esta facultad.

Cuarentena o estado de sitio: cuáles son las diferencias
Cuarentena o estado de sitio: cuáles son las diferencias

Exepciones a la cuarentena

El decreto 297 también define qué actividades quedan exceptuadas del "aislamiento social, preventivo y obligatorio" y de la prohibición de circular, por ser esenciales en la emergencia. Esta categoría comprende a:

1. Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.

2. Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.

3. Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.

4. Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.

5. Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.

6. Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.

7. Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.

8. Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.

9. Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.

10. Personal afectado a obra pública.

11. Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.

12. Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.

13. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.

14. Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.

15. Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.

16. Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.

17. Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.

18. Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.

19. Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.

20. Servicios de lavandería.

21. Servicios postales y de distribución de paquetería.

22. Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

23. Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.

24. S.E. Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos.

Qué actividades están exceptuadas de la cuarentena
Qué actividades están exceptuadas de la cuarentena

Luego, el Presidente firmó un decreto ampliatorio de las 24 actividades que se habían establecido como excepciones. Puntualmente, se incorporó al listado de actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, las exceptuadas del cumplimiento del "aislamiento social, preventivo y obligatorio" y de la prohibición de circular, a las personas afectadas a las actividades y servicios las que se detallan a continuación:

1) Industrias que realicen procesos continuos cuya interrupción implique daños estructurales en las líneas de producción y/o maquinarias, podrán solicitar autorización a las Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa, para no discontinuar su producción, reduciendo al mínimo su actividad y dotación de personal.

2) Producción y distribución de biocombustibles.

3) Transporte y distribución de combustibles nucleares.

4) Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. También deberán garantizar las prestaciones a las personas que se hallaren alojadas en los mismos a la fecha del dictado del decreto 297/2020.

5) Dotación de personal mínima necesaria para la operación de la Fábrica Argentina de Aviones.

6) Las autoridades de la Comisión Nacional de Valores podrán autorizar la actividad de una dotación mínima de personal y de la de sus regulados, en caso de resultar necesario.

7) Operación de aeropuertos. Operaciones de garages y estacionamientos, con dotaciones mínimas.

8) Sostenimiento de actividades vinculadas a la protección ambiental minera.

9) Curtiembres, con dotación mínima, para la recepción de cuero proveniente de la actividad frigorífica.

10) Los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, podrán vender sus productos a través de servicios de reparto domiciliario, con sujeción al protocolo específico establecido por la autoridad sanitaria. En ningún caso podrán brindar servicios con atención al público en forma personal.

El Jefe de Gabinete de Ministros, en su carácter de coordinador de la "Unidad de Coordinación General del Plan Integral para la Prevención de Eventos de Salud Pública de Importancia Internacional" y con recomendación de la autoridad sanitaria podrá ampliar o reducir las excepciones dispuestas, en función de la dinámica de la situación epidemiológica y de la eficacia que se observe en el cumplimiento de la presente medida.

En todos estos casos, los empleadores y empleadoras deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el Ministerio de Salud para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores.

Los desplazamientos de las personas alcanzadas por esta nueva enmienda deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios considerados esenciales.