• 13/11/2025

Empresa de seguros, en jaque: la Justicia ordenó que deje de operar

Se trata de Latin American Seguros, a quien también se le ordenó la inhibición de bienes. Vínculo clave con la mega estafa de Wenance
25/09/2025 - 16:00hs
SSN

La Superintendencia de Seguros de la Nación, que conduce Guillermo Plate, decidió liquidar a la empresa Latin American Seguros S.A. por graves incumplimientos. Una nueva aseguradora que no cumple con las estrictas disposiciones que está controlando el organismo regulador de la actividad del seguro.

En la Resolución 499/2025 se lee que "la entidad reconoció no contar con el mínimo de prima emitido por rama, conforme lo exige las normas (...) a los efectos de mantener la autorización para operar, las aseguradoras deberán acreditar al cierre de cada estado contable trimestral una emisión total superior al CINCO POR CIENTO (5%) de su capital mínimo a acreditar". Capital que no se acreditó por lo que se le revocó la posibilidad de operar.

Latin American Seguros no podrá operar por orden de la Justicia

Además, se le ordenó una inhibición de bienes. En este sentido, se puede leer: "A efectos de proteger la garantía de los asegurados, corresponde disponer la prohibición de realizar actos de disposición de las inversiones de la entidad". Por lo que la SSN resolvió en dos artículos: "Prohibir a LATIN AMERICAN SEGUROS S.A. realizar actos de disposición respecto de sus inversiones, acuyos efectos se dispone su INHIBICIÓN GENERAL DE BIENES, debiéndose oficiar a las instituciones que corresponda".

Y en el artículo 3º de la Resolución señaló que es necesario "hacer saber a los miembros de los Órganos de Administración y Fiscalización de LATIN AMERICAN SEGUROS S.A. que la revocación de la autorización para operar en seguros implica su disolución automática y liquidación forzosa conforme lo previsto en los artículos 49 y 51 de la Ley N.º 20.091, por lo que deberán ajustar sus conductas a ello".

Ahora bien, la empresa tiene entre sus accionistas a Damián Andrés Marizza con un 3% de las participaciones y a Créditos al Río S.A. con el 97% restante, según se desprende de documentos oficiales.

Créditos al Río S.A. es una empresa mencionada en el expediente de la mega estafa de Wenance de Alejando Muszack que se encuentra en prisión preventiva en Argentina acusado de una estafa piramidal estimada en cerca de 150 millones de dólares a unos 2.000 acreedores.

Wenance forma parte de un grupo de empresas que ofrecía productos de inversión de alto rendimiento a numerosos inversores en España, Argentina y otros países de Latinoamérica, una actividad que ha sido objeto de investigaciones judiciales por la gestión de los fondos recaudados y que ha acabado con la detención de Muszak y otros directivos de su empresa fintech.

La empresa Créditos al Río se encuentra en concurso y, como explicó el Dr. Agustín Arechavala en una nota publicada en iProfesional, un año atrás, "Créditos Al Río denuncio en el expediente judicial ser garante de las obligaciones de la concursada Wenance, con lo que justificaría su propio concurso"

Ahora bien, tanto los acreedores afectados como las autoridades judiciales son conocedoras de una relación mucho más estrecha entre las dos empresas. En el caso concreto, ambas compañías revisten el carácter de Proveedores No Financieros De Crédito. Se trata de una categorización establecida por el Banco Central de la República Argentina (BCRA), que les autoriza únicamente a otorgar financiamiento en esta plaza comercial, pero que a diferencia de las Entidades Financieras, mantiene vedada para ellas la posibilidad de captar el ahorro público.

Para superar esta limitación, según se desprende del análisis realizado por la Jueza Paladin, ambas sociedades participaban del negocio de Wenance mediante la captación de inversiones y administración de los diferentes Fideicomisos, de manera tal que generaban recursos para los préstamos Fintech.

El experto señaló que "del entramado de Sociedades y Fideicomisos que servían de vehículo al negocio de los préstamos digitales, la juez a cargo de ambos concursos tiene en claro que ambas sociedades resultaban ser Fiduciantes; y también, Agente de Cobro, en los fideicomisos por ellas constituidos. De allí que considerara que esta maniobra sería ilegal en tanto se produce una captación de ahorro público para ser prestado al público, en tanto al mantener el control de los fondos que recibía de los deudores y decidir si los depositaba o no en la cuenta fiduciaria materializaba en los hechos un fideicomiso vacío, irregular o unilateral".

Para el análisis de la magistrada, "tampoco quedaría a salvo el 'Fiduciario', porque no podía ser ajeno a la cuestión y la estructura misma de la operación, y a posteriori las noticias relativas a las supuestas dificultades financieras del estructurador (Wenance, Créditos al Río) y su inacción, hablan de fallas en la "debida diligencia" ("due diligence"), en el cumplimiento adecuado de su deber de controlar o directamente en complicidad por omisión con Wenance y Créditos al Río".

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