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El proyecto de aborto legal será tratado hoy en Diputados: qué establece

En el plenario de comisiones, la iniciativa sufrió modificaciones que le permitirían al sector "verde" ampliar la diferencia a favor.
10/12/2020 - 08:25hs
El proyecto de aborto legal será tratado hoy en Diputados: qué establece

Con dos modificaciones clave que le permitirían al sector "verde" ampliar la diferencia a favor, el proyecto de despenalización y legalización del aborto recibió dictamen favorable y será tratado este jueves en la Cámara de Diputados con la presencia de casi la mitad de los legisladores y una nueva movilización en las calles, bajo la mirada atenta de los senadores, que tendrán el veredicto final.

El proyecto del Poder Ejecutivo fue despachado en el plenario de comisiones de Legislación General, Salud, Legislación Penal y Mujeres y Diversidad, que se reunió en el recinto -un escenario atípico- para poder cumplir el distanciamiento social entre los diputados, indicó el sitio Parlamentario.com.

El dictamen a favor obtuvo 77 firmas, mientras que el de rechazo recibió 30. Tres legisladores se abstuvieron de firmar dictamen.

La sesión

En una sesión que durará menos de lo previsto -unas 20 horas-, la Cámara de Diputados tratará el proyecto de despenalización y legalización del aborto a partir de las 11 horas. En principio, cuenta con los votos para ser aprobado y girado al Senado, donde se presenta un escenario todavía incierto.

A continuación, se debatirá el proyecto que crea el "Programa de los Mil Días", el cual brinda acompañamiento e incentivos a aquellas mujeres que desean continuar con su embarazo.

Si bien el titular de la Cámara baja, Sergio Massa, había informado que las iniciativas se debatirían en conjunto, en Labor Parlamentaria el Pro reclamó que se hicieran dos debates separados y triunfó esa postura.

En primer lugar, como marca el reglamento, los miembros informantes tendrán 20 minutos cada uno para defender los dictámenes: Cecilia Moreau (Frente de Todos) por el de mayoría y Carmen Polledo (Pro) por el de rechazo.

Luego no habrá tiempos de bloque, sino que se pasará directamente a oradores individuales de cinco minutos cada uno, y finalmente tampoco habrá cierres, sino que sobrevendrá la votación.

Para el proyecto de aborto legal, se calcula que habrá unos 170 diputados anotados para hablar, con lo que la votación sería cerca de las 4 de la mañana del viernes, y luego la sesión continuará con el proyecto de los "Mil Días", para el cual habría unos 50 oradores.

En los alrededores del Congreso, habrá manifestaciones a favor y en contra de la iniciativa
En los alrededores del Congreso, habrá manifestaciones a favor y en contra de la iniciativa

Puntos principales

El texto enviado por el Ejecutivo garantiza el derecho a acceder a la interrupción voluntaria del embarazo con el solo requerimiento de la mujer o persona gestante hasta la semana 14, inclusive.

"Fuera del plazo dispuesto en el párrafo anterior, la persona gestante tiene derecho a decidir y acceder a la interrupción de su embarazo solo en las siguientes situaciones: a) si el embarazo fuere resultado de una violación, con el requerimiento y la declaración jurada pertinente de la persona gestante, ante el personal de salud interviniente. En los casos de niñas menores de 13 años de edad, la declaración jurada no será requerida. b) Si estuviere en peligro la vida o la salud integral de la persona gestante", dice el proyecto del Ejecutivo.

Y establece que "el plazo máximo es de 10 días corridos" desde que se lo solicita.

Objeción de conciencia

Por otro lado, prevé la "objeción de conciencia" de los médicos intervinientes. En concreto, establece: "El o la profesional de salud que deba intervenir de manera directa en la interrupción del embarazo tiene derecho a ejercer la objeción de conciencia. A los fines del ejercicio de la misma, deberá: mantener su decisión en todos los ámbitos, público y privado, en que ejerza su profesión. a) Derivar de buena fe a la paciente para que sea atendida por otro u otra profesional en forma temporánea y oportuna, sin dilaciones. b). Adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el acceso a la práctica".

