Fallo ejemplar del Superior Tribunal de Justicia de CABA sobre actualización de riesgos del trabajo
En un fallo que se orienta en el camino correcto, el Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (TSJ) resolvió que el sistema de actualización de los créditos originados en riesgos del trabajo se debe ajustar por el RIPTE dejando de lado la sentencia de cámara que combinaba varios mecanismos de actualización, arrojando sumas exorbitantes.
En efecto, en el caso "Valdez, Carlos Alberto c/ASOCIART S.A. Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) s/accidente", con el voto de Inés Weimberg de Roca, Marcela de Langhe y Santiago Otamendi, y una disidencia, el Alto Tribunal resolvió que el RIPTE (que mide la evolución de los salarios) rige para causas anteriores al 2019 y por ende, rechaza la combinación de sistemas de actualización o, en su caso, la aplicación del IPC del INDEC que arroja resultados disparatados.
Ya había un antecedente del mismo Tribunal en el caso "Boulanger c/Provincia ART Seguros", lo que implica una importante ratificación de la doctrina judicial.
Ambos fallos se contraponen con la jurisprudencia de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que sostenía la combinación de mecanismos de actualización, y la aplicación del IPC del INDEC, valor muy superior e irrazonable, frente a la evolución de los salarios arrojado por el RIPTE, que resulta más cercano a la realidad de cada año de ajuste.
En el caso bajo análisis, el reclamante Carlos Valdez era maquinista de Gráfica Cortiñas, demandó a la ART y a su empleador alegando lumbalgia con discopatías, várices y tendinitis en la muñeca, todo ello en el contexto de la naturaleza y características de su trabajo. Apeló las determinaciones de incapacidad que fueron rechazadas. En cualquier caso, la Cámara avanzó con un sistema de actualización que finalmente no guarda ninguna proporción con los reclamos originales y considerados los aplicables al caso, según determinaciones periciales realizadas en primera instancia.
La Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo aplicó el IPC del INDEC más 3% anual, que arrojaba una suma desproporcionada.
Contra esa sentencia, y frente a la queja interpuesta por la ART, el STJ dispuso la aplicación del RIPTE, que determina un monto menor y más razonable.
En materia de daños y perjuicios ajenos al marco laboral también el STJ dispuso que los montos ajustados a la sentencia debían adicionar un porcentaje razonable de intereses, dejando de lado el uso de la tasa activa del Banco Nación, y mantuvo el 8% de la tasa dispuesta en los tribunales, en este caso, de primera instancia.
Esta decisión está alineada con las decisiones adoptadas recientemente por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que, en función de la doctrina de arbitrariedad, ha dispuesto en distintos casos que las sentencias resultaban exorbitantes, y después de considerar que la sentencia cuestionada resultaba absurda, ordenó dictar nuevos fallos ajustando la condena en base a criterios de razonabilidad y equidad.
El resultado importó varios ajustes en distintos casos que implicaron quitas significativas del monto exorbitante.
Sigue existiendo sin embargo, incertidumbre y mucha volatilidad, ya que en forma cotidiana seguimos observando casos insólitos, en donde reclamos por despido por cinco años de antigüedad, que con multas representaba aproximadamente veinte salarios, que en las condenas impugnadas representaban más de cien salarios tomando los valores actuales.
A su vez, es importante la unificación de jurisprudencia con mecanismos que importen previsibilidad, que es una de las demandas unánimes del sector empresario, y uno de los fundamentos por medio de los cuales existe reticencia a tomar personal, y a buscar mecanismos de sustitución en el marco de las nuevas tecnologías.
En rigor, estamos en momentos refundacionales del futuro del país, en donde es fundamental generar las condiciones de reglas claras, permanentes y previsibles, después de muchos años de contar con políticas cambiantes, con reglas inciertas, y con muchas contradicciones que fomentaron la desconfianza.
El regreso a la cordura, a la razonabilidad y a la búsqueda de soluciones ajustados al principio de justicia con equidad, son vitales para confirmar que definitivamente estamos cursando una nueva senda de prosperidad y de recuperación de la confianza perdida.