• 13/11/2025

La Justicia cazó a gigante de los seguros por no cubrir los daños, tras un accidente de auto

Inhibida para celebrar nuevos contratos, La Nueva Seguros fue sancionada por la Cámara Nacional en lo Comercial por incumplimiento contractual
26/09/2025 - 15:36hs
Justicia

Roberto Contreras sufrió un accidente automovilístico con su Fiat Palio el 20 de enero de 2020, hace más de cinco años. Según su declaración testimonial, el rodado quedó totalmente destruido e inmediatamente cumplió con la denuncia del siniestro y la puesta a disposición del vehículo para su inspección.

Pasado cierto tiempo, la aseguradora La Nueva Cooperativa de Seguros no solo omitió responder de forma tempestiva, sino que también se negó a cubrir los daños, invocando la falta de una "destrucción total" del auto y retardando el pago correspondiente. Por ese motivo, Contreras decidió demandar a la compañía aseguradora, lo que significó un derrotero judicial que acaba de terminar con la decisión de la Sala C de la Cámara Nacional en lo Comercial.

Empresa de seguros, en la mira de la Justicia

Para las juezas Matilde Ballerini y Alejandra Tevez, la empresa no solo no acreditó la efectiva imposibilidad de comunicar al actor su respuesta tras la denuncia del siniestro, sino que incluso intentó poner en cabeza del consumidor las consecuencias de su reprochable inactividad. Ese accionar colocó al asegurado en un derrotero de reclamos y trámites para obligarlo a promover la acción judicial sobre la que emitieron el fallo.

Para las magistradas, se dilató de modo injustificado e innecesario la solución del reclamo y por ello confirmaron una multa civil contra La Nueva por cinco millones de pesos, que se produce por su conducta reprochable frente a un siniestro. El tribunal consideró acreditado que el rechazo extemporáneo de la cobertura colocó al consumidor en un derrotero innecesario de reclamos y lo forzó a litigar. Fundó la sanción en los artículos 8 bis y 52 bis de la LDC y destacó la gravedad del menosprecio por los derechos del asegurado.

Acerca de este último punto, el fallo fue contundente al analizar un monto punitivo a favor del cliente asegurado: "No corresponde evaluar el daño punitivo como una compensación extra hacia el consumidor afectado o como una especie de daño moral agravado. Antes bien, debe ponderarse muy especialmente la conducta del proveedor, su particular situación, la malignidad de su comportamiento, el impacto social que la conducta sancionada tenga o pueda tener, el riesgo o amenaza para otros potenciales consumidores, el grado de inmoralidad de la conducta reprochada y el de desprecio por los derechos del consumidor afectado".

La Nueva Seguros, ante una crisis interminable

A los reveses en la Justicia hay que sumarles las sanciones del organismo de contralor de la actividad aseguradora. La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), conducida por Guillermo Plate, viene de sancionar a la empresa por la presentación tardía de los balances.

La Resolución 456725 es un llamado de atención porque la compañía presentó fuera de término sus estados contables correspondientes al período cerrado el 31 de marzo de 2025.

En los considerandos, el organismo de control explica que la normativa vigente obliga a todas las aseguradoras a presentar estados contables intermedios en plazos estrictos, fijados en 45 días corridos tras el cierre de cada período. La falta de cumplimiento, como ocurrió en este caso, genera un serio obstáculo para la fiscalización oportuna por parte de la SSN y dificulta verificar la solvencia patrimonial de la compañía, un aspecto central para resguardar a asegurados y al sistema en su conjunto.

Ahora bien, La Nueva tiene prohibido celebrar nuevos contratos de seguros, administrar sus inmuebles y realizar actos sobre sus relaciones de reaseguro, tras detectarse nuevos incumplimientos en su operatoria.

Dicha medida fue apelada por La Nueva y la SSN le concedió el recurso de apelación en relación con las medidas dispuestas a través de la Resolución SSN 382/2025. Así, se elevaron las actuaciones a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, que será la encargada de expedirse al respecto.

Esta sanción es la que más preocupa a la dirección de la compañía porque teme perder a los clientes que deberán renovar sus pólizas en el corto plazo.

Si bien la medida de la Superintendencia no afecta a los contratos en curso, los asegurados con pólizas activas pueden continuar pagando sus cuotas o rescindir el contrato y pasarse a otra compañía. Ese es el temor más extendido entre los ejecutivos de La Nueva: un escenario más que complejo porque no puede vender nuevas pólizas y podría perder muchos afiliados.

Fuentes del mercado asegurador coincidieron en afirmar a iProfesional que: "Algunos productores piensan que puede haber una vida para La Nueva si aparece un Juan Pérez, o que los directivos de la cooperativa saquen de un bolso o de un colchón 10.000 millones de pesos, por decirte un número, que les sirva para zafar un año. Otra cosa que podría pasar —lo deben hacer muy rápido— es realizar una propuesta a la Superintendencia y ofrecer una liquidación voluntaria. A Orbis Seguros se la rechazaron, pero le ofrecés a los inspectores: dejame vender este edificio, algún otro activo. El problema es quién te lo compra en este mercado deprimido. Al igual que un posible inversor para este mercado, parecen soluciones de difícil probabilidad".

En la SSN explican que "La Nueva trabaja como una cooperativa en la que los asociados son los asegurados y tiene un consejo de administración similar al de una empresa tradicional. Nosotros avanzamos con los controles de manera gradual".

"Debemos controlar los balances y que las compañías aseguradoras tengan liquidez y solvencia para afrontar el pago de los juicios. Si ese dinero no está, podemos comenzar con una inhibición para disponer los bienes libremente mientras se soluciona la cuestión financiera, pero si siguen los números rojos, se prohíbe la emisión de nuevas pólizas, que es lo que acaba de decidir el organismo", detallaron inspectores con muchos años de servicio.

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