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Cuáles son las características de los derechos humanos

Conocé las definiciones y características de los derechos humanos en la Argentina. Cómo surgieron y de dónde provienen estos conceptos
12/09/2021 - 07:22hs
Cuáles son las características de los derechos humanos

En la Argentina existe una larga tradición de defenderlos, pero no siempre conocemos el origen, definición y características de los derechos humanos

En este artículo ampliaremos sobre algunas determinaciones ampliamente aceptadas en occidente acerca de este tema.

Características de los Derechos Humanos: orígen y definiciones

Características de los derechos humanos: Declaración Universal de los Derechos Humanos
Características de los derechos humanos: Declaración Universal de los Derechos Humanos

La Declaración Universal de los Derechos Humanos es un documento que marca un hito en la historia de la humanidad y de la jurisprudencia a nivel mundil.

Fue elaborada por representantes de todas las regiones del mundo con diferentes antecedentes jurídicos y culturales y se proclamó finalmente en la Asamblea General de las Naciones Unidas en París, el 10 de diciembre de 1948 como un ideal común para todos los pueblos y naciones.

Según el preámbulo de la Declaración, los derechos fundamentales de los seres humanos como la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana, al tiempo que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad.

Por otro lado, destaca que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad.

Otro de los puntos clave es que los Estados Miembros se comprometieron a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre.

La Declaración establece, por primera vez en la Historia, cuáles son los derechos humanos fundamentales que deben protegerse en el mundo entero, por eso ha sido traducida a más de 500 idiomas

Como son una temática apasionante y tan ampliamente discutida y tratada hace años, hay diferentes definiciones de mayor y menor profundidad sobre lo que implica este concepto.

Para la Agencia de Naciones Unidas, por ejemplo, los derechos humanos son los que tenemos básicamente por existir. Una de las características es que no están garantizados por ningún estado en particular, sino que son inherentes a todos los miembros de la humanidad, con independencia de la nacionalidad, género, origen étnico o nacional, color, religión, idioma o cualquier otra condición.

A la vez, según la ONU, varían desde los más fundamentales —a la vida, por ejemplo— hasta los que dan valor a la existencia, como los derechos a la alimentación, a la educación, al trabajo, a la salud y a la libertad.

Otros expertos consignan que la noción se corresponde con la afirmación de la dignidad de la persona frente al Estado.

Esto quiere decir que el poder público debe ejercerse al servicio del ser humano: no puede ser empleado lícitamente para ofender atributos inherentes a la persona y debe ser vehículo para que ella pueda vivir en sociedad en condiciones cónsonas con la misma dignidad que le es consustancial.

En ese marco, estas definiciones postulan que las sociedades reconocen en el Derecho que todo ser humano, por el hecho de serlo, tiene derechos frente al Estado, que debe de respetar y garantizar o bien está llamado a organizar su acción a fin de satisfacer su plena realización.

Estos derechos, atributos de toda persona e inherentes a su dignidad, que el Estado está en el deber de respetar, garantizar o satisfacer son los que hoy conocemos como derechos humanos.

El debate sobre el concepto es largo, pero para eso es mejor conocer las definiciones que tienen valor legal en nuestro país.  

Características de los Derechos Humanos

Según el Ministerio de Justicia, estas son las características de los derechos humanos
Según el Ministerio de Justicia, estas son las características de los derechos humanos

En la Argentina, según se considera legal y jurídicamente, las siguientes son las características de los derechos humanos:

  • inherentes a los seres humanos: cada persona es titular de estos derechos, sin depender de ningún tipo de reconocimiento
  • universales: son de todas las personas, no importa las diferencias culturales, sociales, políticas.
  • intransferibles e inalienables: son propios de cada persona.
  • irrenunciables: la persona no puede renunciar a sus derechos.
  • incondicionales y obligatorios: se pueden ejercer con libertad.
  • inviolables: ninguna autoridad puede amenazar, lesionar o destruir los derechos humanos.
  • imprescriptibles: la persona los tiene toda la vida.
  • acumulativos y progresivos: no se pueden perder.
  • integrales e indivisibles: no se pueden dividir.
  • interdependientes y complementarios: todos están relacionados entre sí, y la vigencia de un derecho es condición para la plena realización de los otros.

Esto es lo que resume sobre las características de los derechos humanos Derecho Fácil, el portal que depende del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y que cuenta con un glosario de términos y conceptos.

También vale la pena reconocer que en la Argentina toman como referencia la Declaración de Viena y Programa de Acción adoptada por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos de Viena del año 1993. 

Principales características de los derechos humanos

La universalidad, la inalienabilidad, la interdependencia son características de los derechos humanos
La universalidad, la inalienabilidad, la interdependencia son todas características de los derechos humanos

Como vimos, las características en todo el mundo son muchas y variadas. Están diseñados para proteger la vida y la dignidad de las personas. Ahora bien, es conveniente profundizar en algunas.

