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¿Qué es el período de prueba en el contrato laboral?

La LCT en su artículo 92 bis establece que todo contrato por tiempo indeterminado, se entenderá celebrado a prueba durante los primeros 3 meses de vigencia
21/06/2022 - 11:03hs
¿Qué es el período de prueba en el contrato laboral?

El periodo de prueba es la etapa inicial de un contrato de trabajo donde el empleador puede evaluar al nuevo trabajador, sus aptitudes y su capacidad para desenvolverse en el puesto laboral pero, además, es una posibilidad para el trabajador de poder apreciar el ámbito laboral y las tareas que deberá llevar a cabo.

La Ley de Contrato de Trabajo en su artículo 92 bis establece que, todo contrato por tiempo indeterminado, se entenderá celebrado a prueba durante los primeros 3 meses de vigencia, pudiendo las partes, durante ese plazo, extinguir la relación sin expresión de causa ni de indemnización, debiendo dar un preaviso de 15 días o en su defecto, una indemnización equivalente.

Reglas a tener en cuenta:

  • 1) Como primera regla podemos decir que este periodo de prueba solo aplica a los contratos por tiempo indeterminado, no así para los contratos a plazo fijo, eventuales o de temporada.
  • 2) El empleador debe registrar correctamente al trabajador que comienza su relación laboral por el periodo de prueba desde el primer día que comienza a prestar tareas, conforme reglamentaciones de AFIP. Caso contrario, sin perjuicio de las consecuencias que deriven de ese incumplimiento, se entenderá de pleno derecho que ha renunciado a dicho periodo.
  • 3) El empleador, no puede contratar a un mismo trabajador más de una vez utilizando el periodo de prueba, de hacerlo se considera automáticamente que el empleador ha renunciado al periodo de prueba. Asimismo, el uso abusivo del período de prueba con el objeto de evitar la efectivización de trabajadores será pasible de las sanciones previstas en los regímenes sobre infracciones a las leyes de trabajo. En especial, se considerará abusiva la conducta del empleador que contratare sucesivamente a distintos trabajadores para un mismo puesto de trabajo de naturaleza permanente.
  • 4) Las partes tienen los derechos y obligaciones propias de la relación laboral, con las excepciones que se establecen en este artículo. Tal reconocimiento respecto del trabajador incluye los derechos sindicales.
  • 5) Las partes están obligadas al pago de los aportes y contribuciones a la Seguridad Social.
  • 6) El trabajador tiene derecho, durante el período de prueba, a las prestaciones por accidente o enfermedad del trabajo. También por accidente o enfermedad inculpable, que perdurará exclusivamente hasta la finalización del período de prueba si el empleador rescindiere el contrato de trabajo durante ese lapso. Queda excluida la aplicación de lo prescripto en el cuarto párrafo del artículo 212. (Incapacidad absoluta).
  • 7) El período de prueba, se computará como tiempo de servicio a todos los efectos laborales y de la Seguridad Social.

Tal como menciona el artículo, cualquiera de las partes podrá extinguir la relación durante los primeros 3 meses de vigencia del contrato, sin expresión de causa, sin derecho a indemnización pero con la obligación de dar un preaviso de 15 días, en su defecto, la indemnización que lo reemplace.

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El periodo de prueba es la etapa inicial de un contrato de trabajo donde el empleador puede evaluar al nuevo trabajador

¿De qué se trata este preaviso?

El preaviso es "una obligación de hacer que consiste en comunicar anticipadamente la voluntad extintiva unilateral del contrato de trabajo por tiempo indeterminado" (ACKERMAN, Mario Eduardo y SFORSINI, Maria Isabel. Ley de Contrato de Trabajo Comentada. 2ª ed. actualizado. Tomo III. Santa Fe. RubinzalCulzoni. Año 2019. Pág. 88).

En la práctica suele suceder que el empleador decide extinguir la relación laboral sin hacer uso de este preaviso de 15 días pero, luego debe abonar la indemnización sustitutiva del preaviso, equivalente a los 15 días, junto con la liquidación final.

En síntesis, podemos decir que la relación laboral empieza el día que se registra al trabajador en la AFIP y en ese momento comienza el periodo de prueba.

Si el empleador no registra la relación laboral, no puede usar el periodo de prueba.

Una vez transcurrido el período de prueba, se presume que la relación laboral continúa y que lo hará por tiempo indeterminado.

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