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Renunció Elena Highton de la Corte Suprema: paso a paso, así es el procedimiento para elegir a un nuevo juez

Sin mencionar los motivos, la jueza de concluye un período de 17 años como miembro del máximo tribunal. Cómo es la normativa para cubrir la vacante
05/10/2021 - 19:05hs
Renunció Elena Highton de la Corte Suprema: paso a paso, así es el procedimiento para elegir a un nuevo juez

La ministra de la Corte Suprema de Justicia, Elena Higton de Nolasco, presentó este martes su renuncia al alto tribunal a través de una carta dirigida al presidente Alberto Fernández.

"Tengo el agrado de dirigirme al Señor Presidente de la República, con el objeto de presentar mi renuncia al cargo de Jueza de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con efectos a partir del 1 de noviembre del corriente año", señala la misiva fechada el 30 de septiembre pero conocida hoy a través del Centro de Información Judicial (CIJ).

Sin mencionar los motivos, la jueza de 78 años concluye así un período de 17 años como miembro del máximo tribunal y luego de haber conseguido una extensión del límite de 75 para ser ministra, que avaló la misma Corte.

Con la renuncia de Higton, la Corte se queda con cuatro miembros y sin mujeres luego del fallecimiento de Carmen Argibay en 2014.

La ministra de la Corte Suprema de Justicia presentó este martes su renuncia al alto tribunal

Cómo se designa a un nuevo integrante de la Corte Suprema

El sistema de designación de jueces de la Corte Suprema de Justicia requiere en primer lugar de la propuesta de un candidato por parte del Poder Ejecutivo y luego del aval de al menos dos tercios de los miembros del Senado presentes a la hora de la votación.

El régimen está previsto en la Constitución Nacional y un decreto de 2003 vinculados con el proceso para cubrir vacantes en el máximo tribunal, como la que se producirá el próximo 1 de noviembre, cuando se haga efectiva la renuncia que presentó la ministra Elena Highton de Nolasco.

Según la legislación vigente, producida una vacante en la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el Poder Ejecutivo puede comenzar con el proceso, siempre y cuando tenga a un candidato.

Una vez que el Poder Ejecutivo tiene el candidato, se publicará su nombre y los antecedentes curriculares en el Boletín Oficial en un plazo máximo de 30 días, y en por lo menos dos diarios de circulación nacional durante tres días.

Además, el nombre del candidato a ocupar la vacante en la Corte se difundirá en la página oficial de la red informática del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

El candidato, a su vez, deberá presentar una declaración jurada patrimonial y adjuntar otra declaración en la que incluirá cuestiones que puedan ser evaluadas ante la existencia de incompatibilidades o conflictos de intereses.

Qué pasa después de la publicación de la candidatura

Con la renuncia de Higton, la Corte se queda con cuatro miembros y sin mujeres

Durante quince días desde la publicación de la candidatura en el Boletín Oficial se podrán presentar ante el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos observaciones y apoyos.

Además, el Ministerio de Justicia, en el mismo lapso, podrá requerir la opinión de organizaciones de relevancia en el ámbito profesional, judicial, académico, social, político y de derechos humanos, respecto al candidato.

Cumplidos los plazos, el Poder Ejecutivo, si así lo resuelve, elevará el nombre del postulante al Senado.

Una vez en la Cámara alta, los pliegos serán ingresados en sesión ordinaria y se dará a conocer al candidato mediante una publicación en el sitio de internet del Senado, en el Boletín Oficial y en los dos diarios de mayor circulación del país, durante dos días, con una antelación no menor de quince días corridos de la fecha de celebración de la audiencia pública.

En ese lapso se abre un registro para recibir observaciones y apoyos y, una vez vencido el plazo, la Comisión de Acuerdos debe evaluar cada presentación durante tres días corridos y girar al postulante aquellas sobre las que él deba realizar alguna aclaración.

La Comisión, además, fijará entonces la fecha para la realización de la audiencia pública ante la cual el candidato deberá entrevistarse con los senadores.

Finalizada la audiencia con los senadores, se pasará a la firma el dictamen que, de conseguir el número suficiente, estará listo para ser debatido en sesión.