Juicio de reajuste jubilatorio: cuándo conviene iniciarlo y qué tener en cuenta
El juicio por reajuste jubilatorio es una acción judicial que busca actualizar el haber de jubilación o pensión mediante la aplicación de índices más favorables que los utilizados por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) al momento de calcular el beneficio.
En los últimos años, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) determinó que los coeficientes empleados por ANSES no eran correctos, abriendo así la puerta a miles de reclamos para que los haberes se adecuen a los parámetros fijados por el máximo tribunal.
Qué es el juicio por reajuste jubilatorio
El reajuste jubilatorio consiste en un reclamo judicial mediante el cual un jubilado o pensionado solicita la revisión del cálculo de su haber inicial o de los aumentos posteriores, argumentando que la fórmula aplicada por ANSES fue errónea o desfavorable.
El objetivo principal es que el haber mensual se actualice conforme a los índices de salarios e inflación reconocidos judicialmente, y que se paguen los retroactivos que correspondan desde el momento del reclamo.
Análisis del régimen jubilatorio: por qué importa la ley bajo la cual te jubilaste
Antes de iniciar un juicio de reajuste, es fundamental determinar bajo qué régimen legal se efectuó el cálculo de la jubilación, ya que el resultado del recálculo puede variar considerablemente.
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Ley 18.037: quienes se jubilaron bajo este régimen suelen tener una corrección casi total del haber, por lo que en general conviene aceptar la propuesta de recálculo.
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Ley 24.241: los índices y modalidades de recálculo que propone la ley se alejan de los criterios fijados por la Corte Suprema, lo que implica una pérdida parcial del haber potencial. En estos casos, conviene evaluar con un abogado cuánto se resigna si se acepta el recálculo propuesto por ANSES en lugar de promover el juicio.
Cada caso requiere un análisis técnico individualizado, y se recomienda acudir a profesionales previsionalistas independientes, ajenos al organismo, para evitar conflictos de interés.
Cuándo conviene iniciar un juicio de reajuste de tu jubilación
Existen distintos escenarios en los que puede resultar conveniente iniciar un juicio de reajuste de haberes:
1. Cálculo incorrecto del haber jubilatorio
Ocurre cuando ANSES no aplica correctamente la fórmula de cálculo, ya sea por no considerar todos los aportes, aplicar topes indebidos o utilizar un haber de referencia equivocado.
2. Jubilación inferior al 82% móvil
Si el haber percibido no alcanza el 82% de los últimos sueldos, el jubilado puede reclamar judicialmente el reajuste conforme a la jurisprudencia de la Corte.
3. Haber por debajo del Salario Mínimo, Vital y Móvil
Cuando el monto liquidado por ANSES igual o inferior al SMVM, corresponde analizar la posibilidad de iniciar un reclamo judicial.
Qué se puede reclamar: reajuste y retroactivos
Además del aumento mensual en el haber, el juicio permite reclamar el pago de los retroactivos, es decir, la diferencia entre lo cobrado y lo que debió percibirse.
Generalmente, los retroactivos pueden solicitarse por los dos años previos a la notificación de la demanda, más intereses.
El monto total dependerá de:
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La fecha de jubilación.
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Los aportes registrados.
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La normativa vigente.
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La existencia o no de sentencia firme.
Cómo iniciar un juicio por reajuste jubilatorio paso a paso
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Solicitar información en ANSES. Pedir un turno para obtener el detalle del beneficio, donde consten las remuneraciones, aportes y condiciones del cálculo inicial.
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Consultar a un abogado previsionalista. Con esa información, un profesional puede calcular el haber correcto utilizando programas informáticos de liquidación previsional.
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Evaluar diferencias. El abogado determinará si existe un error de liquidación y calculará el nuevo haber junto con los retroactivos e intereses.
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Reclamo administrativo. Se presenta un reclamo de reajuste de haberes ante ANSES. El organismo tiene 120 días para resolver.
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Inicio del juicio. Si no hay respuesta favorable, se inicia la demanda judicial contra ANSES ante la Justicia Federal de la Seguridad Social.
Quiénes pueden iniciar el juicio y cuánto tarda
El juicio de reajuste jubilatorio puede ser iniciado por quienes se jubilaron hasta marzo de 2018, cuando aún existía un vacío legal en el cálculo de los haberes. Para quienes obtuvieron el beneficio después de esa fecha, la normativa vigente ya estableció la fórmula, y en principio no corresponde el reclamo judicial.
El proceso puede demorar entre 5 y 7 años, dependiendo del fuero, la carga de trabajo de los tribunales y la complejidad del caso.
En general, los honorarios de los abogados previsionalistas se pagan solo si el jubilado obtiene el reajuste favorable, como un porcentaje del total cobrado.
Sentencias judiciales y pago de retroactivos
Una vez dictada la sentencia de reajuste, ANSES liquida los nuevos haberes y los montos retroactivos adeudados.
Si el beneficiario no logra cobrar las sumas en el período de pago previsto, los fondos son devueltos a ANSES por el banco y reingresan automáticamente al circuito de repago hasta en tres oportunidades.
No es necesario hacer ningún trámite adicional: las nuevas fechas de cobro se notifican por correo electrónico o teléfono celular registrado en Mi ANSES.
Según el Comunicado A-7028 del BCRA, el pago de las sentencias por reajuste se realiza por ventanilla, sin necesidad de turno previo en la entidad bancaria.
Cómo saber si salió la sentencia de reajuste
Los jubilados, pensionados o sus apoderados pueden consultar el estado de su sentencia judicial a través de los listados publicados mensualmente o en forma presencial:
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Dirección General de Análisis y Liquidación de Sentencias Judiciales Dirección: Alsina 250, planta baja, Ciudad Autónoma de Buenos Aires Horario: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 Costo: Todos los trámites son gratuitos
También pueden realizar la consulta en línea desde Mi ANSES, donde figura la notificación digital de la sentencia y el estado del expediente.
Orden de prioridad en los pagos
La Ley de Presupuesto nacional establece un orden de prioridad para el pago de las sentencias judiciales notificadas:
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Sentencias correspondientes a períodos fiscales anteriores y aún impagas.
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Sentencias notificadas durante 2018.
Dentro de cada grupo, se da prioridad a las personas de mayor edad.
Además, la normativa establece que ANSES debe cumplir las sentencias condenatorias dentro de un plazo máximo de 120 días hábiles, contados desde la recepción efectiva del expediente administrativo.
Pago prioritario para enfermos graves o terminales
Las personas con enfermedades graves o terminales tienen prioridad en el pago de las sentencias por reajuste, al igual que los beneficiarios con familiares directos en esa situación de salud.
Esta excepción fue incorporada para garantizar la celeridad en los casos de mayor vulnerabilidad, aún por encima del orden general de prioridad establecido por la ley.
Actualización de datos y consultas
Quienes tengan un juicio por reajuste en trámite o una sentencia pendiente de pago deben mantener actualizados sus datos de contacto en Mi ANSES, ya que las notificaciones y cronogramas de cobro se comunican por esa vía.
También se puede pedir turno presencial en cualquier oficina de ANSES o consultar el listado de sentencias judiciales vigentes en el portal oficial.