En plena lucha contra las prepagas, el Gobierno reglamentó el programa de Clemencia: de qué trata

Esta herramienta se encuentra prevista en la ley 27.442 de Defensa de la Competencia, vigente desde el 2018 y ahora fue reglamentada
28/05/2024 - 13:49hs
En plena lucha contra las prepagas, el Gobierno reglamentó el programa de Clemencia: de qué trata

En plena disputa con las prepagas, mediante una resolución de la Secretaría de Industria y Comercio, el Gobierno Nacional reglamentó el Programa de Clemencia, una figura que concede el beneficio de exención o reducción de multas a aquellas personas, humanas o jurídicas, que reconozcan una conducta anticompetitiva ante la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC).

Esta herramienta se encuentra prevista en la ley 27.442 de Defensa de la Competencia, vigente desde el 2018.

La reglamentación del programa se da luego de que el Gobierno hiciera retrotraer a las empresas de medicina prepaga el valor de la cuota a la de diciembre pasado y los recalculen a partir de una nueva fórmula (ajuste máximo en abril del 93,3% y en mayo del 114,6%).

Programa de clemencia: de qué se trata

Según explicó el Gobierno nacional a través de un comunicado, "la Clemencia otorga la posibilidad de que las empresas puedan reducir las sanciones por sus conductas perjudiciales para la competencia, como la conformación de carteles y acuerdos de precios abusivos, si denuncian y colaboran con la CNDC en la investigación de dicha práctica. Un aspecto que también dotará de mayor transparencia y eficiencia al mercado".

La figura se asemeja a la ley del "arrepentido" que permite reducir la pena por el delito cometido si la persona colabora con la causa.

Los programas de Clemencia se aplican en todos los países que tienen una sólida política de Defensa de la Competencia, como México, Brasil, Uruguay y España, donde existe esta medida desde hace más de 20 años con resultados muy exitosos, añadió.

En plena lucha contra las prepagas, el Gobierno reglamentó el programa de Clemencia: de qué trata

En Latinoamérica, por ejemplo, el 47% de las investigaciones a carteles comenzaron gracias a programas de Clemencia, según un estudio de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). Un caso concreto es el de Brasil, donde a partir de la reglamentación del beneficio de Clemencia en el año 2000, en materia civil, comercial y administrativa, se incrementó significativamente la detección de carteles. De 60 casos analizados entre 2015 y 2019, 36 provenían de programas de Clemencia.

La medida construye un marco de incentivos para que las empresas denuncien acuerdos abusivos y previene la conformación de los mismos.

Prepagas: devolución del dinero y denuncia por prácticas anticompetitivas

Finalmente, las empresas de medicina prepagan devolverán parte de los montos que habían cobrado de más a sus afiliados durante los primeros meses del año en doce cuotas, las que se irán actualizando de acuerdo con la tasa pasiva de plazo fijo del Banco Nación.

Esto fue acordado esta tarde, tras la audiencia que se llevó a cabo en el Juzgado Civil y Comercial Federal N°3 a cargo del juez Juan Rafael Stinco. También se incorporarán a aquellas personas que se hayan dado de baja en los últimos meses, sin darle ninguna penalidad. 

Fueron 23 las compañías de medicina prepaga incluidas en el amparo contra el exceso de los aumentos presentado por la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS), más otras 18 que incluyó el juez Juan Rafael Stinco: es decir, un total de 41 empresas eran la que debían presentar hoy la propuesta en el Juzgado Civil y Comercial Federal 3.

Además, en la reunión dieron como sugerencia que se baje la investigación a las prepagas por cartelización que inició la Secretaría de Comercio y liberar los precios desde octubre en la audiencia convocada por la Justicia.

Estas 12 cuotas están ajustadas por el Índice de costos de Salud y, aprobado por la Resolución 1293/2022 del Ministerio de Salud, y el Índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), el tope previsto en el artículo 1º del Decreto Nº743/22 y el valor correspondiente a 6 salarios mínimos, vitales y móviles, según el Decreto 743/2022 y la Resolución 2577/2022.

También presentaron una propuesta para indexar los próximos meses, diferente a la que marcaba el amparo presentado por la Superintendencia de Seguros de la Salud y la decisión de la Secretaría de Comercio, que se guiaba por el índice de precios al consumidor (IPC) del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).

En este caso, pretenden que la cuota de junio se debe ajustar por el IPC y de julio a septiembre por el 95% de ese mismo cálculo. De esta manera, si la inflación un mes es del 10%, la cuota sube 9,5%.

Temas relacionados