FALLO

Lo echaron por tomar mate en el trabajo: ahora lo deberán indemnizar

Durante el juicio, el trabajador señaló que tomar mate era una práctica habitual entre los empleados, incluso por parte del propio empleador
Por iProfesional
LEGALES - 18 de Junio, 2025

Un tribunal de Río Negro consideró injustificado y desproporcionado el despido de un panadero que fue echado por tomar mate durante su jornada laboral. La empresa deberá pagarle una indemnización completa, además de entregarle los certificados laborales.

El hecho ocurrió en julio de 2020, en plena vigencia de las restricciones más estrictas por la pandemia de Covid-19. El trabajador, que se desempeñaba como repartidor en una panadería de Cipolletti desde 2017, fue filmado por el dueño mientras tomaba mate en el área de elaboración. En el video, también se lo ve compartiendo la infusión con un compañero y apoyando el recipiente sobre la mesa de trabajo.

La empresa argumentó que ese comportamiento violaba las normas sanitarias internas, ya que el mate compartido podría implicar riesgos de contagio por la saliva o la presencia de restos de yerba en áreas de manipulación de alimentos. El 7 de octubre de 2020, fue despedido verbalmente y luego formalmente a través de una carta documento, apoyándose en una prohibición comunicada al personal tres meses antes.

La cultura del mate y el fallo judicial

Durante el juicio, el trabajador señaló que tomar mate era una práctica habitual entre los empleados, incluso por parte del propio empleador. El tribunal reconoció este hecho como una costumbre cultural profundamente arraigada, y observó que no había antecedentes disciplinarios ni advertencias previas que justificaran una sanción tan extrema.

La sentencia resaltó la falta de aplicación del principio de progresividad, que exige a los empleadores aplicar sanciones graduales antes de llegar al despido. Esta omisión fue clave para determinar que la medida fue desmedida.

Indemnización y reparación

El fallo concluyó que el despido fue sin causa justificada y ordenó el pago de una indemnización total de $207.632,91, que contempla:

  • Indemnización por antigüedad
  • Preaviso y Sueldo Anual Complementario (SAC)
  • Integración del mes de despido con SAC
  • Salario correspondiente a los días trabajados en octubre de 2020
  • SAC proporcional del segundo semestre
  • Vacaciones no gozadas

Además, la empresa deberá entregar los certificados laborales, indispensables para que el trabajador pueda reinsertarse en el mercado formal.

Este fallo no sólo representa una reparación económica, sino que también marca un límite sobre cómo deben aplicarse las normas sanitarias en contextos laborales, especialmente cuando entran en juego prácticas culturales y derechos laborales fundamentales.

¿Qué rol juegan las sanciones previas?

Antes de despedir por una falta grave, la ley exige aplicar el principio de progresividad, es decir, agotar instancias de advertencia o sanciones menores si corresponde. La falta de antecedentes disciplinarios puede ser un factor que incline la balanza en favor del trabajador.

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