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ALERTA

¿Peligran las paritarias de Empleados de Comercio? Una cámara empresaria objetó aportes adicionales

Mayoristas cuestionan aportes obligatorios en las paritarias de empleados de comercio y proponen que los fondos se depositen directamente en los salarios
Por L.C.
27/06/2025 - 08:07hs
empleados de comercio

La Cámara Argentina de Distribuidores y Autoservicios Mayoristas (CADAM) solicitó formalmente a la Secretaría de Trabajo que no homologue el nuevo acuerdo paritario del sector comercio si continúa incluyendo aportes considerados "autobeneficios" para sindicatos y cámaras empresarias firmantes del convenio. Desde la cámara advirtieron que estos costos no solo encarecen las relaciones laborales, sino que distorsionan el monto salarial real y afectan la competitividad del sector.

CADAM explicó que los aportes cuestionados financian estructuras gremiales y empresariales, y solicitó que, en caso de homologación, quede aclarado que el aporte al Instituto Argentino de Capacitación Profesional (INACAP) debe ser voluntario, excepto en Avellaneda y Lanús, donde es obligatorio por disposición judicial. Esta aclaración apunta a evitar que continúen reteniéndose fondos sin un respaldo legal generalizado.

El aporte obligatorio al INACAP es de $4.725,02 por empleado y se abona en concepto de capacitación, incluso cuando el trabajador no recibe formación alguna. Este aporte representa aproximadamente el 0,5% del salario para la categoría Maestranza A y es administrado por gremios y cámaras empresarias firmantes del convenio, según denunció CADAM.

A pesar del decreto 149/2025, que prohíbe los aportes obligatorios a cámaras empresarias, el INACAP informa que su contribución continúa siendo obligatoria, lo que genera cuestionamientos sobre el cumplimiento normativo y la transparencia en la gestión de esos fondos.

Petición para eliminar aportes por COVID-19 y seguro de retiro

Otra de las demandas centrales de CADAM es la eliminación del aporte solidario por COVID-19 a la obra social OSECAC, vigente desde el convenio colectivo de abril de 2021. Este aporte tiene un valor de $5.500 por empleado y se cobra incluso si el trabajador no está afiliado a esa obra social.

Los mayoristas argumentan que el aporte perdió su sentido original, pues su finalidad estaba relacionada con la emergencia sanitaria, y hoy se mantiene sin justificación. Por eso, piden que se elimine esta contribución, calificándola de insostenible para los comerciantes.

Además, la cámara criticó el seguro complementario de retiro obligatorio "La Estrella", que obliga a pagar un 2,5% del salario de cada empleado desde hace más de 30 años. Según CADAM, el beneficio se alcanza solo con al menos 20 años de aportes, pero muchos trabajadores cambian de sector y no completan ese período.

Los trabajadores que rescatan fondos tras ser despedidos reciben únicamente el 50% de lo aportado, ya que el resto permanece en el sistema solidario. Por esta razón, la cámara propone que los aportes sean depositados directamente en la cuenta del trabajador para que él decida su destino.

Empleados de Comercio: impacto de los aportes en el salario real y la competitividad

El planteo de CADAM busca transparentar y ajustar los componentes del salario real, que hoy se encuentran afectados por costos que no revierten directamente en beneficios para los empleados. Según la cámara, los aportes obligatorios aumentan el costo laboral, reducen la competitividad del sector y financian estructuras gremiales y empresariales.

El reclamo se inscribe en un debate más amplio sobre la composición del salario y las cargas sociales en Argentina, donde la relación entre empresarios, sindicatos y el Estado define el marco de las negociaciones paritarias. Para CADAM, eliminar estos aportes y otorgar mayor libertad a los empleados sobre el destino de sus ingresos favorecería tanto a los trabajadores como al sector mayorista.

Además, la cámara solicitó a la comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Diputados que acelere la emisión de un dictamen para evitar que estos costos ocultos reaparezcan en futuras paritarias. La intención es lograr mayor claridad en la conformación salarial y evitar que cargas innecesarias continúen afectando al sector.

Este planteo abre la puerta a futuras discusiones sobre el modelo de financiamiento sindical y empresarial dentro de los convenios colectivos de trabajo, y cómo estos inciden en la estructura salarial y la competitividad de los sectores productivos.

Empleados de Comercio: cuánto cobrarán en julio 2025, con el último aumento

A continuación, incluimos el sueldo básico que cada categoría de empleados de comercio cobrará en julio:

Administrativos

  • Categoría A: $ 1.046.422
  • Categoría B: $ 1.051.189
  • Categoría C: $ 1.055.517
  • Categoría D: $ 1.068.507
  • Categoría E: $ 1.079.330
  • Categoría F: $ 1.095.207

Maestranza

  • Categoría A: $  1.036.968
  • Categoría B: $  1.038.917
  • Categoría C: $ 1.049.019

Cajeros

  • Categoría A: $ 1.050.563
  • Categoría B: $ 1.055.517
  • Categoría C: $ 1.062.012

Vendedores

  • Categoría A: $ 1.050.463
  • Categoría B: $ 1.072.117
  • Categoría C: $ 1.079.330
  • Categoría D: $ 1.095.207

Auxiliares Generales

  • Categoría A: $ 1.050.463
  • Categoría B: $ 1.057.679
  • Categoría C: $ 1.081.495

Auxiliares Especiales

  • Categoría A: $ 1.059.126
  • Categoría B: $ 1.072.114

Empleados de comercio: de cuánto es el bono que se arregló y cómo se paga

En el marco del entendimiento, también se definió el otorgamiento de un bono o suma fija no remunerativa, a abonarse en forma fraccionada.

La misma se abonó de la siguiente manera:

  • $35.000 pagaderos durante abril 2025,
  • $40.000 pagaderos durante el mes de mayo 2025,
  • $40.000 pagaderos durante el mes de junio 2025. Estos últimos $40.000 se incorporarán a los básicos en su valor nominal, en el mes de julio de 2025.

Se aclara que los incrementos del acuerdo en cuestión no son vinculantes para los acuerdos salariales que pudieran suscribirse en el ámbito de la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego, sin perjuicio de que las sumas resultantes de los incrementos pactados constituyan el mínimo convencional vigente a partir de la homologación

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