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Reforma laboral: el Gobierno apura el proyecto y apunta contra las indemnizaciones

La CNV dio lugar al proceso para crear los instrumentos financieros compatibles con el mecanismo que pone fin a las indemnizaciones
Por L.C.
LEGALES - 03 de Junio, 2025

La Comisión Nacional de Valores (CNV) publicó la Resolución General 1066/25, mediante la cual se establecen los lineamientos regulatorios para el desarrollo de instrumentos financieros orientados a respaldar los eventuales fondos de cese laboral. La medida responde a lo dispuesto por el artículo 96 del capítulo III de la Ley Bases, sancionada en julio de 2024, y forma parte del nuevo esquema voluntario que reemplazaría al sistema de indemnizaciones vigente en la Ley de Contrato de Trabajo.

El nuevo modelo contempla la posibilidad de sustituir el pago de una indemnización tradicional —calculada en base a un salario por cada año trabajado para el caso de despido sin causa— por un fondo de carácter previsional, cuya implementación estará sujeta a acuerdos entre sindicatos y cámaras empresarias, quienes deberán incorporarlo explícitamente en los convenios colectivos de trabajo.

La norma impulsada por la CNV no obliga a ninguna organización a implementar este tipo de fondo, sino que sienta las bases para su eventual adopción, desarrollando los instrumentos financieros que lo harían operativo en caso de que se lo incorpore en el marco de negociaciones laborales sectoriales.

¿Chau indemnizaciones?: un mecanismo alternativo

El esquema propuesto se asemeja al modelo vigente en el sector de la construcción, regulado por la ley 22.250 de 1980, que establece un fondo de cese laboral para trabajadores nucleados en la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA). En ese caso, las empresas realizan un aporte mensual del 12% del salario durante el primer año de relación laboral, porcentaje que se reduce al 8% a partir del segundo año. El monto acumulado es transferido al trabajador cuando finaliza el vínculo, sin importar la causa.

Ese modelo reemplaza el régimen de preaviso e indemnización regulado por la Ley de Contrato de Trabajo y responde a la alta rotación del empleo en el sector, caracterizado por su naturaleza discontinua. En esa línea, la Ley Bases habilita la incorporación voluntaria de sistemas similares en otros sectores mediante la negociación colectiva.

Instrumentos financieros y actores involucrados

La Resolución 1066/25 de la CNV se enmarca en lo estipulado por el decreto reglamentario 847/2024, que detalla las modalidades y tipos de fondos que podrán utilizarse para administrar los aportes realizados por los empleadores. Entre las opciones se contemplan sistemas individuales de cancelación, fondos de cese individuales o colectivos y seguros laborales también de tipo individual o colectivo.

Para estos mecanismos, la normativa habilita tres tipos de estructuras financieras: cuentas bancarias específicas, fondos comunes de inversión abiertos de cese laboral (FCI) y fideicomisos financieros. La CNV será el organismo responsable de definir las pautas de inversión, las limitaciones de exposición y los criterios de diversificación que deberán respetar estos instrumentos, con el objetivo de preservar el capital aportado.

En este sentido, la resolución especifica que las sociedades gerentes de los FCI no podrán concentrar más del 30% del patrimonio del fondo en una misma industria. Además, se establecen normas para la creación de fideicomisos financieros conforme a lo previsto en el Código Civil y Comercial, brindando un marco normativo detallado para el desarrollo de productos financieros vinculados al empleo.

Proceso normativo

La resolución publicada por la CNV no pone en marcha de forma inmediata el nuevo sistema, sino que inicia el procedimiento administrativo de "Elaboración Participativa de Normas". Para ello, se designó a los abogados Aldeco, Matorras y Rodríguez, quienes estarán a cargo del diseño y evaluación de las pautas regulatorias definitivas. Este procedimiento se rige por la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos y habilita la recepción de aportes y observaciones por parte de los sectores interesados.

Hasta el momento, no se han iniciado negociaciones colectivas concretas para incorporar esta modalidad en otros convenios más allá del caso vigente en el sector de la construcción. No obstante, el sindicato de Comercio manifestó su interés en evaluar el mecanismo en diciembre de 2023, en el marco de un encuentro entre su secretario general, Armando Cavalieri, y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.

Aquella declaración de intención generó tensiones dentro de la conducción de la Confederación General del Trabajo (CGT), dado que la central sindical mantenía entonces una postura crítica frente al Decreto de Necesidad y Urgencia 70/23, donde también se contemplaba una reforma del régimen de indemnizaciones. Desde entonces, las relaciones entre el sindicato mercantil y el Ministerio de Capital Humano se vieron afectadas, especialmente tras la falta de homologación del último acuerdo paritario alcanzado con las cámaras del sector.

Escenarios posibles

La publicación de la resolución de la CNV puede interpretarse como una herramienta técnica de preparación en caso de que algún gremio decida avanzar con la incorporación del fondo de cese laboral en su convenio colectivo. También podría interpretarse como una señal política que busca reafirmar el interés del Poder Ejecutivo en implementar una reforma más amplia en el régimen laboral argentino.

En paralelo, el principal proyecto legislativo vinculado a esta temática, impulsado por la diputada Romina Diez, aún no ha sido tratado en el Congreso. El texto establece un marco normativo para que los fondos de cese laboral reemplacen al sistema de indemnización tradicional, y es uno de los ejes del paquete de reformas que el Poder Ejecutivo busca aprobar durante el segundo semestre de 2025.

Mientras tanto, el desarrollo de estos instrumentos financieros por parte de la CNV configura un paso previo para la eventual implementación del nuevo sistema, a la espera de definiciones tanto en el plano legislativo como en la negociación colectiva de cada sector. La resolución no implica la puesta en marcha inmediata de ningún cambio contractual en las relaciones laborales, pero abre la puerta a transformaciones estructurales si se alcanza consenso entre las partes involucradas.

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