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Planes de autoahorro: concesionarias deberán ofrecer en su página el "botón de baja"

La Dirección Nacional de Defensa al Consumidor las incorporó a la normativa de "Botón de Baja". Deberán tenerlo habilitado a partir de agosto. Alcance
18/06/2021 - 09:34hs
Planes de autoahorro: concesionarias deberán ofrecer en su página el "botón de baja"

La Dirección Nacional de Defensa al Consumidor incorporó a la normativa de "Botón de Baja" a las concesionarias que ofrezcan planes de autoahorro, aseguradoras, empresas de turismo y servicios de streaming. De esta manera, estas empresas tienen hasta fines de julio para adaptar sus sitios y empezar a ofrecer esta alternativa.

Con respecto a los planes de autoahorro, quienes hayan celebrado un contrato para adquirir un vehículo 0 kilómetro y se vean imposibilitados de seguir pagándolo tendrán, desde agosto, un botón visible en el sitio web de la concesionaria, para dar de baja el contrato celebrado.

En cuanto a las denuncias relacionadas a los planes de autoahorro, entre los principales problemas que denuncian los clientes, se destaca "la suba desmedida de las cuotas", cambios de seguros, inclumplimiento de beneficios, cambios de modelo de automóvil, publicidad engañosa, mora en la entrega del vehículo, y otras prácticas abusivas.

Con el "Botón de Baja", los consumidores tienen la potestad de renunciar al plan o rescindirlo. En este último caso, podrán gestionar la devolución del dinero de acuerdo al valor móvil vigente al momento de la devolución y previo a la deducción de gastos que establece el contrato).

Los clientes denuncian aumentos excesivos de las cuotas de los planes de ahorro
Los clientes denuncian aumentos excesivos de las cuotas de los planes de ahorro

En el caso de que las empresas no pongan a disposición este botón o no cumplan luego con la gestión de baja, pueden ser multadas con hasta 5 millones de pesos.

Esta noticia se da a conocer pocos días después de que la Justicia le ordenara a una automotriz a bajar un 20% sus cuotas de planes de ahorro. Así lo comunicó la Defensoría del Pueblo bonaerense quien había realizado una presentación al respecto. 

La medida dispuesta por el Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 9 de La Plata, a cargo de Juan José De Oliveira, obliga a Ford Argentina SCA. y Plan Óvalo SA. de Ahorro a aplicar esta reducción en el valor de las cuotas, sin incluir el seguro del automotor, a partir de julio y hasta octubre, cuando se hará una reevaluación de las condiciones contractuales.

"Es un fallo que va en línea con lo que venimos reclamando sobre los planes de ahorro, que son esquemas más relacionados a un fraude que afecta la economía de las y los consumidores que a un sistema que facilitaría la adquisición de un 0 KM", sostuvo el Defensor del Pueblo, Guido Lorenzino.

La sentencia considera que el costo que representa el valor de la cuota respecto de los ingresos de los ahorristas, sumada a la imprevistas devaluaciones, genera que la relación cuota/ingreso haya quedado totalmente desajustada para la realidad económica.

En ese sentido, entiende que los haberes quedan afectados en una proporción gravosa para los consumidores, por lo que busca poner un freno mediante la determinación de una cuota a la que se pueda hacer frente en forma razonable.

"Hay casos en los que usuarios deben destinar un 65% de su salario para pagar estas cuotas, lo que afecta profundamente la economía de las familias. Es necesario poner un límite a las administraciones fraudulentas de estas empresas con medidas que estén a la altura de las exigencias de los y las ahorristas", puntualizó Lorenzino.

La Justicia hizo lugar a un pedido de la Defensoría del Pueblo bonaerense

La Justicia hizo lugar a un pedido de la Defensoría del Pueblo bonaerense

Congelamiento del valor de la cuota

La Cámara Federal de Córdoba confirmó la resolución dictada por el juez federal de Río Cuarto en junio de 2019, argumentando que se cumplían las condiciones para otorgar la cautelar solicitada

La Sala B de la Cámara Federal de Córdoba resolvió congelar el precio de las cuotas de un autoplán, tal como lo había solicitado un jubilado.

En el caso "Villalba del Boca, Jorge Domingo c/ F.C.A SA de Ahorro para Fines Determinados y otros s/Ley de Defensa del Consumidor" los jueces Abel Sánchez Torres, Luis Rueda y Liliana Navarro confirmaron la resolución dictada en junio de 2019 por el juez federal de Río Cuarto, quien hizo lugar a la medida cautelar peticionada por el accionante y ordenó a la demandada que retrotraiga el valor de la cuota en cuestión, a los valores facturados al día 10/04/2018.

Como ya es casi habitual en el país, el valor de las cuotas del plan que inicialmente pagaba fue sufriendo aumentos desmedidos, llegando a 320% en el lapso de un año. 

En su presentación, el accionante remarcó que el cumplimiento de las obligaciones, atento que afrontar el pago de valor de las cuotas en la actualidad le insume una parte sustancial de su haber jubilatorio.

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