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Por qué proponen que las asignaciones familiares queden en cabeza de la madre

La diputada del bloque oficialista Gisela Marziotta presentó una iniciativa que evitaría trámites en caso de separación y discusión de cuota alimentaria
02/06/2021 - 11:25hs
Por qué proponen que las asignaciones familiares queden en cabeza de la madre

El régimen de asignaciones familiares prevé prestaciones a los beneficiarios y beneficiaras según revisten en los subsistemas contributivo o no contributivo.

Para ello, establece derecho al cobro de asignaciones por hijo, con discapacidad, prenatal, prenatal, por ayuda escolar anual para educación inicial, general básica y polimodal, por maternidad, por nacimiento, por adopción y por matrimonio mediante la ley 24714, sancionada en el año 1996.

En el 2009, por el Decreto de Necesidad y Urgencia 1602 se creó la Asignación Universal por Hijo –AUH- destinada a niños, niñas y adolescentes que pertenecieran a grupos familiares con mayores desocupados o empleados en la economía informal.

En nuestro país cuando ambos progenitores tienen un trabajo legalmente registrado, la Ley 24.714 de asignaciones familiares prevé que las perciba solo uno de ellos, pero al momento de su reglamentación se estableció que lo cobraría el progenitor con mayor salario.

Por este motivo, a mayor ingreso, menor es la asignación familiar que se percibe desde el Estado y dada la actual división social del trabajo, se asigna a quien tiene mejor remuneración por haber podido desarrollarse en su ámbito laboral.

En ese contexto, la diputada Nacional del Frente de Todos (FDT) Gisela Marziotta presentó un proyecto de ley para que quede establecido que las asignaciones familiares deberán ser percibidas por la madre.

En concreto, la iniciativa busca modificar al artículo 20 de la Ley 24.714, que en la actualidad establece que "cuando ambos progenitores estén comprendidos en el presente régimen, las prestaciones enumeradas en los artículos 6º y 15 serán percibidas por uno solo de ellos".

¿A qué prestaciones se refiere? El artículo 6 menciona las siguientes:

Las prestaciones establecidas en la ley son:

  • a) Asignación por hijo.
  • b) Asignación por hijo con discapacidad.
  • c) Asignación prenatal.
  • d) Asignación por ayuda escolar anual para la educación inicial, general básica y polimodal.
  • e) Asignación por maternidad.
  • f) Asignación por nacimiento.
  • g) Asignación por adopción.
  • h) Asignación por matrimonio.
  • i) Asignación Universal por Hijo para Protección Social.
  • j) Asignación por Embarazo para Protección Social.
  • k) Asignación por Cuidado de Salud Integral. (Inciso k)

En tanto, el artículo 15 establece que los beneficiarios del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones gozarán de las siguientes prestaciones:

  • a) Asignación por cónyuge.
  • b) Asignación por hijo.
  • c) Asignación por hijo con discapacidad.
  • d) Asignación por ayuda escolar anual para la educación básica y polimodal.

La iniciativa propone que el articulo 20 quede redactado de la siguiente manera: "Cuando ambos progenitores estén comprendidos en el presente régimen, las prestaciones enumeradas en los artículos 6 y 15° serán percibidas por la madre, o la madre que reciba mayor remuneración en caso de doble maternidad, y por el padre que perciba mayor remuneración en caso de doble paternidad.

En los casos en que los cuidados del o la menor se encuentre a cargo de un tercero percibirán estas prestaciones la tutora o el tutor, la persona designada del equipo de apoyo o el pariente por consanguinidad hasta el tercer grado que esté efectivamente a cargo del cuidado del niño o niña".

El último párrafo, argumenta la impulsora del proyecto, contempla una solución para los casos en que los cuidados están a cargo de terceras personas como prevé el artículo 14 bis de la ley 24714, la prestación deberá percibirla quien efectivamente este a cargo de los cuidados del niño, niña o adolescente.

La diputada Marziotta señaló que "en este escenario, muchas madres se encuentran en una situación injusta, dependiendo de los ingresos de unos padres que muchas veces no solo no cumplen la obligación alimentaria para con sus hijos, sino que percibiendo las asignaciones familiares, tampoco las destinan a la manutención de sus hijos e hijas".

Y agregó que "en situaciones en que se ha logrado judicialmente una cuota alimentaria- que pocas veces alcanza a cubrir las necesidades básicas-, resulta indispensable que las asignaciones familiares queden específicamente en cabeza de quien ha tomado a su cargo los cuidados y efectivamente vive con esos hijos e hijas, para que estas mujeres no pierdan la posibilidad de contar con un apoyo más contundente para afrontar los gastos mensuales de los hijos e hijas"..

Además indicó que los estudios demuestran que la desigualdad de ingresos entre los hogares con jefatura femenina y aquellos con jefatura masculina ya era marcada antes de la pandemia.

Y  señaló que hacia fines de 2019, aproximadamente el 56,2% de los hogares de áreas urbanas  tenía jefatura masculina y el 43,8% jefatura femenina.

A su vez, en el 41,8% del total de los hogares había presencia de niñas y adolescentes. En el 60,2% de estos hogares el jefe de hogar era varón y en el 38,8% la jefa de hogar era mujer.

Por otro lado, destacó que los hogares monoparentales con niños a cargo de una mujer enfrentaron el mayor impacto negativo de la crisis por COVID -19 y son los más alcanzados por la y por la crisis de los cuidados.

La iniciativa busca establecer que la madre sea quien perciba las asignaciones familiares por sus hijos
La iniciativa busca establecer que la madre sea quien perciba las asignaciones familiares por sus hijos

Trámite actual

En la actualidad, existe un Formulario de solicitud de Asignaciones Familiares para llenar en la ANSES que busca asegurar el cobro de las Asignaciones Familiares al padre o madre que vive con los menores. De esta manera, puede cobrar directamente sin contar con el consentimiento del otro padre o madre y sin necesidad de solicitar un embargo o tener sentencia judicial.

Pero, a diferencia del proyecto, que pretende que el monto de las asignaciones siempre sea percibido por la madre o quien esté a cargo del menor, el solicitante puede realizar el trámite cuando:

  • Los padres del menor se encuentran separados y quien cobra la Asignación Familiar no vive con los menores.
  • Alguno de los padres desconoce dónde está el otro progenitor y no cuenta con embargo o sentencia judicial previa.

Antes de iniciar el trámite deberá verificar los datos personales y relaciones familiares en Mi ANSES y actualizarlos, si corresponde.

Si tus datos están incorrectos o falta información el día que vaya a hacer el trámite presencial, deberá llevar las partidas de nacimiento de los menores y los DNI del grupo familiar (originales y fotocopias).

Antes de concurrir, deberá descargar e imprimí el formulario PS 2.73 - Solicitud de Asignaciones Familiares- sino puede pedilo en una oficina de ANSES.

Entre otros datos deberá completar el CUIL de los hijos y del otro progenitor (si no conoce el número de CUIL, puede colocar el número de DNI).

También tiene que elegir un lugar de cobro. Si pretende cobrar a través de una cuenta a su nombre, debe contar con una constancia del banco (cajero automático o home banking) donde se incluyan tus datos personales y los de la cuenta

En el contexto actual de pandemia, el solicitante tendrá que sacar un turno y presentarse en la oficina de ANSES con la documentación correspondiente.

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