Según la Agencia especializada de las Naciones Unidas, una de las principales características es la universalidad. Este principio es la piedra angular en el derecho internacional.

La universalidad supone que todas las personas tienen el mismo derecho a gozar de estos derechos. Este principio, como se recalcó primero en la Declaración Universal de Derechos Humanos, se repite en numerosas convenciones, declaraciones y resoluciones internacionales, porque es una de las principales características.

Por otra parte, la de inalienabilidad. Esto significa que estos derechos no deberían suprimirse, a excepción de situaciones concretas y conforme a un procedimiento adecuado. Por ejemplo, el derecho a la libertad puede restringirse si una persona es declarada culpable de un delito por un tribunal de justicia.

Que sean inalienables hace referencia también a la imposibilidad de transmitirlos, cederlos o venderlos a otra persona o cualquier entidad.

Es un concepto que desarrolló el filósofo británico John Locke en el siglo XVII, quien en aquella época temía que hubiera personas que, por alguna razón, decidieran desprenderse de sus derechos o venderlos.

Por ello, propuso que fueran inalienables, y esa es hasta el día de hoy una de las principales características de los derechos humanos. En resumen, la inalienabilidad implica la imposibilidad de la renuncia por parte de sus titulares.

Características de los derechos humanos: ¿por qué se defiende la universalidad?
Características de los derechos humanos: ¿por qué se defiende la universalidad?

Otra de las principales características es que son indivisibles e interdependientes. Esto significa que un conjunto de derechos no puede disfrutarse plenamente sin los otros.

Por ejemplo, avanzar en los civiles y políticos facilita el ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales. De igual modo, la violación de los económicos, sociales y culturales puede redundar negativamente en muchos otros derechos, según indica la ONU en su sitio web.

Generalmente se habla de estas dos características en conjunto porque son complementarias. Pero la indivisibilidad implica que cada derecho está vinculado al resto de tal modo que negarse a reconocer uno o privar de él, pone en peligro el mantenimiento del resto.

Por otra parte, el principio de interdependencia se refiere al hecho de que no existe ninguna jerarquía, y que están relacionados entre sí de forma tal que es imposible su plena realización sin la satisfacción simultánea de los otros.

¿Por qué cuando se habla de características se dice que deben ser equitativos y no discriminatoriosPorque la ausencia de discriminación, establecida en el artículo 2 de la mencionada declaración, es lo que garantiza esta igualdad.

La no discriminación trasciende todo el derecho internacional. Este principio está presente en los principales tratados. Asimismo, supone el tema central de dos instrumentos fundamentales: la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujeres.

Debates sobre las características de los derechos humanos

No todas las características de los derechos humanos son reconocidas universalmente

Si bien la Declaración de Derechos Humanos es universal, en muchos lugares son cuestionadas las características por ser incompatibles con las leyes o con los usos y costumbres de determinados lugares. 

Por ejemplo, una de las características puestas en cuestionamiento es la de la universalidad, bajo el argumento que los derechos humanos se deben interpretar dentro de las distintas culturas, de forma que estas podrían matizar o alterar los principios contenidos en la Declaración Universal.

Por lo tanto, en el marco de esa visión, los derechos humanos no serían siempre los mismos, sino que variarían en función de los contextos culturales. Es la postura conocida como "relativismo cultural".

El ejemplo más nítido y actual es el de los países islámicos, que defienden la necesidad que los derechos humanos no entren en discordancia con la Ley Islámica.

Éste es justamente uno de los motivos por el que las Naciones Unidas defienden la universalidad del derecho a la educación y a la información, en la misma medida que algunos gobiernos defensores del relativismo cultural, lo restringen.

También es común que se presenten objeciones a otras características, como al principio de indivisibilidad, argumentando que algunos son prioritarios por sobre otros.

Cuando se preparaba el texto de la Declaración Universal, bajo la realidad de la "guerra fría", estas discrepancias se pusieron de manifiesto en la prioridad que asignaban las democracias occidentales a los derechos civiles y políticos, y la presión de los países socialistas para que se reconocieran e incluyeran los derechos económicos y sociales.

En la actualidad estas discrepancias son lo que podemos llamar "relativismo ideológico".

Día Internacional de los derechos humanos

Características de los derechos humanos: la ONU los celebra en su día
Características de los derechos humanos: la ONU los celebra en su día a nivel mundial

Además de profundizar en los conceptos y las principales características, es importante conocer que esta importante normativa que se aplica a nivel mundial tiene también su propio día en el calendario. 

El Día Internacional de los Derechos Humanos fue establecido por la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU) en 1950, para difundir los valores consagrados en la Declaración Universal realizada por ese mismo organismo en 1948.

Y se eligió como fecha conmemorativa del Día Internacional de los Derechos Humanos el 10 de diciembre, el mismo en el que la Asamblea en 1948 adoptó la mencionada declaración.