Y agrega: "El personal de salud no podrá negarse a la realización de la interrupción del embarazo en caso de que la vida o salud de la persona gestante esté en peligro y requiera atención inmediata e impostergable. No se podrá alegar objeción de conciencia para negarse a prestar atención sanitaria postaborto. El incumplimiento de los requisitos para ejercer el derecho de objeción de conciencia dará lugar a las sanciones disciplinarias, administrativas, penales y civiles, según corresponda".

En el dictamen, se incorporó un artículo vinculado a las obligaciones que tendrán los establecimientos de salud donde todos los profesionales sean objetores de conciencia.

Según el agregado, "aquellos efectores de salud del subsector privado o de la seguridad social que no cuenten con profesionales para realizar la interrupción del embarazo a causa del ejercicio del derecho de objeción de conciencia, deberán prever y disponer la derivación a un efector que realice efectivamente la prestación y que sea de similares características al que la persona solicitante de la prestación consultó".

Se aclara que "en todos los casos se debe garantizar la realización de la práctica" y que "las gestiones y costos asociados a la derivación y el traslado de la paciente quedarán a cargo del efector que realice la derivación".

Inclusión en el Programa Médico Obligatorio (PMO)

La inclusión de la práctica en el PMO (Programa Médico Obligatorio) está contemplado en el nuevo proyecto, lo que supone que todas las obras sociales, sistemas de salud y prepagas deberán garantizar la práctica de manera gratuita y obligatoria en todo el país.

Un proyecto fue aprobado por Diputados y rechazado por el Senado en 2018
Un proyecto fue aprobado por Diputados y rechazado por el Senado en 2018

Asesorías o consejerías

El texto establece que una vez realizada la solicitud de interrupción voluntaria del embarazo, el establecimiento debe poner a disposición "información sobre el procedimiento que se llevará a cabo y los cuidados posteriores necesarios", "atención integral de su salud a lo largo de todo el proceso" y acompañamiento pero "estos servicios no son obligatorios para la paciente ni condición para la realización de la práctica".

En caso de practicarse en una persona menor de 13 años, "se requerirá su consentimiento informado con la asistencia de al menos uno de sus progenitores o representante legal". Debe ser acompañada por una persona que no necesariamente tiene que ser el padre o la madre.

Habla de "autonomía progresiva" por lo que, si la interrupción voluntaria del embarazo es requerida por una persona de entre 13 y 16 años, se presume que tiene la aptitud y madurez para decidir la práctica, por lo que basta con su consentimiento.

El segundo cambio que sufrió el texto durante el debate en comisión tiene que ver con las personas gestantes menores de 16 años que requieran un aborto. En esos casos, se establecía originalmente que "se presume que cuentan con aptitud y madurez suficiente para decidir la práctica y prestar el debido consentimiento".

Ahora, el proyecto se remite fundamentalmente al artículo 26 del Código Civil y Comercial, que señala que "la persona menor de edad ejerce sus derechos a través de sus representantes legales" pero "cuenta con edad y grado de madurez suficiente puede ejercer por sí los actos que le son permitidos por el ordenamiento jurídico", y agrega que "en situaciones de conflicto de intereses con sus representantes legales, puede intervenir con asistencia letrada".

Además, indica el Código, "se presume que el adolescente entre 13 y 16 años tiene aptitud para decidir por sí respecto de aquellos tratamientos que no resultan invasivos, ni comprometen su estado de salud o provocan un riesgo grave en su vida o integridad física".

Despenalización

El artículo 85 del Código Penal establece "reclusión o prisión de uno a cuatro años, para quien causare un aborto con consentimiento de la mujer". Un comunicado de la Campaña señaló, de hecho, que "entre 2012 y la actualidad registramos en medios de todo el país 73 casos de criminalización de mujeres por abortos u otros eventos obstétricos".

El flamante proyecto establece que "no es delito el aborto realizado con consentimiento de la mujer o persona gestante hasta la semana catorce (14), inclusive, del proceso gestacional".