• 4/12/2025
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La Superintendencia de Seguros suspendió operaciones de La Nueva Cooperativa de Seguros: los motivos

La SSN suspendió a La Nueva Seguros: no podrá emitir pólizas, hacer reaseguros ni administrar sus inmuebles, según la resolución 382.
25/07/2025 - 09:30hs
La Superintendencia de Seguros suspendió operaciones de La Nueva Cooperativa de Seguros: los motivos

La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) dispuso la suspensión de actividades de La Nueva Cooperativa de Seguros Limitada, una compañía reconocida del sector, a través de la resolución sintetizada 382 publicada este jueves 25 de julio en el Boletín Oficial. La medida implica la prohibición de celebrar nuevos contratos de seguros, realizar operaciones de reaseguro y efectuar actos de administración vinculados a sus bienes inmuebles.

Según lo dispuesto por el organismo regulador, La Nueva Cooperativa de Seguros deberá abstenerse de "celebrar nuevos contratos de seguro y realizar actos de administración respecto de sus inmuebles, debiendo abstenerse de celebrar contratos de locación, mutuo y/o cualquier otro que puedan afectarlos". Además, se le impide ejecutar cualquier tipo de reestructuración en sus operaciones de reaseguro.

La resolución se enmarca en las atribuciones legales conferidas a la SSN como autoridad de aplicación en materia de seguros, con el objetivo de garantizar el cumplimiento normativo de las entidades aseguradoras, preservar los intereses de los asegurados y mantener el orden del sistema asegurador nacional.

Suspensión de nuevos contratos y restricciones operativas

El texto de la resolución establece que la compañía queda inhabilitada para suscribir nuevos contratos de seguros de cualquier tipo. Esta disposición implica una interrupción inmediata en la incorporación de nuevos asegurados y en la comercialización de productos por parte de La Nueva Seguros.

Por otra parte, la empresa tampoco podrá ejecutar actos administrativos sobre sus propiedades inmuebles. Esto incluye la prohibición de celebrar contratos de locación, acuerdos de préstamo o mutuo, así como cualquier otro convenio que implique afectación o disposición de sus bienes registrables. La restricción apunta a resguardar el patrimonio de la aseguradora mientras dure la intervención del organismo de control.

En relación con las operaciones de reaseguro, la SSN fue explícita en ordenar que la empresa debe abstenerse de ejecutar cualquier innovación que signifique una operación de corte de responsabilidad o "cut off". Esta figura, habitual en contratos de reaseguro, permite extinguir la responsabilidad del reasegurador respecto de ciertos riesgos o siniestros anteriores a una fecha determinada. Según el texto oficial, la cooperativa tampoco podrá celebrar actos equivalentes "que comporten la exclusión de la responsabilidad del reasegurador".

Intervención legal y medidas complementarias

La Superintendencia delegó en su Gerencia de Asuntos Jurídicos la facultad de realizar los trámites legales y administrativos necesarios para poner en marcha la suspensión. En ese sentido, la resolución faculta a dicha área a confeccionar, firmar y diligenciar las presentaciones y oficios correspondientes ante las instancias pertinentes, en nombre de la SSN.

Hasta el momento de la publicación oficial, no se difundieron públicamente los motivos específicos que llevaron al organismo a adoptar la medida. Sin embargo, el tipo de restricciones impuestas se corresponde con situaciones de presunto incumplimiento normativo o de riesgo financiero que pueden comprometer la solvencia de la aseguradora o su capacidad operativa.

Cabe mencionar que, en casos similares, la SSN puede actuar de manera preventiva para resguardar a los asegurados y preservar el equilibrio del mercado. Estas medidas suelen formar parte de procesos de control más amplios, que pueden derivar en una eventual revocación de la autorización para operar, intervención directa o reorganización societaria.

Contexto de la aseguradora

La Nueva Cooperativa de Seguros es una empresa con presencia en varias provincias de Argentina y trayectoria dentro del sector asegurador nacional. Su oferta incluye productos orientados al ramo automotor, combinado familiar, accidentes personales y otras coberturas patrimoniales. La compañía forma parte del segmento de cooperativas, un tipo societario que coexiste con aseguradoras privadas y mutuales dentro del marco regulatorio vigente.

Hasta la entrada en vigor de la resolución 382, la empresa mantenía operaciones en distintas regiones del país a través de sucursales y agentes. La prohibición de emitir nuevas pólizas no implica, al menos por el momento, la interrupción de los servicios correspondientes a los contratos vigentes. Tampoco se menciona en el texto publicado una liquidación inmediata o cierre definitivo de la aseguradora, por lo que deberá aguardarse a nuevas definiciones por parte del ente regulador.

Supervisión y regulaciones en el sector

La Superintendencia de Seguros de la Nación es el organismo dependiente del Ministerio de Economía encargado de fiscalizar la actividad de las entidades aseguradoras y reaseguradoras del país. Entre sus funciones se encuentra el control del cumplimiento de las normas legales y reglamentarias, la verificación de la solvencia financiera de las empresas, la defensa de los derechos de los asegurados y la promoción de prácticas transparentes en el mercado.

El marco legal que rige las funciones de la SSN contempla herramientas como la suspensión de actividades, la intervención y la revocación de autorizaciones. Este tipo de medidas se aplica cuando existen elementos que podrían afectar el normal desenvolvimiento de una entidad, ya sea por cuestiones patrimoniales, técnicas o de gestión.

Las entidades alcanzadas por resoluciones de este tipo pueden presentar descargos ante la propia SSN y, en última instancia, recurrir a la vía judicial para impugnar las decisiones adoptadas.

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